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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (14/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Miércoles 14 de agosto de 2013 501125 Artículo 3°.- El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa publicará en su portal institucional http://www.sineace.gob. pe/, la autorización y registro del al Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo - DESCO como Entidad Certifi cadora de extensionistas rurales especialistas en ganado bovino. Asimismo lo hará el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, en su página WEB http://www. ipeba.gob.pe/. Regístrese, publíquese y comuníquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 973316-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución del “II Censo Nacional de Comisarías 2013” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 215-2013-INEI Lima, 13 de agosto del 2013 Visto el Ofi cio Nº 3907-2013/INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución del II Censo Nacional de Comisarías 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica, encargado entre otros, de normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utiliza- dos por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales del país; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas en el marco del Presupuesto por Resultados incorporó el programa estratégico “Accidentes de Tránsito y Seguridad Ciudadana”, el que requiere la construcción de indicadores para evaluar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo ejecutadas con recursos asignados por el Ministerio del Interior, orientados a mejorar la infraestructura y equipamiento de las comisarías del país; así como conocer la incidencia de los accidentes de tránsito ocurridos en el año 2012. Asimismo se necesita saber el número de casos registrados por delitos, con incidencia en los homicidios ocurridos en el mismo período, encargando al Instituto Nacional de Estadística e Informática, ejecutar el II Censo Nacional de Comisarías 2013; Que, la ejecución del referido Censo, permitirá contar con una base de datos con información estadística para la elaboración de indicadores que faciliten realizar el seguimiento de los resultados de la ejecución del programa estratégico “ Accidentes de tránsito y Seguridad Ciudadana”; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Interior, han defi nido el marco conceptual y los indicadores pertinentes, asì como el contenido de los formularios a ser utilizados en el Censo, por lo que resulta necesario autorizar su ejecución, establecer el período de realización y aprobar los formularios respectivos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución del “II Censo Nacional de Comisarías 2013”, en cada una de las comisarías y unidades especializadas de investigación criminal que existen en el país y estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las Ofi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática correspondientes. Artículo 2º.- Aprobar los formularios de infraestructura, accidentes de tránsito y de delitos. Artículo 3º.- Establecer como período de ejecución del II Censo Nacional de Comisarías, del 01 de agosto al 15 de octubre de 2013. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 974398-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen exclusión de las acciones comunes clase B representativas del capital social de Cemento Andino S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 070-2013-SMV/11.1 Lima, 7 de agosto de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente Nº 2013024979; así como el Informe Nº 759-2013-SMV/11.1 del 06 de agosto de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados. CONSIDERANDO: Que, mediante escrito del 04 de julio y 01 de agosto de 2013, Unión Andina de Cementos S.A.A. – UNACEM S.A.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV la exclusión de las acciones clase B representativas del capital social de Cemento Andino S.A. del Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por la extinción de la personalidad jurídica de Cemento Andino S.A.; Que, de la evaluación realizada en el marco del trámite al que se contrae la presente Resolución, se ha verifi cado que las acciones comunes clase B representativas del capital social de Cemento Andino S.A. se inscribieron en el Registro Público del Mercado de Valores, mediante la Resolución Directoral de Emisores Nº 027-2007-EF/94.06.3 del 19 de julio de 2007; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 24 de julio de 2012, se acordó aprobar el proyecto de fusión en el cual Unión Andina de Cementos Sociedad Anónima Abierta – UNACEM S.A.A. absorbe a Cemento Andino S.A.; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 344º, inciso 2, de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887 y sus normas modifi catorias, la absorción de una o más sociedades por otra sociedad existente origina la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad o sociedades absorbidas;