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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2012 (06/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de mayo de 2012 465867 Regionales y Municipales la tienen dentro de su respectiva circunscripción territorial, con la expresa determinación que el gobierno en sus distintos niveles se ejerce con preferencia del interés público, a través de espacios de concertación y vigilancia, entre otros; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece como competencia y función metropolitana en materia de planifi cación, desarrollo urbano y vivienda, la de efectuar el control del uso del suelo; Que, mediante Informe Nº 322-2012-MML-GDU-SPHU- DP, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano ha realizado una evaluación preliminar respecto a los usos del suelo aprobados a través de la Ordenanza Nº 1455; Que, lo anterior ha llevado a dicho órgano a proponer la denominada “Ordenanza que Regula el Uso del Suelo, Aportes Reglamentarios, Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios en Zona de Reglamentación Especial, Ex Escuela de Aviación Civil del Perú – Comas y deroga las Ordenanzas Nº 1415-MML y Nº 1455-MML”, la cual amerita ser revisadadentro de una comisión en la que participen los representantes de los propietarios de los inmuebles involucrados, de la Municipalidad Distrital de Comas, de los Colegios Profesionales de Ingenieros y Arquitectos, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de una Universidad Nacional; Que, por su naturaleza, la revisión a la que se avocará la referida Comisión, no tiene carácter administrativo, dado que se orienta a formular propuestas para mejorar el proyecto de ordenanza antes señalado, tampoco tiene un efecto vinculante, dado que corresponde al Concejo Metropolitano la decisión fi nal respecto del tratamiento de la Zona de Reglamentación Especial, Ex Escuela de Aviación Civil del Perú – Comas, aprobada por la Ordenanza Nº 1015; De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Créase la Comisión Multidisciplinaria, de naturaleza temporal, encargada de revisar y plantear mejoras de carácter técnico y legal al proyecto de “Ordenanza que Regula el Uso del Suelo, Aportes Reglamentarios, Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios en Zona de Reglamentación Especial, Ex Escuela de Aviación Civil del Perú – Comas y deroga las Ordenanzas Nº 1415-MML y Nº 1455-MML”, proyecto que obra como Anexo integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo 2º.- La Comisión Multidisciplinaria estará integrada por: - La Presidenta de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de Presidente. - El Alcalde del distrito de Comas o su representante; - El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lima, en calidad de Secretario Técnico. - Un regidor de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lima - El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Comas. - El Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación. - Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Un representante de cada uno de los cuatro propietarios de predios en la Zona de Reglamentación Especial a que se refi ere el artículo 13º de la Ordenanza Nº 1015. - Un representante del Colegio de Ingenieros del Perú. - Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú. - Un representante de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional de Ingeniería Artículo 3º.- La Comisión Multidisciplinaria, se deberá instalar en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles de publicada la presente Resolución de Alcaldía, para lo cual las entidades públicas y privadas mencionadas en el artículo precedente, deberán designar a sus representantes (titular y alterno), dando a conocer por escrito a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima el nombre de aquellos, dentro del citado plazo. El funcionamiento de la Comisión Multidisciplinaria no demandará gastos adicionales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Los diferentes órganos integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima prestarán el apoyo para la realización de las funciones de la Comisión Multidisciplinaria, cuando ésta lo requiera. Artículo 4º.- La Comisión Multidisciplinaria tendrá una vigencia máxima de veinte (20) días calendario, a partir de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, siendo que al término de dicho plazo debe presentar a la Alcaldesa Metropolitana de Lima el Informe Final de las actividades realizadas y de la revisión encomendada. Artículo 5º.- Encargar a Secretaria General del Concejo efectuar la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y su notifi cación a las entidades a que hace referencia el artículo 2º. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa ANEXO ORDENANZA Nº 144 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de fecha de de 2012, los Dictámenes Nº -2012-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Nº -2012- CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA USOS DEL SUELO, APORTES REGLAMENTARIOS, PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS EN ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL – EX ESCUELA DE AVIACIÓN CIVIL DEL PERÚ - COMAS Y DEROGA LAS ORDENANZAS Nº 1415-MML, Nº 1455-MML CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objetivo La presente norma tiene por objeto optimizar la utilización del uso del suelo mediante la dotación y/o incremento de áreas destinadas al equipamiento urbano de recreación, educación y de salud, de servicios públicos que permitan mejorar la calidad urbanística del Sector denominado Ex Escuela de Aviación Civil del Perú a favor de la población residente y de la ciudad en general; regulando los usos del suelo, aportes reglamentarios y parámetros urbanísticos y edifi catorios, contenida en la presente norma. Artículo 2º.- Ámbito La Zona de Reglamentación Especial (ZRE-3) que califi ca al Sector denominado Ex Escuela de Aviación Civil del Perú, ubicado en el Distrito de Comas, defi nido por el artículo 13º de la Ordenanza Nª 1015-MML, constituye un área urbana con características especiales de orden físico, ambiental, económico y social; la cual está compuesta por los predios que conformaban la Ex Escuela de Aviación Civil, Aeroclub de Collique e INDAER PERÚ S.A.; así como las parcelas vecinas inmediatas ubicadas hacia el Norte y hacia el Sur. La presente norma, es de carácter único y de aplicación obligatoria dentro del citado ámbito. CAPÍTULO II USOS DEL SUELO Artículo 3º.- Usos Permitidos Los Uso permitidos en Zona de Reglamentación Especial (ZRE-3) son los de Residencial de Densidad Alta, Comercio Zonal, Otros Usos, Educativos y de Salud, conforme se grafi ca en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente norma.