TEXTO PAGINA: 73
El Peruano Miércoles 21 de agosto de 2013 501507 Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Participación Vecinal y la Sub Gerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultades Reglamentarias. Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma, de ser el caso. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 976523-1 Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Bellavista DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2013-MDB/ALC Bellavista, 13 de agosto de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: Los Informes Nº 067-2013-GPP/MDB y Nº 648-2013- GPP/MDB emitidos por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y los Informes Nº 207-2013-MDB/GAJ concluye y Nº 239-2013-MDB/GAJ, emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 32º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, en toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad; Que, por otro lado, es preciso señalar que, el literal c) de la Norma II del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, comprende dentro del término genérico tributo a las tasas, indicando que, es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº005-2013- MDB-AL de fecha 08 de julio del 2013 se Aprueba el Cuadro Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Bellavista, respecto a la Gerencia de Servicios Sociales – Sub Gerencia de Sanidad; estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, calculados luego de la evaluación de diferentes criterios, los consumos de recursos que cada prestación requiere y la realización de la investigación de mercado correspondiente; Que, es preciso manifestar que del análisis del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente, se encuentran descritos los procedimientos por servicios no exclusivos, respecto a la Sub Gerencias de Recreación y Deportes: Procedimientos 7 y 8; Sub Gerencia de Sanidad: Procedimiento 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8; Sub Gerencia de Educación y Cultura: Procedimiento 1, 2, 3, 4, 5 y 6; Sub Gerencia de Obras Publicas: Procedimiento 10; Sub Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente: Procedimiento 1; Sub Gerencia de Comercialización: Procedimiento 5 y 6; Sub Gerencia de Defensa Civil: Procedimiento 5; por lo que dado que se tratan de servicios no exclusivos, corresponde la eliminación de los mismos de la referida norma; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 37, último párrafo, de la Ley Nº27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad las entidades, a través de Resolución del Titular del Pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público; Que, el Proyecto del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Bellavista, ha sido elaborado por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante Informe Nº 067-2013-GPP/MDB, el mismo que ha incorporado en su contenido la normativa legal vigente aplicable, así como los procedimientos administrativos no exclusivos de la labor municipal; el mismo que ha sido ampliado a través del Informe Nº 648- 2013-GPP/MDB; Que, acorde con lo expuesto, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 207-2013-MDB/GAJ concluye que, encontrándose conforme, es procedente emitir el Decreto de Alcaldía con el cual se Apruebe el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Bellavista; el mismo que es ampliado a través del Informe Nº 239-2013-MDB/GAJ; Que, el artículo 42º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Bellavista, el mismo que consta de veintinueve (29) Servicios No Exclusivos que van detallados en doce (12) folios con sus respectivas tasas, los mismos que forman parte integrante del presente documento, conforme a los fundamentos antes expuesto. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía Nº005-2013-MDB-AL que “Aprueba el Cuadro Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Bellavista”, en razón a los considerandos expuestos. Artículo Tercero.- SUPRIMIR del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Bellavista los siguientes Procedimientos: Sub Gerencias de Recreación y Deportes: Procedimientos 7 y 8. Sub Gerencia de Sanidad: Procedimiento 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8. Sub Gerencia de Educación y Cultura: Procedimiento 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Sub Gerencia de Obras Públicas: Procedimiento 10. Sub Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente: Procedimiento 1. Sub Gerencia de Comercialización: Procedimiento 5 y 6. Sub Gerencia de Defensa Civil: Procedimiento 5. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Informática, la publicación del mismo en el portal institucional de la Municipalidad de Bellavista (www.munibellavista.gob. pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde