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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de abril de 2013 492845 para el pago anual y/o de la primera cuota 2013 del Impuesto Predial hasta el 30 de abril del presente año. Artículo Segundo.- PRORROGAR el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota trimestral (Enero, Febrero y Marzo) para los predios con diferentes usos económicos correspondientes a los Arbitrios Municipales 2013 y excepcionalmente a los predios Uso casa habitación el pago anual y/o del primer, segundo y tercer mes, hasta el 30 de abril del presente año. Artículo Tercero.- PRORROGAR el plazo del régimen de incentivos por Pronto Pago establecido en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 279-2013-MDI, hasta el 30 de abril del presente año. Artículo Cuarto.- De acuerdo a lo dispuesto en la presente norma no se aplicarán los intereses moratorios ni multas establecidos en el Art. 33º del TUO del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias; por el periodo comprendido entre el 28 de febrero al 30 de abril, fecha de prórroga que establece el presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, Subgerencia de Imagen Institucional y Subgerencia de Tesorería, de acuerdo al ámbito de sus funciones que les corresponde. Artículo Sexto.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 924491-1 Establecen el lugar para la realización del I Matrimonio Civil Comunitario 2013 DECRETO DE ALCALDIA Nº 08-2013-MDI Independencia, 1 de abril del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO; la Ordenanza Nº 281-2013-MDI, de fecha 06 de Marzo del 2013, que aprueba la realización del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a las Municipalidades Distritales en su calidad de Órganos de Gobierno Local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con lo señalado en el Artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Nº 281-2013-MDI de fecha 06 de Marzo del 2013, se autorizó la realización del I Matrimonio Civil Comunitario el día SÁBADO 11 DE MAYO DEL 2013 y el II Matrimonio Civil Comunitario el día SÁBADO 16 DE NOVIEMBRE DEL 2013. Que, en el Artículo Séptimo de la citada Ordenanza, se autorizó al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía defi na los lugares de realización de los dos matrimonios comunitarios y demás actos necesarios que conlleven la realización de las ceremonias. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER que el I Matrimonio Civil Comunitario 2013, se realizará el día Sábado 11 de Mayo del 2013 a horas 11:00 am, en el Centro Comercial “PLAZA NORTE”, ubicado en la Av. Tomás Valle cruce con Av. Panamericana Norte y Av. Túpac Amaru - Distrito de Independencia - Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Área de Registro Civil, Sub Gerencia de Imagen Institucional el fi el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 924522-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES Disponen la modificación y adecuación al marco normativo vigente de la Ordenanza Nº 025-2008-MDM mediante la cual se creó programa municipal de vivienda ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2013-MDM Majes, 26 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Marzo del presente año, aprobó la presente ordenanza. VISTOS: El Informe Nº 015-2013-SGFTYP/MDM, de fecha 14 de Marzo del 2013, emitido por la Sub. Gerencia de Formalización y Titulación de Predios, el Dictamen Nº 015- 2013-SGAJ/MDM, de fecha 19 de Marzo del 2013, emitido por la Sub. Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Territorial, poniendo a consideración del pleno del Concejo Municipal la adecuación y modifi cación de la ordenanza Municipal Nº 025-2008-MDM. Y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, como la Garantía Institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esto concordante con lo preceptuado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley Nº 29151, se estableció las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de descentralización; es decir en sus tres niveles de gobierno: nacional, regional y local. Esta Ley ha sido reglamentada por el D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, reglamento que ha sido modifi cado con posterioridad mediante los D.S. Nº 016-2009-VIVIENDA, D.S. Nº 002-2010-VIVIENDA y D.S. Nº 013-2012-VIVIENDA, constituyendo este último el de modifi caciones contextuales más relevantes que hacen necesaria la adecuación de nuestra Ordenanza, cuyo sustento legal además de estar en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ley Nº 29618, por medio de la cual se establecía la presunción del Estado como poseedor de los inmuebles de su propiedad y se declaraba imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado del Estatal. En consecuencia, a partir del 25 de noviembre de 2010, el Estado además de ser propietario de los bienes que tiene inscritos en SUNARP era poseedor de todos estos a nivel nacional por lo que no contaban ya plazos para solicitar