Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2013 (21/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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El Peruano Miercoles 21 de agosto de 2013

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Crean la Comision Anticorrupcion de Tacna Regional

ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2013-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de junio del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo, el articulo 192 prescribe: "Los gobiernos regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. (...)". Asimismo, el articulo 36 establece como competencias compartidas de los gobiernos regionales: "(...) i) Otras que se le delegue o asigne conforme a ley". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el articulo 38 senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; asimismo, en su articulo 46 establece: "Las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia". Que, el Acuerdo Nacional suscrito el 22 de MORDAZA del 2002 establece un conjunto de politicas de Estado con el fin de definir un rumbo para el desarrollo sostenible del MORDAZA y afirmar su gobernabilidad democratica, dentro de su VIGESIMA SEXTA Politica de Estado considera la PROMOCION DE LA ETICA Y LA TRANSPARENCIA Y ERRADICACION DE LA CORRUPCION, EL MORDAZA DE DINERO, LA EVASION TRIBUTARIA Y EL CONTRABANDO EN TODAS SUS FORMAS. Que, la Ley Nº 29976, Ley que Crea la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion, en su articulo 6 establece: "6.1. La Comision de Alto Nivel Anticorrupcion cuenta con un organo denominado Coordinacion General, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que desempena las funciones siguientes: (...) e) Coordinar con las Comisiones Regionales Anticorrupcion, en el MORDAZA de la politica y el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion, manteniendo estrecha comunicacion con ellas (...)"; asimismo, el articulo 9 prescribe: "9.1. Los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion, cuya conformacion se da en el MORDAZA de la presente Ley, en lo que fuera aplicable. (...). 9.3. Las funciones de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion se definen en el MORDAZA de la presente Ley y en concordancia con lo establecido en la legislacion nacional". Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM se aprobo el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016 en donde se senala: "CAPITULO III. EL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION 20122016: OBJETIVOS, ESTRATEGIAS, ACCIONES (...) 2. El ambito de aplicacion temporal e institucional (2012-2016). (...) En relacion al ambito de aplicacion institucional del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, se ha considerado el conjunto de entidades publicas: todas aquellas que componen el Poder Ejecutivo y los organismos

constitucionalmente autonomos, asi como los gobiernos regionales y locales que componen la administracion publica peruana. La participacion de estos actores se realiza en el MORDAZA de las funciones que la Constitucion y las leyes especiales les facultan en concordancia con los planes estrategicos y operativos de cada entidad". Que, mediante Oficio Nº 83-2012-CR-PHP/GOB.REG. TACNA de fecha 10 de setiembre del 2012 el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Parqui presenta la propuesta de Ordenanza Regional siguiente: "CREAR EL SISTEMA REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION EN LA REGION DE TACNA". Que, la corrupcion es un fenomeno que afecta a todos los peruanos, en especial a los mas pobres, y por tanto su combate o control representa una politica de Estado que compromete a los tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local) a desarrollar esfuerzos conjuntos para propiciar politicas de gestion en los organismos publicos y privados, asi como en la ciudadania en general, para la generacion de una cultura de prevencion y erradicacion de los actos de corrupcion; por lo que, el Gobierno Regional de Tacna, se debe sumar a este esfuerzo conjunto del Estado Peruano para combatir la Corrupcion creando la Comision Regional Anticorrupcion de Tacna. Que, con el Oficio Nº 029-2012-P-CAN del 24 de febrero de 2012 remitido al Gobierno Regional de Tacna por el Presidente de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion; el Informe Nº 193-2012-ORAJ/GOB.REG.TACNA del 07 de marzo del 2012 emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna; y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Especial de Fiscalizacion del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la propuesta del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Parqui, asi como efectuar las respectivas adecuaciones a la Ley Nº 29976, procede a emitir el Dictamen Nº 001-2013-CR-CEF de fecha 03 de junio del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "CREAR LA COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de junio del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL:
Articulo Primero.- CREAR la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE TACNA que tiene como objetivo principal implementar acciones de prevencion y combate de la Corrupcion, en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion. Articulo Segundo.La Comision Regional Anticorrupcion de Tacna se encuentra conformada por: a) El Presidente del Gobierno Regional de Tacna. b) El Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna. c) El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna. d) El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Tacna. e) El Gobernador Regional de Tacna. f) El Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado o quien haga sus veces. g) Los Directores Regionales de Tacna. h) El Presidente de la Asociacion de Municipalidades de la Region Tacna Articulo Tercero.- El Jefe de la Oficina Regional de Control de Tacna, el Jefe de la Oficina Defensorial de Tacna, el Presidente de la Camara de Comercio e Industria de Tacna, el representante de la Iglesia Catolica y la evangelica, el Presidente de los Colegios Profesionales de Tacna, el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Tacna, el Decano del Colegio de Periodistas de Tacna, los Rectores de las Universidades Publicas y Privadas

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