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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2012 (26/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2012 466940 - Dr. Ricardo Guillermo Vinatea Medina - Dr. Eduardo Raymundo Ricardo Yrrivarren Fallaqué - Dra. Isabel Cristina Torres Vega Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia, Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial y a las Ofi cinas de Administración e Imagen y Prensa de la Corte Suprema de Justicia y Juez designada. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 793397-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Prorrogan cierre de turno de los juzgados contenciosos administrativos 11, 3, 14 y 4 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 13-2012-CED-CSJLI-PJ Lima, 17 de mayo del 2012 VISTOS: La resolución administrativa número 11-2012-CED- CSJLI-PJ de fecha 23 de abril del 2012 publicada el 25 de abril del 2012; el acta de Sesión del Consejo Ejecutivo Distrital de la fecha y CONSIDERANDO: Que, por resolución administrativa número 11-2012- CED-CSJLI-PJ de fecha 23 de abril del 2012 publicada el 25 de abril último se dispuso el cierre temporal del turno de los siguientes juzgados contenciosos administrativos: 11, 3, 14 y 4 por el plazo de un mes a partir de la publicación de la citada resolución y se encargo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo que cumplido dicho periodo emita un informe evaluando la situación de la carga procesal de los juzgados contenciosos administrativos. Que como es de conocimiento público, los trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Lima, acataron una huelga desde el 03 hasta el 13 de mayo del 2012, es decir por 10 días, periodo que afectó el normal funcionamiento de los servicios judiciales de los órganos jurisdiccionales, razón por la cual dicho periodo de tiempo -10 días- no se debería tomar en cuenta para el cómputo del cierre de turno. Que, de conformidad con el inciso 19 del artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con efi ciencia y oportunidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR por el plazo de diez días el cierre de turno de los siguientes juzgados contenciosos administrativos: 11, 3, 14 y 4. Artículo Segundo.- DISPONER que al término de dicho plazo, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo emita el informe respectivo evaluando la situación de la carga procesal de los juzgados contenciosos administrativos Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Administración adopte las medidas administrativas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, supervise el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administración Distrital, Unidad de Desarrollo de la Presidencia y los Juzgados Contenciosos Administrativos, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HÉCTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente LUIS CARLOS ARCE CÓRDOVA RICARDO LUIS CALLE TAGUCHE NORVIL CIEZA MONTENEGRO 793625-1 Prorrogan cierre de turno de la Tercera Sala Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 14-2012-CED-CSJLI-PJ Lima, 24 de mayo del 2012 VISTOS: La resolución administrativa número 10-2012-CED- CSJLI-PJ de fecha 23 de abril del 2012 publicada el 25 de abril último; el acta de Sesión del Consejo Ejecutivo Distrital de la fecha y CONSIDERANDO: Que, por resolución administrativa número 10-2012- CED-CSJLI-PJ de fecha 23 de abril del 2012 publicada el 25 de abril último se dispuso el cierre temporal del turno de la Tercera Sala Laboral de Lima por el plazo de un mes a partir de la publicación de la citada resolución. Que como es d conocimiento público, los trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Lima, acataron una huelga desde el 03 hasta el 13 de mayo del 2012, es decir por 10 días, periodo que afectó el normal funcionamiento de los servicios judiciales de los órganos jurisdiccionales, razón por la cual dicho periodo de tiempo -10 días- no se debería tomar en cuenta para el cómputo del cierre de turno. Que, de conformidad con el inciso 19 del artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con efi ciencia y oportunidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR por el plazo de diez días el cierre de turno de la Tercera Sala Laboral de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER que al término de dicho plazo, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo emita un informe evaluando la situación de la carga procesal de las Salas Laborales de la Corte Superior de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Administración adopte las medidas administrativas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, supervise el cumplimiento de la presente resolución.