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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (14/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de abril de 2013 492834 Artículo Cuarto.- REMITIR copia de lo actuado a la Contraloría General de la República, a efectos de que actúe conforme sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 924543-1 Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 268-A-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0352 MOYOBAMBA - SAN MARTÍN Lima, primero de abril de dos mil trece VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, al haberse declarado la vacancia del regidor Miguel Ángel Alegría Cárdenas, por haber incurrido en causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesión extraordinaria, de fecha 20 de febrero de 2013, el Concejo Provincial de Moyobamba declaró, por mayoría, la vacancia del regidor Miguel Ángel Alegría Cárdenas, por no haber asistido a las sesiones ordinarias de fechas, 21 de enero (fojas 15), 30 de enero (foja 16), y 13 de febrero de 2013 (fojas 17). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante la LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. Antes de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto puede observarse que el regidor Miguel Ángel Alegría Cárdenas, fue debidamente citado a la sesión extraordinaria del día 20 de febrero de 2013, en la cual se trató su pedido de vacancia (fojas 14). De igual forma, fue debidamente notifi cado con el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013, el cual declaró su vacancia al cargo de regidor por la causal de inasistencia injustifi cada a tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas (fojas 3 a 5). Asimismo, en el expediente obra el ofi cio Nº 144-2013- A/MPM, mediante el cual el alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba cumple con precisar que el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013 ha quedado consentido (foja 46). 3. Por ello, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir las credenciales correspondientes a los accesitarios llamados por ley. De conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, en caso de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. Así, corresponde convocar a Mariela Vela Tipa, candidata no proclamada del Movimiento Regional Nueva Amazonía, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo Nº 019-2013 adoptado en la sesión extraordinaria, de fecha 20 de febrero de 2013, que declaró la vacancia de Miguel Ángel Alegría Cárdenas, por la causal prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Miguel Ángel Alegría Cárdenas como regidor del Concejo Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, emitida con motivo de las Elecciones Municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Mariela Vela Tipa, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 00811430, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, en reemplazo de Miguel Ángel Alegría Cárdenas, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 924542-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje a México de funcionario de la SBS, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2288-2013 Lima, 10 de abril de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la II Reunión del Grupo de Trabajo de Gestión Integral de Riesgos y Defi nición del Capital Mínimo, la misma que se llevará a cabo los días 18 y 19 de abril de 2013, en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos;