Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2012 (23/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479191

Autorizan ingreso al territorio Peruano de personal militar de los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1303-2012-DE/SG MORDAZA, 21 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 872 del 8 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 2779-2012-MINDEF/VPD/B/01. a del 19 de noviembre de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar, ingresara a territorio de la Republica, del 25 al 30 de noviembre de 2012, a fin de visitar posibles lugares para la ejecucion de futuros proyectos de construccion con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP), asi como efectuar una inspeccion final a proyectos ya ejecutados en las ciudades de Abancay, MORDAZA y La Libertad; Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Capitan de Corbeta MORDAZA Jennings de los Estados Unidos de MORDAZA, del 25 al 30 de noviembre de 2012, a fin de visitar posibles lugares para la ejecucion de futuros proyectos de construccion con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP), asi como efectuar una inspeccion final a proyectos ya ejecutados en las ciudades de Abancay, MORDAZA y La Libertad. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 869880-1

EDUCACION
Aprueban la Directiva Nº 016-2012MINEDU/VMGP-DIGEBR denominada Lineamientos y Criterios para Orientar la Seleccion y Contratacion de Formadores de Acompanantes Pedagogicos y Acompanantes Pedagogicos en el MORDAZA del Programa Presupuestal "Logros de Aprendizaje de los estudiantes de la Educacion Basica Regular" ­ PELA 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0449-2012-ED MORDAZA, 21 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Educacion, Ley Nº 28044, tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la educacion y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su funcion educadora; rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o juridicas, publicas o privadas, nacionales o extranjeras; Que, segun el articulo 79 de la mencionada Ley, en concordancia con el articulo 5 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, el Ministerio de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, ciencia y tecnologia, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, asimismo, el articulo 80 de la referida Ley establece entre otras funciones del Ministerio de Educacion, definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacion con las regiones, la politica educativa y pedagogica nacional y establecer politicas especificas de equidad; Que, con el Decreto Supremo Nº 005-2010-ED, se exceptuaron de los alcances de los Reglamentos de la Ley Nº 24029 y de la Ley Nº 29062, a los profesores nombrados comprendidos en la Ley del Profesorado y en la MORDAZA Publica Magisterial, para que en el MORDAZA del Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente ­ PRONAFCAP, Programa Estrategico de Logros de Aprendizaje ­ PELA y la implementacion del Colegio Mayor Presidente de la Republica, soliciten licencia sin goce de remuneraciones y puedan desempenarse por el tiempo que se les requiera en alguno de los programas; con la excepcion contenida en el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 008-2012-ED; Que, segun el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 009-2011-ED, se ampliaron los alcances del mencionado articulo, incluyendo en el regimen de excepcion MORDAZA mencionado a los profesores que desempenen las funciones de Coordinadores, Formadores o Monitores, del Programa Estrategico de Logros de Aprendizaje ­ PELA, Que, de acuerdo con lo senalado por la Directora General de Educacion Basica Regular, resulta importante dictar los lineamientos para garantizar la pertinencia, oportunidad y transparencia del MORDAZA de seleccion y contratacion de formadores y acompanantes pedagogico, de manera que cada Gobierno Regional cuente con personal idoneo para lograr implementar las actividades organizadas en el Programa Presupuestal "Logros de Aprendizaje de los estudiantes de la Educacion Basica Regular"; De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y, el Decreto Supremo Nº 0062012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion;

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