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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2012 465940 y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección y referida en los Informes No. 172-2012- MTC/12.04 y No. 109-2012-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, la Ley No. 27619, la Ley No. 29812, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Guido Tulio Zavalaga Ortigosa, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 10 al 14 de mayo de 2012, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 172-2012-MTC/12.04 y No. 109-2012-MTC/12.04. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Aero Transporte S.A. - ATSA a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 10 AL 14 DE MAYO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 109-2012-MTC/12.04 Y Nº 172-2012-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 994-2012- MTC/12.04 10-May 14-May US$ 660.00 Aero Transporte S.A. Zavalaga Ortigosa, Guido Tulio La Guardia, New York EUA Chequeo técnico de refresco en simulador de vuelo del equipo B-1900, al personal aeronáutico 21429-21430 785996-1 Renuevan autorización para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM a Empresa Radiodifusora Marconi S.A. en la localidad de Huaraz RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 119-2012-MTC/03 Lima, 17 de abril de 2012 VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-010461 del 08 de marzo de 2011, presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Huaraz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 845- 2001-MTC/15.03 del 28 de setiembre de 2001, se otorgó a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; con vencimiento al 10 de octubre de 2011; Que, con escrito de registro Nº 2011-010461 del 08 de marzo de 2011, la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., solicitó renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 845-2001- MTC/15.03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimiento de renovación de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión; Que, mediante Informe Nº 1845-2011-MTC/29.02, ampliado con Informe Nº 1280-2012-MTC/29.02, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, comunica que en la inspección técnica realizada el 30 de marzo de 2011, se verifi có que la estación radiodifusora sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Huaraz, autorizada a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., opera el servicio conforme a las características técnicas autorizadas y de acuerdo a las normas técnicas de radiodifusión, asimismo señala que cumple con el objetivo y programación de su proyecto de comunicación; Que, los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Ancash fueron aprobados con Resolución Viceministerial Nº 092-2004- MTC/03, ratifi cados con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cados con Resoluciones Viceministeriales Nº 478-2006-MTC/03, Nº 137-2009- MTC/03, Nº 458-2009-MTC/03, Nº 178-2010-MTC/03, Nº 739-2010-MTC/03, Nº 188-2011-MTC/03, Nº 596- 2011-MTC/03 y Nº 985-2011-MTC/03, entre las cuales se