Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2012 (05/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2012

de Autoridades Municipales del 2012, que consta de siete articulos, y cuyo tenor es el siguiente:

REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO APLICABLE A LAS ACTAS OBSERVADAS PARA EL MORDAZA DE CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL 2012
1. Objetivo Dictar disposiciones para el procesamiento de las actas electorales observadas por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales en el MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012, desde que son identificadas hasta su resolucion por los Jurados Electorales Especiales y, en caso de apelacion, por el MORDAZA Nacional de Elecciones. 2. Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicacion en el tratamiento de las actas electorales generadas en el MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012. 3. Base legal · Constitucion Politica del Peru. · Ley N.º 26859 - Ley Organica de Elecciones. · Ley Nº 26300 - Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. · Resolucion Nº 561-2012-JNE, que convoca a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales para el MORDAZA 30 de setiembre de 2012. 4. Siglas y Definiciones 4.1. Siglas · DNI: Documento Nacional de Identidad. · JNE: MORDAZA Nacional de Elecciones. · JEE: MORDAZA Electoral Especial. · ONPE: Oficina Nacional de Procesos Electorales. · ODPE: Oficina Descentralizada de Procesos Electorales. · TUPA: Texto Unico de Procedimientos Administrativos. 4.2. Definiciones 4.2.1. Acta electoral Es el documento impreso en el cual se registran los actos, hechos e incidencias que se producen en cada mesa de sufragio, desde su instalacion hasta el cierre, y que esta compuesta por tres partes o secciones: acta de instalacion, acta de sufragio y acta de escrutinio. Para los distritos electorales en los que se realiza simultaneamente consulta popular a nivel provincial y distrital, el acta electoral debera mantenerse como una unidad. Se suscriben cinco ejemplares que son distribuidos entre el JNE, JEE, ONPE, ODPE, promotores y autoridades en consulta. 4.2.2. Acta de instalacion Seccion del acta electoral en el que se anotan los hechos u observaciones ocurridos durante la instalacion de la mesa de sufragio. 4.2.3. Acta de sufragio Seccion del acta electoral en el que se anotan los hechos u observaciones ocurridos durante sufragio, inmediatamente despues de concluida la votacion. 4.2.4. Acta de escrutinio Seccion del acta electoral en la que se registran los resultados de la votacion en la mesa de sufragio y las observaciones registradas durante el procedimiento de escrutinio. 4.2.5. Ejemplar del acta Cada una de las copias del acta electoral, referidas a la consulta. Los miembros de mesa emiten cinco ejemplares de cada acta electoral para los siguientes destinatarios: ODPE, JEE, JNE, ONPE, y promotores y autoridades en consulta.

4.2.6. Acta observada El ejemplar correspondiente a la ODPE que por encontrarse sin datos, incompleta, con error material, con caracteres, signos o grafias ilegibles, no puede ser contabilizada en el centro de computo. 4.2.7. Acta incompleta El ejemplar correspondiente a la ODPE que no consigna el total de ciudadanos que votaron, ni en letras ni en numeros. 4.2.8. Acta con error material El ejemplar correspondiente a la ODPE con inconsistencias en los datos numericos consignados. 4.2.9. Acta sin datos Es el ejemplar correspondiente a la ODPE en el que se omite consignar datos en forma parcial o total en los casilleros correspondientes a la votacion o cuando el acta electoral no contiene la cantidad minima de firmas de los miembros de mesa. 4.2.10. Ilegibilidad Condicion que tiene cualquier signo, grafia o caracter diferente a los numeros 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, O, guion (-), linea oblicua (/), o -o-, o que contenga borrones o enmendaduras que MORDAZA imposible su identificacion numerica. 4.2.11. Acta con MORDAZA impugnado Acta electoral que contiene uno o mas votos impugnados, en la cual se debe dejar MORDAZA de estos en el acta electoral. 4.2.12. Acta con solicitud de nulidad Acta electoral perteneciente a una mesa de sufragio en la cual se ha interpuesto algun pedido de nulidad sustentados en los literales a, c y d del articulo 363 de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, esto es, basados en hechos pasibles de conocimiento directo de la mesa de sufragio, deben ser planteados por los personeros de mesa ante la propia mesa de sufragio y, necesariamente, se debe dejar MORDAZA de dichos pedidos en el acta electoral. 4.2.13. Confrontacion o cotejo Es el acto de comparacion del ejemplar de la ODPE con otro ejemplar de la misma acta electoral, que efectua el JEE y el JNE, de ser el caso, para apreciar las coincidencias y discrepancias en dichos ejemplares, que aporten elementos que deben ser valorados en conjunto al momento de resolver. 4.2.14. Total de electores habiles Es el numero de ciudadanos habiles para votar, inscritos en un determinado grupo de votacion, de conformidad con los articulos 52 y 53 de la Ley Organica de Elecciones. Este numero aparece impreso en el acta electoral. 4.2.15. Total de ciudadanos que votaron Es el numero de electores que acude a votar a una determinada mesa de Sufragio. Este numero es consignado en el acta electoral (en la seccion de sufragio) por los miembros de mesa. 4.2.16. Total de votos emitidos Es el resultado de la suma de los votos a favor de las opciones SI y NO, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados, por cada autoridad cuya vigencia de su mandato se consulta. Se consigna en la seccion del escrutinio del acta electoral. 5. Descripcion Articulo 1.- Del llenado del acta electoral Los miembros de una mesa de sufragio deberan llenar el acta electoral en sus tres secciones, en el momento que corresponda a cada una de ellas. El escrutinio en mesa concluye con la firma de los cinco ejemplares del acta electoral, luego de haberse registrado la informacion correspondiente a cada seccion. Una vez culminado este acto, el presidente de la mesa de sufragio procede a la entrega de los ejemplares al coordinador del local de votacion de la ODPE. El sobre especial que contiene las cedulas impugnadas debe ser colocado dentro del sobre correspondiente al ejemplar del acta del JEE.

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