Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2012 (26/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2012

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Incluyen Sexta Disposicion Final en la Ordenanza Nº 366-CDLO que aprobo el regimen para Licencias de Regularizacion de Edificaciones en el distrito
ORDENANZA Nº 372-CDLO Los MORDAZA, 18 de octubre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 001-2012/CDLO/ CDUTI-CAL de la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA y Tecnologias de la Informacion y de la Comision Permanente de Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 366-CDLO denominada "Ordenanza para Licencias de Regularizacion de Edificaciones en el Distrito de Los Olivos", se establecio que "Todos aquellas personas naturales o juridicas propietarios, posesionarios con derecho a edificar y dominio de predio y/o adjudicatarios de edificaciones ubicados en el Distrito de Los MORDAZA, que hayan ejecutado edificaciones despues del 20 de MORDAZA de 1999 hasta el 31 de marzo del 2012, sin licencia de obra respectiva, podran regularizarlas hasta el 31 de Diciembre del 2012 de acuerdo al procedimiento establecido en la presente ordenanza"; Que, precisa el parrafo MORDAZA del mismo articulo que "Solo se acogeran a la REGULARIZACION DE LICENCIA las construcciones, ampliaciones, remodelaciones, solo de Uso Viviendas Unifamiliares, Multifamiliares, Comercios, Uso Industrial y Otros Usos (usos compatibles especificados en la Ord. 1015-MML), se encuentran exceptuados de este tramite los Conjuntos Residenciales o Habitacionales, de gran magnitud"; Que, mediante el FUT de la referencia, representantes de los Asentamientos Humanos integrantes del Programa Municipal de Vivienda "CONFRATERNIDAD" proponen la modificacion de la Ordenanza Nº 366-CDLO a efectos de incorporar como excepcion a dicho procedimiento a los asentamientos humanos y a los programas municipales de vivienda cuyos predios se encuentren el MORDAZA judicial de expropiacion; por cuanto el Articulo 2º establece como requisito para solicitar la Licencia de Obra en Via de Regularizacion el documento de propiedad del predio resultando para ello un imposible juridico en tanto la mayoria de la poblacion del referido Programa Municipal no cuenta con el referido titulo de propiedad; Que, mediante Informe N° 00768-2012/MDLO/ GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica precisa que la poblacion integrante de los asentamientos humanos representados no se encuentra comprendida dentro del ambito de aplicacion de la ordenanza, toda vez que no ostentan titulo respecto de los predios que viene ocupando, siendo dicho documento requisito para iniciar el procedimiento. Sin embargo, ello no limita la posibilidad de que el concejo municipal precise la MORDAZA en dicho aspecto con miras a una adecuada aplicacion de la misma, respetando para ello la regla contenida en el articulo 103º de la Constitucion Politica, segun la cual pueden expedirse leyes especiales porque asi lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razon de las diferencias de las personas; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

ORDENANZA Nº 372-CDLO ORDENANZA QUE INCLUYE ARTICULO UNICO A LA ORDENANZA Nº 366-CDLO PARA LICENCIAS DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA Articulo Unico.- INCLUIR en la Ordenanza Nº 366-CDLO que aprueba el regimen para Licencias de Regularizacion de Edificaciones en el Distrito de Los Olivos", la Sexta Disposicion Final, cuyo texto es el siguiente: SEXTA.- De Los Predios No Sujetos al Regimen PRECISAR que el Regimen de Regularizacion de Edificaciones aprobado mediante la presente ordenanza no es de aplicacion a los predios, sobre los cuales no se pueda acreditar propiedad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 858461-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Declaran la via que comprende el Malecon Principal de la Urbanizacion El Silencio en el primer nivel como via peatonal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2012-MDPH Punta MORDAZA, 27 de septiembre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria del 27 de septiembre del 2012, el pedido de la Asociacion de Propietarios de la Urbanizacion El Silencio el cual solicita cambio de denominacion de via vehicular a via peatonal del area que comprende el Malecon principal de la Urbanizacion. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, en su articulo 41º prescribe que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que el Informe 781-2012-DGPISP-DUCT presentado por la jefe de la Division de Gestion y Proyectos de la Infraestructura Social y Productiva- Desarrollo MORDAZA y Control Territorial Arquitecta MORDAZA Misolina MORDAZA MORDAZA en el cual se presenta el pedido de la Asociacion de Propietarios de la Urbanizacion El Silencio el cual solicita cambio de denominacion de via vehicular a via peatonal el cual concluye que es razonable acceder a lo solicitado.

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