Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2012 (23/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2012

que contiene las disposiciones para la elaboracion de los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas, el expediente de reconocimiento del Area de Conservacion Privada Los Chilchos, se constituye en su Plan Maestro, en razon a que este contiene el listado de obligaciones y restricciones, asi como la propuesta de zonificacion del Area de Conservacion Privada. Articulo 4º.- En aplicacion del articulo 11º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del area determina la aceptacion por parte del propietario de condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que durante el plazo de vigencia del reconocimiento del Area de Conservacion Privada, MORDAZA titulares o les sea otorgado algun derecho real sobre el mismo. Articulo 5º.- En aplicacion del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y de los numerales 1 y 5 del articulo 2019° del Codigo Civil, asi como del articulo 12º de la Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, el SERNANP procedera a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, las cargas de condiciones especiales de uso del Area de Conservacion Privada Los Chilchos, por el periodo de quince (15) anos, segun detalle: Obligaciones de Hacer: 1. Usar el area del Area de Conservacion Privada para el fin que ha sido reconocido. 2. Desarrollar practicas ambientales sostenibles en el aprovechamiento de los recursos naturales. 3. Preservar servicios ambientales en el Area de Conservacion Privada. 4. Dar cumplimiento a la normativa sobre Areas Naturales Protegidas, directivas, disposiciones y recomendaciones emitidas por el SERNANP, asi como las normas conexas aplicables a la conservacion del Area de Conservacion Privada. 5. Brindar al representante del SERNANP, o a quien este designe, las facilidades que esten a su alcance para la supervision del area. 6. Presentar un informe anual de avance respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. Obligaciones de No Hacer: 1. No efectuar cambios de uso, distintos a los permitidos en los documentos de planificacion. 2. No realizar cambio de uso del suelo en la zonificacion de uso limitado del Area de Conservacion Privada. 3. No realizar actividades que pongan en riesgo los objetivos del area. 4. No desarrollar proyectos de infraestructura que deteriore la calidad del paisaje. Articulo 6º.- Lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial no implica la convalidacion de derecho real alguno sobre el area reconocida, asi como tampoco constituye medio de prueba para el tramite que pretenda la formalizacion de la propiedad ante la autoridad estatal competente. Articulo 7º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. La presente Resolucion y sus anexos correspondientes deberan ser publicados en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 869870-4

Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comision Multisectorial Permanente encargada de la implementacion del Plan Nacional de Igualdad de Genero 2012 - 2017, constituida mediante D.S. Nº 0042012-MIMP
RESOLUCION MINISTERIAL N° 321-2012-MINAM MORDAZA, 21 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012MIMP, que aprueba el "Plan Nacional de Igualdad de Genero 2012-2017", se constituye la Comision Multisectorial Permanente, adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con la finalidad de monitorear y contribuir al cumplimiento eficaz de los objetivos estrategicos y resultados esperados en el MORDAZA de la implementacion del Plan Nacional de Igualdad de Genero 2012-2017, asi como su sostenibilidad en el tiempo; Que, el articulo 5º del citado Decreto Supremo establece que la Comision Multisectorial Permanente estara integrada, entre otros, por el Viceministro de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente, en calidad de miembro titular; Que, a traves del articulo 7º de la misma MORDAZA se senala que las entidades del Estado, mediante Resolucion de su Titular, podran designar a dos (2) representantes alternos en dicha Comision Multisectorial Permanente; por lo que corresponde designar a los representantes alternos del Ministerio del Ambiente ante la citada Comision Multisectorial Permanente; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; y el Decreto Supremo Nº 0042012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los representantes alternos del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, ante la Comision Multisectorial Permanente encargada de la implementacion del Plan Nacional de Igualdad de Genero 2012-2017, constituida mediante Decreto Supremo Nº 004-2012MIMP, segun detalle: - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salerno, Directora General de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente. - Sra. Lissel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Ciudadania Ambiental de la Direccion General de Educacion, Cultura y Ciudadania Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, asi como a los representantes alternos a que se refiere el articulo 1°. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 869870-5

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