Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2013 (10/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Sabado 10 de agosto de 2013

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de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, de conformidad al numeral MORDAZA del Anexo adjunto a la Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, los Perfiles Ocupacionales se actualizan de acuerdo a los cambios tecnologicos y productivos del sector economico; Que, mediante Resolucion Directoral N° 03-2010/ MTPE/3/11.2, de fecha 21 de MORDAZA de 2010 se refrendo el Perfil Ocupacional del Cocinero (a), vigente por un periodo de tres anos; Que, la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, luego de la revision y analisis correspondiente, mediante oficio e informes de vistos propone actualizar el Perfil Ocupacional referido precedentemente; Que, de conformidad al sustento tecnico realizado en el Informe N° 01-2013-MTPE/3/19.2/MCGJ-CJHG-PACC, se indica entre otros, en relacion al Perfil Ocupacional referido, que se realizaron precisiones en la terminologia empleada y se cambio el orden de la estructura en el mapa funcional de las unidades de competencia que lo integran, en razon a cambios productivos en el sector economico; adicionalmente se advierte la necesidad de identificar los puestos de trabajo vinculados a las unidades de competencia del Perfil Ocupacional del Cocinero (a), dado que permite una mejor comprension por parte de los actores involucrados en la normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, la actualizacion propuesta cuenta con el control de calidad efectuado segun Informe N° 020-2013MTPE/3/19.2/MAAA, en base a la "Matriz de control de calidad del diseno de un Perfil Ocupacional" aplicada a tal efecto; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral y en el ejercicio de sus funciones especificas asignadas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de la actualizacion del Perfil Ocupacional del Cocinero (a) Aprobar la actualizacion del Perfil Ocupacional del Cocinero (a), propuesta por la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Incorporacion y vigencia Incorporese el Perfil Ocupacional del Cocinero (a) actualizado al Catalogo Nacional de Perfiles Ocupacionales, el mismo que tendra una vigencia de tres (03) anos y servira de base para procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales que se inicien. Articulo 3º.- Vigencia de procesos iniciados Los procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales iniciados en base al Perfil Ocupacional del Cocinero (a), aprobado con Resolucion Directoral N° 03-2010/MTPE/3/11.2, continuan vigentes hasta que concluyan conforme a la normatividad de la materia. Articulo 4°.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionaran el Mapa Funcional, Perfil Ocupacional y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral

Aprueban actualizacion del Perfil Ocupacional de Trabajador (a) del Hogar
VICEMINISTERIO DE PROMOCION DEL EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL RESOLUCION DIRECTORAL N° 023-2013-MTPE/3/19
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 625-2013-MTPE/3/19.2, de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe N° 01-2013-MTPE/3/19.2/ CJHG/MCGJ e Informe N° 032-2013-MTPE/3/19.2/BCMR, en relacion al Perfil Ocupacional de Trabajador (a) del Hogar; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se establece como una de las areas programaticas del sector, la de normalizacion y certificacion de competencias laborales (literal "h" del Articulo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Articulo 5°), asi como funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales (literal "a", numeral 3.1., Articulo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas (Articulo 71°) y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial (literal "c" del articulo 72°), en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010TR, constituye funcion especifica de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboracion de perfiles ocupacionales en base a competencias laborales (literal "b" del articulo 75°); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, de conformidad al numeral MORDAZA del Anexo adjunto a la Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, los Perfiles Ocupacionales se actualizan de acuerdo a los cambios tecnologicos y productivos del sector economico; Que, mediante Resolucion Directoral N° 012-2010/ MTPE/3/11.2, de fecha 11 de agosto de 2010 se refrendo el Perfil Ocupacional de Trabajador (a) del Hogar, vigente por un periodo de tres anos; Que, la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, luego de la revision y analisis correspondiente, mediante oficio e informes de vistos propone actualizar el Perfil Ocupacional referido precedentemente; Que, de conformidad al sustento tecnico realizado en el Informe N° 01-2013-MTPE/3/19.2/CJHG/MCGJ, se indica que la actualizacion de dicho Perfil Ocupacional refleja los cambios tecnologicos y productivos acontecidos en dicha ocupacion y que su periodo de vigencia tendria que ser de tres anos; adicionalmente se advierte la identificacion de las funciones principales del Perfil Ocupacional de Trabajador (a) del Hogar, asi como el nivel de competencia laboral correspondientes, de igual forma se ajustaron algunos criterios y evidencias de desempeno, dado que permite una mejor comprension por parte de los actores involucrados en la normalizacion y certificacion de competencias laborales;

972681-1

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