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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (26/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477285 Que, el artículo 84° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el Título Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, establece que es función de las Municipalidades; planifi car y promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales; estableciendo canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores; así como de los derechos humanos en general; aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Que del mismo modo; el artículo precedente específi ca; que las Municipalidades tienen la función de organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la población en situación de discriminación; reconociendo y registrando a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el gobierno local; Que, la violencia contra las mujeres, niñas, niños, adolescentes y las personas mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos que se padecen en el país y en particular en el Distrito Independencia, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas, constituyéndose en un flagelo que impide el desarrollo armónico de la comunidad; Que, en la línea estratégica 2 del Plan Local de Desarrollo Concertado del Distrito Independencia al 2021, aprobado por Ordenanza Nº 248-2011 MDI, se precisa que “Independencia es una ciudad educadora, segura, saludable, integrada, con valores e identidad para el desarrollo sostenible, donde niños, niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres, hombres, personas con habilidades diferentes y adultos mayores tienen igualdad de oportunidades, con inclusión y equidad de género, y con derecho a una vida libre de violencia”. Del mismo modo, se precisa el Objetivo Estratégico “Promover la inclusión social, equidad e igualdad de oportunidades, orientadas a enfrentar el problema de la violencia hacia la mujer, donde se garantice el acceso de las víctimas por la violencia basada en genero a servicios públicos de calidad y políticas orientadas a la promoción y prevención de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”; además se considera los Proyectos: “Promoción y prevención de la violencia familiar y sexual”, “Elaboración e implementación del Plan Local de Acción por la Infancia y la Adolescencia” y “Elaboración del Plan distrital contra la violencia hacia la mujer; Que, es necesario fortalecer el rol comunitario de todos los Organismos del Estado e Instituciones Privadas que trabajan este tema en el Distrito Independencia, realizando acciones para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; Que, el 05 de Agosto del 2010, en presencia de los representantes del Gobierno Local, Instituciones Públicas y Privadas y de la Sociedad Civil; se Instaló la Mesa de Concertación por la Lucha contra la Violencia Familiar y Sexual y la Prevención del Consumo de Drogas en el Distrito Independencia; para este fi n, se consideró el Acta de Intención de Trabajo conjunto entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MINDES, La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA, la Municipalidad Distrital de Independencia, El Poder Judicial, Ministerio de Salud, Policía Nacional del Perú, Ministerio de Educación UGEL 04, UGEL 02, Asociación Pensando en Ti Maestro, Universidad Católica Sedes Sapientiae, CEDRO, CENAPAFA, FORO FAMILIA, MANUELA RAMOS, CALANDRIA, entidades comprometidas en la lucha contra el consumo de drogas y los actos de violencia en el ámbito de sus competencias; y que fuera fi rmado el 12 de abril del 2010. Que, desde la Instalación de la Mesa de Concertación por la Lucha contra la Violencia Familiar y Sexual y la Prevención del Consumo de Drogas en el Distrito Independencia, los diversos actores participantes se han comprometido en articular e implementar acciones de atención y/o prevención del consumo de drogas y de la violencia familiar y sexual en nuestra Comunidad, compromisos que son la base del trabajo de esta Mesa de Concertación y que tiene concordancia con los lineamientos de trabajo de la Actual Gestión Municipal. Que, la solución de esta problemática, y las acciones inmediatas, a mediano y largo plazo, requieren de planificación participativa y concertada; por lo que se hace imprescindible formalizar el Equipo Técnico impulsor y los lineamientos necesarios para esta labor. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNÁNIME del PLENO del Concejo Municipal, y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: NORMA QUE REGULA LA METODOLOGÍA DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL PLAN LOCAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER DEL DISTRITO INDEPENDENCIA 2012-2021 Artículo Primero.- APROBAR la Metodología del proceso de Formulación del “Plan Local contra la Violencia Hacia la Mujer del Distrito Independencia 2012-2021”, (en adelante PLAN) con el siguiente contenido: • Capítulo I: Ámbito de Aplicación, Objetivos, Alcance. • Capítulo II: Defi niciones Básicas. • Capítulo III: De las Instancias de Coordinación, Gestión y Soporte Técnico. • Capítulo IV: Del Proceso de Diseño del Plan. • Capítulo V: Cronograma del Proceso de Formulación del Plan. • Capítulo VI: Disposiciones Complementarias. Los cuales forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- CONSTITUIR el Equipo Técnico Impulsor, integrado por representantes de la Municipalidad de Independencia y los Miembros de la Mesa de Concertación, como se indica a continuación: INTEGRANTES REPRESENTACION Gerencia Municipal Presidente Gerencia de Desarrollo Social Secretaria Técnica Sub Gerencia de la Mujer, Servicio Social OMAPED, CIAM, DEMUNA Sub Secretaria Técnica Gerencia de Planifi cación Presupuesto y Racionalización 01 Miembro Sub Gerente de Educación y Cultura 01 Miembro Mesa de Concertación 02 Miembros Articulo Tercero.- CONSTITUIR un Equipo Consultivo y de Apoyo, el mismo que estará integrado por dos miembros de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social del Concejo Municipal, quienes tendrán como tarea apoyar al Equipo Técnico Impulsor en la formulación del Plan materia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Alcalde para que suscriba Convenios de Cooperación con instituciones especializadas, a fi n que contribuyan en la mejor formulación del Plan; dando cuenta al Concejo Municipal. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 857865-1