Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2013 (15/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

501172 Declaran que la Universidad Alas Peruanas ha cumplido con las disposiciones establecidas en la Ley Universitaria respecto a la creacion y el funcionamiento de la MORDAZA Profesional de Medicina Humana en sus filiales de MORDAZA, MORDAZA e Ica
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1123-2013-ANR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nos. 021 y 022-2012-R-UAP, de fechas 04 de MORDAZA y 10 de diciembre de 2012; informes Nº 107-2013DGDAC, de fecha 07 de junio de 2013; Nº 475-2013DGAJ, de fecha 03 de MORDAZA de 2013; memorando Nº 7542013-SE, de fecha 09 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas e indelegables que se establecen en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribucion de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, por Resoluciones Nº 102-96-CONAFU, de fecha 26 de MORDAZA de 1996, se autorizo el funcionamiento de la Universidad Alas Peruanas; y Nº 656-99-CONAFU, de fecha 22 de noviembre de 1999, se declara concluido el MORDAZA de adecuacion de la Universidad Alas Peruanas al regimen de Sociedad Anonima en aplicacion del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promocion de la Inversion en Educacion; y Nº 531-2002-ANR, de fecha 05 de agosto de 2002, la institucionaliza; Que, mediante Resoluciones Nº 219-2005-CONAFU, de fecha 07 de diciembre de 2005; Nº 231-2004-ANR, de fecha 26 de marzo de 2004, y Nº 1006-2005-ANR, de fecha 27 de MORDAZA de 2005, se autorizo el funcionamiento de Filiales Universitarias para la Universidad Alas Peruanas, en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA e Ica; Que, en cumplimiento del articulo 3º de la Ley Nº 28564, las filiales autorizadas al MORDAZA de la Ley Nº 27504 estan sujetas a ratificacion por parte del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; en ese sentido, expidieron las Resoluciones Nos. 261 y 2722006-CONAFU, de fecha 21 de agosto de 2006, que ratifican la autorizacion de funcionamiento de las Filiales Universitarias de las ciudades de Ica y MORDAZA, otorgado a la Universidad Alas Peruanas por la Asamblea Nacional de Rectores mediante los actos resolutivos descritos en el tercer considerando de la presente resolucion, dentro del MORDAZA que establece la Ley Nº 23733, la Ley Nº 28564 y la Ley Nº 28740; Que, el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE) formalizo el Acuerdo Nº 139-2009-CONEAU, que aprobo el informe de la Comision Evaluadora encargada de la revision del proyecto de la Facultad de Medicina de la Universidad Alas Peruanas y la opinion favorable del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de Educacion Superior Universitaria (CONEAU) al respecto, emitiendo la Resolucion Nº 031-2010-SINEACE/P, de fecha 14 de octubre de 2010, en el MORDAZA de la referida octava disposicion complementaria, transitoria y final de la Ley Nº 28740; Que, al MORDAZA de lo resuelto por el SINEACE, la Asamblea Nacional de Rectores ­ ANR emitio la Resolucion Nº 003-2012-ANR, de fecha 04 de enero de 2012, que formaliza, en via de regularizacion, la creacion y funcionamiento de la Facultad de Medicina Humana y Ciencias de la Salud de la Universidad Alas Peruana

El Peruano Jueves 15 de agosto de 2013

a partir del 01 de diciembre de 2010, con las siguientes Escuelas Academicas Profesionales de: Enfermeria, Estomatologia, Obstetricia, Psicologia Humana, Nutricion Humana, Farmacia y Bioquimica, Tecnologia Medica, Gerontologia Social, y Medicina Humana; Que, el Rector de la Universidad Alas Peruanas, eleva a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores los oficios de vistos, por los cuales comunica que el Directorio de su representada, en sesion del 25 de junio de 2012, acordo la implementacion y funcionamiento de la MORDAZA Academico Profesional de Medicina Humana, adscrita a la Facultad de Medicina Humana y Ciencias de la Salud, en las Filiales de las ciudades de MORDAZA, Ica y MORDAZA, y en merito a ello, se expidio la Resolucion Rectoral Nº 9638-2012-RUAP, de fecha 25 de junio de 2012; motivo por el cual solicita el reconocimiento y oficializacion del citado programa academico, adjuntando para tal efecto el acto resolutivo en mencion, los planes curriculares correspondientes; Que, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, emite el informe de vistos, en el cual expresa que los planes curriculares, para cada filial de la Universidad Alas Peruanas, han sido elaborados respetando las disposiciones establecidas en los articulos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la implementacion y funcionamiento de la MORDAZA Academico Profesional de Medicina Humana en sus Filiales Universitarias de las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, e Ica; por lo que, es de opinion favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en via de regularizacion, emita la resolucion correspondiente; Que, la Direccion General de Asesoria Juridica, mediante su informe de vistos opina que estando a lo informado por la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion ­ DGDAC, seria procedente expedir la resolucion que declare MORDAZA el funcionamiento e implementacion del programa academico de pregrado en las filiales universitarias que aprueba la Resolucion Nº 9638-2012-R, que emitio la Universidad Alas Peruanas - UAP; Que, a traves del memorando Nº 754-2013-SE, la Secretaria Ejecutiva dispone elaborar una resolucion por la cual se declare que la Universidad Alas Peruanas, ha cumplido con la normativa vigente, respecto a la creacion y funcionamiento del programa academico de pregrado citado precedentemente para sus Filiales Universitarias de las ciudades de MORDAZA, MORDAZA e Ica; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, en via de regularizacion, que la Universidad Alas Peruanas, con sede central de funcionamiento en la MORDAZA de MORDAZA, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los articulos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de la MORDAZA Profesional de Medicina Humana en sus Filiales Universitarias de las ciudades de MORDAZA, MORDAZA e Ica; quedando en consecuencia expedita su implementacion. Articulo 2º.- Registrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, lo resuelto en el articulo precedente, asimismo, dispongase la difusion de la presente Resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion y a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Institucion, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 974120-1

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