Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2012 (09/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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encuentra la localidad denominada MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de Huaraz; Que, mediante Informe Nº 0514-2012-MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 0583-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la MORDAZA, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 845-2001MTC/15.03 a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 10 de octubre de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion renovada efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion renovada esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 785771-1

Renuevan autorizacion renovada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en FM a favor de Radio Panamericana S.A. en el departamento de Ica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 120-2012-MTC/03 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-009898 presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica;

Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03, del 28 de agosto de 2006, se renovo, por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28853, por el plazo de diez (10) anos, entre otras, la autorizaciones otorgada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica, con vencimiento al 07 de junio de 2011; Que, mediante escrito de registro Nº 2011-009898, del 04 de marzo de 2011, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicita renovacion de su autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21° y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, los articulos 69º, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimiento de renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; verificandose en el presente caso, que la solicitud de renovacion fue presentada el 04 de marzo de 2011, esto es, dentro del plazo establecido; Que, mediante Informe N° 3972-2011-MTC/29.02 del 27 de MORDAZA de 2011, MORDAZA con el Informe N° 12792012-MTC/29.02 del 16 de MORDAZA de 2012, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada a la referida estacion de radiodifusion el 20 de MORDAZA de 2011, concluyendo que de acuerdo a lo verificado, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. se encuentra prestando el servicio de radiodifusion conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion, siendo en consecuencia el resultado de la inspeccion tecnica favorable; asimismo, se verifico que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, mediante Informe N° 0556-2012-MTC/28, MORDAZA con Informe N° 0584-2012-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que, de la evaluacion tecnica y legal, resulta procedente renovar la autorizacion renovada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto en la normativa, y que no se encuentra en los impedimentos o causales para denegar la renovacion solicitada, segun lo previsto en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC/03; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 07 de junio de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la

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