Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2013 (14/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2013

Que, el numeral 2) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA, es una persona juridica de derecho publico, con autonomia, politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Su finalidad es conducir regular y promover el desarrollo economico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales para lograr un desarrollo integral de las personas a traves de la promocion, proteccion y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto a los derechos y deberes fundamentales de su poblacion, siendo objetivo del Gobierno Regional de San MORDAZA, alcanzar la consolidacion del MORDAZA de descentralizacion y desconcentracion economica y administrativa de la Region y conducir las acciones encaminadas a lograr el desarrollo sostenible, armonico e integral, priorizando la generacion del empleo, la lucha para la superacion de la extrema pobreza, con la participacion de los organismos e instituciones del Gobierno Central, Gobiernos Locales y organizaciones representativas de la sociedad civil existentes en la Region; Que, el Gobierno Regional de San MORDAZA, establecio mediante su Reglamento de Organizacion y Funciones, que la Gerencia de Desarrollo Social es el organo de linea responsable del diseno, conduccion, coordinacion, supervision y evaluacion de politicas publicas de Desarrollo Social y Humano en el ambito del departamento de San Martin. Que, desde la primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en el ano 1975 en el MORDAZA de Mexico, los Estados han reconocido las desigualdades que exhiben las sociedades del MORDAZA entre hombres y mujeres, a pesar de haber aprobado en 1948 una Declaracion Universal de los Derechos Humanos que reconoce la igualdad de todas las personas sin distincion; Que en el ano 1979, la Convencion de la Naciones Unidades sobre Eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la Mujer, consagro el compromiso de los gobiernos en la busqueda de la igualdad entre los sexos, estableciendo un numero importante de medidas pertinentes para alcanzarla, atendiendo a las barreras socio ­ culturales, politicas y economicas existentes en las diferentes sociedades y culturas; Que, son numerosos los documentos e instrumentos aprobados por las NN.UU y la OEA sobre derechos humanos de las mujeres, asi como las normativas para la Transversalizacion de Genero. Al mismo tiempo, la Asamblea General y el Secretario General de NN.UU, mantienen una agenda periodica de evaluacion de los avances de la Transversalizacion de Genero en sus organizaciones; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2011GRSM/CR, de fecha 26 de MORDAZA del 2011 se aprueba el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades, que contempla el MORDAZA normativo institucional regional y local, con los siguientes enfoques: equidad de genero, derechos humanos, participacion politica, interculturalidad, democracia y gobernabilidad. Siendo el MORDAZA principal el de lograr la participacion de hombres y mujeres en el MORDAZA de la toma de decisiones, igual acceso y control de mujeres y hombres a las oportunidades, recursos y resultados del desarrollo, reduccion de la pobreza para hombres y mujeres y mejoramiento del crecimiento economico y desarrollo sostenido de la Region; Que, de acuerdo con los lineamientos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo relativos al Desarrollo Humano, segun los cuales "solo es posible hablar de verdadero desarrollo cuando todos los seres humanos, mujeres y hombres, tienen la posibilidad de disfrutar de los mismos derechos y opciones" y la Declaracion del Milenio en que los paises se comprometieron a promover la igualdad entre los sexos y la autonomia de la mujer como medios eficaces de combatir la pobreza, el hambre y las enfermedades y estimular un desarrollo verdaderamente sostenible", para esta institucion una prioridad de contribuir a la equidad de genero en los paises; Que, la equidad de genero y el avance de las mujeres son dimensiones intrinsecas de un desarrollo humano equitativo y sustentable. El PNUD busca, al mismo tiempo promover el cambio y conectar a los paises con los conocimientos, la experiencia y los recursos necesarios para ayudar a los pueblos a forjar una MORDAZA mejor, mientras

que fortalecen su capacidad local, los paises aprovechan los conocimientos del personal del PNUD y de su amplio circulos de asociados; Que, la presente Ordenanza Regional tiene como finalidad promover la Transversalizacion del enfoque de genero en las politicas regionales y en los diferentes procesos de gestion regional y local como estrategia para alcanzar mayores resultados e impactos en la Igualdad de Mujeres y Hombres. La Transversalizacion del Enfoque de genero es el MORDAZA de examinar las implicancias que tiene para mujeres y hombres, cualquier accion planificada, MORDAZA, politica, programa o proyecto, desde el diseno, implementacion, monitoreo y evaluacion de las politicas publicas; Que, el objetivo general de esta Ordenanza Regional es la institucionalizacion de la Transversalizacion del enfoque de genero en todas las areas y en todos los procesos de la gestion del Gobierno Regional con el objeto de dar orientaciones a las autoridades y funcionarios/as en el diseno, implementacion, monitoreo y evaluacion de normas y politicas, programas o proyectos buscando el logro de la Igualdad de Genero y No Discriminacion de Mujeres y Hombres en la Region San Martin; Que, los objetivos especificos de la Ordenanza Regional son: a)Promover en el ambito del Gobierno Regional y Gobiernos Locales, la identificacion de inequidades y brechas de genero a traves de diagnosticos, lineas de base y de informacion diferenciada por sexo; b) Integrar el analisis de las implicancias que tiene para mujeres y hombres cualquier accion planificada, incluyendo, las normas, politicas, programas o proyectos en todas las areas del Gobierno Regional y los Gobierno Locales; c) Transversalizar el enfoque de genero en todos los procesos de la gestion publica: en la planificacion, asignacion presupuestal, cultura organizacional, politica laboral y en el monitoreo y evaluacion de la gestion del Gobierno Regional y Gobiernos Locales; Que, mediante Informe Legal Nº 1574-2012-GRSM/ ORAL, de fecha 06 de agosto del 2012, la Oficina Regional de Asesoria Legal, opina por la procedencia de la propuesta de Transversalizacion de Genero del Gobierno Regional de San Martin; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Oficina Zonal San MORDAZA ­ Bajo MORDAZA ­ Tarapoto, llevada a cabo el dia martes 05 de marzo del 2013, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.INSTITUCIONALIZAR la Transversalizacion del Enfoque de Genero en todas las areas y en todos los procesos de la gestion del Gobierno Regional de San MORDAZA, con el objeto de dar orientaciones a las autoridades y funcionarios/as en el diseno, implementacion, monitoreo y evaluacion de normas y politicas, programas o proyectos que busque el logro de la Igualdad de Genero y la No Discriminacion de Mujeres y Hombres en la Region San Martin. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Presidencia del Gobierno Regional de San MORDAZA la aplicacion obligatoria de la presente Ordenanza Regional en todas las Gerencias Regionales, Direcciones Regionales, Unidades Ejecutoras. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San MORDAZA el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Relaciones Publicas e Imagen Institucional del Gobierno Regional de San MORDAZA la difusion de los indicadores de genero que se adjunta como anexo de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de

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