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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2012 (06/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de mayo de 2012 465853 Artículo 8°.- Refrendos El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Aprobación de tarifa y gradualidad en su modifi cación Apruébese la tarifa consensuada entre el MINSA, SIS y ESSALUD para el Intercambio Prestacional basado en la compra-venta de servicios. La misma que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. La tarifa aprobada será modifi cada, para el I nivel de atención de salud, en un plazo de ciento veinte (120) días calendario, y las relativas a los II y III niveles de atención de salud, hasta el 31 de diciembre de 2012; conforme al procedimiento establecido en el artículo 3° de la presente norma. Segunda.- Obligatoriedad del Intercambio Prestacional El intercambio prestacionai basado en la compra-venta de servicios de salud es obligatorio para los establecimientos de salud públicos, en las regiones declaradas bajo los alcances de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, y facultativa en el resto de las regiones; siendo en ambos casos aplicables las reglas especiales establecidas en el presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La SUNASA establece y supervisa una plataforma única de interoperabilidad informática para el intercambio de información de los servicios de salud que se deriven del Intercambio prestacional entre el SIS y ESSALUD, en el marco de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado del Despacho del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ANEXO TARIFARIO PARA INTERCAMBIO PRESTACIONAL Nº Descripción de la prestación TARIFA S/. Pago por Consumo (P.C.) 1 Examen Colesterol total 4,76 2 Examen de ecografía obstétrica 9,38 3 Examen de Factor Rh 4,37 4 Examen Frotis de PAP de cérvix uterino 11,07 5 Examen Glicemia 4,50 6 Examen Grupo sanguíneo 3,40 7 Examen Hemoglobina 4,44 8 Examen Hemograma 5,73 9 Examen de Test de ELISA para VIH 12,11 10 Examen de Thevenon en heces 5,10 11 Examen Triglicéridos 5,90 12 Examen Urocultivo 13,24 13 Examen VDRL 6,22 14 Examen parasitológico: Simple y Graham 9,87 15 Creatinina 4,15 16 Consulta Odontológica Fluorización 6,72 17 Consulta Odontológica Placa Bacteriana 6,63 18 Consulta Odontológica Destartaje 14,60 19 Taller de Psicoprofi laxis por persona 4,52 20 Atención Asistencia Social 7,26 22 Atención Psicológica 7,31 23 Electrocardiograma 9,17 24 Ecografía Abdominal 12,58 25 Consejería en Salud Sexual y Reproductiva 6,05 + P.C. 26 Consulta médica 14,97 + P.C. 27 Consejería nutricional 6,23 + P.C. 28 Examen odontoestomatológico 8,04 + P.C. 29 Vacunación 2,48 + P.C. 30 Control de Crecimiento y Desarrollo (CRED) 7,38 + P.C. 31 Consulta odontológica 8,44 + P.C. Procedimiento de Tercer Nivel TARIFA S/. 1 Transplante de Médula Ósea Autóloga (sin complicaciones) 64 694,49 Nota: P.C., siglas de pago por consumo, corresponde a los costos variables incurridos en la atención, como serían los medicamentos, insumos y material fungible utilizados directamente en la prestación 785218-12 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2012-MTC Lima, 05 de mayo de 2012 VISTOS: El correo electrónico de fecha 30 de marzo de 2012 emitido por la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones - CITEL, el Memorándum Nº 628-2012-MTC/03 emitido por el Viceministerio de Comunicaciones y el Memorando Nº 369-2012-MTC/26 emitido por la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 30 de marzo de 2012, emitido por la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones - CITEL, adjuntan el documento CITEL/ CI.021/12 del Secretario Ejecutivo de la CITEL, a través del cual cursan invitación al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para participar en la XX Reunión del Comité Consultivo Permanente I: Telecomunicaciones/Tecnologías de la Información y la Comunicación, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 16 al 19 de mayo de 2012; Que, el citado Comité está integrado por diferentes Grupos de Trabajo tales como: el Grupo de Trabajo sobre Políticas y Regulación (GTPR) que tratará entre otros temas sobre la relatoría sobre asuntos de internet, relatoría sobre convergencia, y relatoría sobre roaming; el Grupo de Trabajo