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El Peruano Viernes 19 de abril de 2013 493181 Por tanto, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Constitución Política del Perú. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno, por mayoría; ACUERDA: Primero.- Establecer la actualización del Acuerdo Regional N° 058-2011-GRP-CRP, con respecto a la PRIORIZACIÓN el proyecto: “Ampliación y Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, Provincia de Carabaya – Puno”, a ser ejecutado en el marco de la Ley Nº 29230 y el Decreto Supremo Nº 133- 2012-EF, dada su incorporación al proceso de promoción de la inversión privada como proyecto de competencia del Gobierno Regional, detallado conforme lo siguiente: Nº NOMBRE DEL PROYECTO CÓDIGO SNIP INVERSIÓN (S/.) 1 “Ampliación y Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de Macusani, Provincia de Carabaya – Puno”. 129661 S/.72,576,984 Nuevos Soles TOTAL S/.72,576,984 Nuevos Soles Segundo.- CONSTITUIR el Comité Especial bajo los alcances de la Ley Nº 29230 y su Reglamento aprobado por D.S. 133-2012-EF, el cual dirigirá el proceso de selección de la empresa privada que fi nanciará y ejecutará el proyecto previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3) miembros; encargándose al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de Puno la designación de sus integrantes. Tercero.- FACULTAR al Presidente Regional del Gobierno Regional de Puno, a SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de Asesoría a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, para el Proceso de Selección de la Empresa Privada que fi nanciará y ejecutará el proyecto priorizando, en el marco de la DIRECTIVA Nº 006-2004-DE-PROINVERSION. Cuarto.- AUTORIZAR al Presidente Regional para que en representación del Gobierno Regional de Puno, SUSCRIBA el CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA CON PROINVERSION y las addendas necesarias; así como los demás aspectos relacionados con la emisión y uso del CIPRL ceñidos al marco de la Ley Nº 29230, su Reglamento y la DIRECTIVA Nº 006-2004-DE- PROINVERSION. Quinto.- INSTAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional a informar permanentemente y bajo responsabilidad, al Consejo Regional, el desarrollo de todas las etapas que concreten la ejecución del proyecto señalado en el punto primero. Sexto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional, bajo responsabilidad. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. MIGUEL QUISPE TIPO Consejero Delegado 926053-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 178-2013/MDC Cieneguilla, 11 de abril de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Informe Nº 030- 2013-SG-MDC, de Secretaría General, el Informe Nº 049- 2013-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 003-2013-2013-GM-MDC de la Gerencia Municipal respecto al proyecto sobre la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2013 y de conformidad a lo establecido por los artículos 233º, 248º y 252º del Código Civil, que establecen entre otras las formalidades, requisitos y dispensa de la publicación de edictos, de igual manera teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 20º, numeral 16) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD del Concejo Municipal ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2013 EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del matrimonio civil comunitario, en el distrito de Cieneguilla, para el día 15 de junio de 2013, a horas 10:00 am, evento a realizarse en el frontis del Palacio Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER el pago total de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), por apertura de pliego matrimonial y de ceremonia, debiendo cumplir con los requisitos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad y con lo dispuesto en los artículos 248º y 250º del Código Civil, pudiendo la entidad en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, solicitar información adicional escrita, que pueda considerar indispensable. Artículo Tercero.- ESTABLECER que el plazo de inscripción para la celebración del Matrimonio Civil Comunitario será a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma y culminará el 08 de junio de 2013. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión y programación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 926031-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban Balance General y Memoria Anual del Ejercicio Económico 2012 de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2013-MDP/A Pachacámac, 25 de marzo del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Marzo del 2013, el Informe Nº 034-2013-MDP/OA-UC e Informe Nº 041-2013-MDP/OPP e Informe Nº 075-2013-MDP/ OAJ emitido por la Unidad de Contabilidad, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina de Asesoría Jurídica respectivamente, a través del cual solicitan la aprobación del “Balance General y la Memoria de Anual del Ejercicio Económico 2012”; y,