Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2013 (19/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; asi mismo, el inciso 2 del citado articulo senala que son competentes para "Formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 21º, literal "p", numeral 1. establece que es atribucion del Presidente Regional presentar ante el Consejo Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado; asimismo, en su articulo 32º, senala que la gestion del gobierno regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Mediano y Largo Plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con politicas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento juridico vigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobo el Plan Bicentenario Peru al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico ajustaran sus Planes Estrategicos a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Peru hacia el 2021; con Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estrategico ­ CEPLAN, iniciar el MORDAZA de actualizacion del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, senalando asimismo que el MORDAZA de actualizacion, se realizara mediante la coordinacion multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 228-2011/GRPCR del 24 de noviembre del 2011, se declaro de prioridad e interes regional el MORDAZA de formulacion del Plan Regional de Desarrollo Concertado - PDRC, involucrando a la Sociedad Civil y Gobiernos Locales; con Ordenanza Regional Nº 232-2011/GRP-CR del 28 de enero de 2012, se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Gobierno Regional MORDAZA, senalandose en su articulo 25º D, literal a, que es funcion de la Direccion de Monitoreo y Evaluacion del Centro de Planeamiento Estrategico Regional ­ CEPLAR, "formular, actualizar, monitorear y realizar seguimiento y evaluacion del Plan Regional de Desarrollo Concertado, de corto, mediano y largo plazo"; Que, mediante Informe Nº 010-2013/GRP-410000, del 01 de febrero del 2013, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado (PEDRC), MORDAZA 2013 ­ 2016, para que el Consejo de Coordinacion Regional emita opinion consultiva; y mediante Acta de Sesion Ordinaria Nº 01-2013 del Consejo de Coordinacion Regional del 18 de febrero de 2013, se deja MORDAZA de la opinion favorable del CCR; Que, mediante Informe Nº 612-2013/GRP-460000 del 21 de marzo de 2013, la Oficina Regional de Asesoria Juridica opina por que se prosiga con el tramite de aprobacion del Consejo Regional, vista la opinion favorable del Consejo de Coordinacion Regional; y con Memorando Nº 296-2013/GRP-400000 del 22 de marzo de 2013 Gerencia General Regional solicita al Consejo Regional la aprobacion de dicho documento de gestion; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 08-2013 del 03 de MORDAZA de 2013, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales;

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO MORDAZA 2013 - 2016
Articulo Primero.- Aprobar el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado (PEDRC), MORDAZA 2013 ­ 2016, documento referente para los Planes Estrategicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales del Gobierno Regional MORDAZA, Planes Sectoriales, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Tematicos y, necesariamente, de los planes de diferente naturaleza que MORDAZA elaborados en el ambito territorial del Departamento de Piura. Articulo Segundo.- Los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico, articularan y alinearan sus Planes de Desarrollo Local Concertado al Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado (PEDRC), MORDAZA 2013 ­ 2016. Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinacion con el Centro de Planeamiento Estrategico Regional - CEPLAR, regular y ejecutar anualmente los procesos de monitoreo y evaluacion del cumplimiento de metas y resultados del PEDRC, MORDAZA 2013 ­ 2016, asi como su difusion y socializacion. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

926063-1

Aprueban modificacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 264-2013/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en

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