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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2012 465942 autorización renovada efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización renovada está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 785774-1 Renuevan autorización para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM a Empresa Radiodifusora Marconi S.A. en la localidad de Ica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 121-2012-MTC/03 Lima, 17 de abril de 2012 VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-010453, presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., sobre renovación de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Ica, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 767- 2001-MTC/15.03 del 17 de setiembre de 2001, se otorgó a EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluyen un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica; venciendo el plazo de vigencia de la autorización el 28 de setiembre de 2011; Que, mediante escrito de registro N° 2011-010453 del 08 de marzo de 2011, la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. solicitó la renovación de su autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 767- 2001-MTC/15.03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículo 21° y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, los artículos 69º, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimiento de renovación de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión; Que, mediante Informe N° 746-2012-MTC/29.02 del 14 de marzo de 2012, ampliado con Informe N° 1278-2012- MTC/29.02 del 16 de abril de 2012, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspección técnica realizada a la referida estación de radiodifusión el 17 de enero de 2012, concluyendo que de acuerdo a lo verifi cado, la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. se encuentra prestando el servicio de radiodifusión conforme a las características técnicas autorizadas y las normas técnicas de radiodifusión, siendo en consecuencia el resultado de la inspección técnica favorable; asimismo, se verifi có que cumple con el objetivo y programación de su proyecto de comunicación; Que, los Planes de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada de las localidades correspondientes al departamento de Ica, se aprobaron por Resolución Viceministerial Nº 082-2004-MTC/03, ratifi cados con Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modifi cados con Resolución Viceministerial N° 147-2009- MTC/03, comprendiéndose a la localidad de Ica; Que, con Informe N° 0582-2012-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que, de la evaluación técnica y legal, resulta procedente renovar la autorización otorgada a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica, al haberse verifi cado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto en la normativa, y que no se encuentra en los impedimentos o causales para denegar la renovación de autorización solicitada, según lo previsto en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC/03; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 767-2001- MTC/15.03 a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 28 de setiembre de 2021, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización renovada efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado mediante Decreto supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 785773-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Curahuasi, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 122-2012-MTC/03 Lima, 18 de abril de 2012