Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2013 (19/04/2013)


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y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1° de la citada Ley, se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que asimismo, el articulo 6° de la referida Ley establece que la resolucion de designacion de funcionarios en cargos de confianza, surte efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que se encuentra vacante el cargo de Gerente de Comunicaciones, considerado de confianza en la Institucion, de acuerdo a la Resolucion de Superintendencia Nº 2042012/SUNAT y modificatorias, que aprueba el Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT; Que en tal sentido, se ha considerado conveniente designar en dicho cargo, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabezudo; En uso de las facultades conferidas por los articulos 3° y 6° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, los incisos i) y u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabezudo, en el cargo de confianza de Gerente de Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan funcionamiento de Oficinas Receptoras de Miraflores, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y San MORDAZA como Oficinas Registrales, como un programa piloto
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 072-2013-SUNARP/SN
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 VISTOS, el Informe Nº 002-2013-SUNARP-Z.R.NºIXGT de fecha 24 de enero de 2013 y el Informe Nº 0032013-SUNARP-Z.R.NºIX-GT de fecha 11 de marzo de 2013 emitidos por el Grupo de Trabajo designado mediante la Resolucion Jefatural Nº 1331-2012-SUNARP-Z.R.Nº IX/ JEF, para la elaboracion de un Diagnostico General sobre las Oficinas Zonales de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima; y el Informe Tecnico Nº 010-2013-SUNARP-GR de fecha 14 de marzo de 2013 elaborado por la Gerencia Registral de la Sede Central; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creo la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, Organismo Descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la funcion registral en todo el MORDAZA, orientado a la especializacion, simplificacion, integracion y modernizacion de la funcion, procedimientos y gestion de todos los registros que lo integran. Que, conforme al articulo 110º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002-JUS, el servicio de inscripcion se brinda a traves de las Oficinas Registrales, en su calidad de unidades de ejecucion encargadas de prestar los servicios de inscripcion y publicidad registral

de los diversos actos y contratos inscribibles, asi como supervisar el cumplimiento de los mismos en el ambito de su competencia territorial; Que, actualmente la SUNARP viene ejecutando su politica de acercar el servicio registral al ciudadano a traves de diversas acciones, entre ellas, con la implementacion de oficinas denominadas "Oficinas Receptoras" que brindan el servicio de atencion de publicidad registral y recepcion de titulos para inscripcion; Que, segun los Informes de Vistos en la Oficina Registral de MORDAZA se observa un MORDAZA y sostenido incremento de la demanda de los servicios de publicidad y recepcion de titulos para inscripcion registral; razon por la cual, resulta necesario desconcentrar la atencion del servicio registral, para que dicho servicio se brinde en el ambito de competencia de las actuales oficinas receptoras de Miraflores, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y San Miguel; Que, para lograr esta desconcentracion del servicio de inscripcion de la Oficina Registral de MORDAZA, de acuerdo al Informe emitido por la Gerencia Registral, resulta necesario implementar un programa piloto que tenga por finalidad convertir las Oficinas Receptoras citadas en el parrafo que antecede en Oficinas Registrales que brinden los servicios de publicidad e inscripcion registral; Que, al tratarse de un cambio de Oficinas Receptoras a Oficinas Registrales, las mismas seguiran formando parte de la Oficina Registral Nº IX ­ Sede Lima; por lo que, tendran su mismo ambito de competencia territorial; utilizaran el mismo diario para la MORDAZA de titulos a traves de un sistema automatico de generacion de asientos de MORDAZA correlativo, asi como utilizaran el mismo archivo registral; Que, la organizacion para la operatividad y funcionalidad en la atencion de los titulos presentados sera regulada por la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima; siendo que todas las acciones que se demanden para ello no irrogaran mayores gastos para la Institucion; Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesion del Directorio Nº 291 del 18 de marzo de 2013, en ejercicio de la facultad conferida por el literal c) del articulo 12º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS y del literal v) del articulo 7º del mismo texto normativo; y, con el visto de la Gerencia General, Gerencia Registral y Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a partir del dia 22 de MORDAZA de 2013, como un programa piloto, el funcionamiento de las siguientes Oficinas Receptoras como Oficinas Registrales: · · · · Oficina de Miraflores, Oficina de San MORDAZA, Oficina de MORDAZA de Surco; y, Oficina de San Miguel.

El presente programa piloto se implementara de forma progresiva; y, de acuerdo a las posibilidades tecnicas y administrativas de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima. Dentro de los tres (03) meses de su funcionamiento, la Gerencia Registral elaborara un diagnostico sobre su operatividad considerando los aspectos definidos en el Informe Tecnico Nº 010-2013-SUNARP-GR de fecha 14 de marzo de 2013, el cual debera ser elevado al Despacho del Superintendente Nacional para su evaluacion. Articulo Segundo.- Disponer que las Oficinas citadas en el Articulo Primero, tengan el mismo ambito de competencia geografico que la Oficina Registral de la Sede Lima; debiendo utilizar el mismo diario y archivo registral. Estas Oficinas Registrales brindaran los servicios de publicidad e inscripcion registral. Articulo Tercero.- Encargar a la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, la ejecucion de lo dispuesto en la presente Resolucion; asi como a dictar los lineamientos que se observaran para el envio de los titulos archivados entre las oficinas registrales desconcentradas y la Oficina Registral de MORDAZA y regular los demas aspectos de administracion interna necesarios para la eficiente prestacion de los servicios registrales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos SUNARP

926660-1

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