Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

que se encuentra acreditada la propiedad a favor de los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto al terreno de 30,000.00 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 89503 que continua en la Partida Electronica Nº 43200003 del Registro de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA (fs. 04 al 08); de igual manera los copropietarios se encuentran debidamente representados por los senores MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA segun MORDAZA Literal de Partida Electronica Nº 11971321 del Registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral de MORDAZA (fs. 09), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitacion Urbana; Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senalada en los Informes Nº 326-2012-MML-GDU-SPHUDCO y Nº 366-2012-MML-GDU-SPHU-AL, MORDAZA de fecha 19 de setiembre de 2012; la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolucion de Subgerencia Nº 211-2012-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 15 de agosto de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 1015-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Decreto de Alcaldia Nº 079-05 y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 211-2012-SGCHUGDU/MDSMP, de fecha 15 de agosto de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que resuelve Aprobar la Habilitacion MORDAZA Nueva para uso Residencial de Densidad Media "RDM" del predio de 30,000.00 m2, constituido por el Lote 23 del Ex Fundo Chuquitanta, identificado como la Unidad Catastral Nº 10113, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Residencial MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad al Plano signado con el Nº 0412012-SCGHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER la independizacion e inscripcion definitiva en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, a favor de las siguientes instituciones: Servicios de Parques de LimaSERPAR el terreno de 600.15 m² ubicado en el Lote 9 de la Mz. C, Ministerio de Educacion el terreno de 600.20 m² ubicado en el Lote 10 de la Mz. C y para la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA -EMILIMA S.A. el terreno 300.12 m² ubicado en el Lote 25 de la Mz. D, constituido por los aportes reglamentarios a Parques Zonales, Educacion y al Fondo Municipal de Renovacion Urbana-FOMUR del Programa de Vivienda Residencial MORDAZA Pardo. Articulo 3º.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres que debera efectuar la correccion del error material contenida en el Articulo MORDAZA de la Resolucion aprobada a fin de no generar inconvenientes al administrado en la inscripcion registral, asimismo, en virtud al MORDAZA de Veracidad de la Informacion verifique el cumplimiento correspondiente a la ejecucion de las obras de agua, desague y electrificacion, no obstante a ello queda expedita la facultad de fiscalizacion por parte de esta Corporacion Municipal. Articulo 4º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PARDO; y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines.

Articulo 5º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 6º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. YESENNIA MORDAZA TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 857803-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Metodologia del MORDAZA de Formulacion del "Plan Local contra la Violencia Hacia la Mujer del Distrito Independencia 2012-2021"
ORDENANZA Nº 270-2012/MDI Independencia, 19 de MORDAZA del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 002-2012 emitido por la Comision de la Mujer y Desarrollo Social sobre aprobacion de la Ordenanza "Formulacion del Plan Local Contra la Violencia hacia la Mujer en el Distrito Independencia 2012-2021". CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion", en su Articulo 194º, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Articulos 1º y 2º, numerales 2 al 17 de la Constitucion Politica del Peru, establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; reconociendo la igualdad de todas las personas ante la Ley, sin discriminacion alguna; a su vez, el Art. 2º, Inciso 1 de nuestra Carta Magna, regula entre los derechos fundamentales de la persona: "el derecho a la integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar"; Que, en el Articulo 6º de la Ley N° 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades; se establece como lineamiento para los gobiernos locales, desarrollar politicas, planes y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres; Que, en el Articulo 3º de la Ley Nº 26260 ­ Ley de Proteccion frente a la Violencia Familiar; se establece como politica permanente del Estado, la lucha contra la violencia familiar debiendo promover la participacion activa de organizaciones, entidades publicas del nivel central, regional y local e instituciones privadas; Que, en el Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015, aprobado mediante el D. S. Nº 003-2009-MIMDES se tiene como objetivo estrategico garantizar la adopcion e implementacion de politicas publicas orientadas a enfrentar el problema de la violencia hacia las mujeres, desde un enfoque intersectorial y participativo en los diferentes niveles de gobierno;

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