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El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013 501626 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013”, la misma que estará a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). La Encuesta está dirigida a una muestra representativa de 4 967 empresas con 20 a más trabajadores, a nivel nacional, en los sectores económicos comercio, transportes y comunicaciones, construcción, minería y turismo (restaurantes, hoteles y agencias de viaje), cuyo listado se publica en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Disponer que el periodo de entrega de la información de la Encuesta es del 12 de agosto al 11 de setiembre del 2013. Artículo 3°.- Aprobar el formulario de la “Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013”. El acceso y respuesta al formulario se realizará en forma virtual, al cual se podrá acceder ingresando a la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), http://www.trabajo.gob.pe/, al banner: “Encuesta de Demanda Ocupacional”, donde debe registrar su número de RUC, usuario y clave SOL; o directamente en el link https://www.sunat.gob.pe/xssecurity/SignOnVerifi cation. htm?signonForwardAction=http://luna.mintra.gob.pe/ si.encuesta/index.jsp Artículo 4°.- Disponer que las personas jurídicas a las que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deben responder la encuesta en el plazo establecido; en caso de incumplimiento serán pasibles de ser sancionadas con la multa respectiva, conforme lo dispuesto por los Artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM; precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 977769-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nombran Martilleros Públicos a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 793-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF Lima, 12 de agosto de 2013 VISTOS: La Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 206-2005-SUNARP/ SN del 10 de agosto de 2005, la Resolución Jefatural N° 324-2013-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 22 de abril del 2013, la Convocatoria para el proceso de evaluación de postulante a Martilleros Públicos a Nivel Nacional de fecha 06 de mayo de 2013, el Informe N° 001-2013-SUNARP- Z.R.N°IX/COM.MART del 23 de julio de 2013 y la Hoja de Envío N° 1611-2013-Z.R.N°IX/JEF. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 206-2005- SUNARP/SN del 10 de agosto de 2005, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 10 de agosto de 2005, se designó a la Zona Registral N° IX – Sede Lima como el órgano desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos. Que, por Resolución Jefatural N° 324-2013-SUNARP- Z.R.N°IX/JEF del 22 de abril del 2013, se designó la Comisión encargada de conducir el procedimiento de evaluación de los postulantes a Martilleros Públicos, integrada por el Asesor de Jefatura, abogado Carlos Campos Gutiérrez, en representación del Jefe Zonal quien la preside, el Gerente Registral (e) abogado Nilo Arroba Ugaz, la Gerente (e) de Bienes Muebles, abogada Bertha Nancy Mantilla Espinoza, en calidad de Miembros y, el Abogado I de la Gerencia de Bienes Muebles Abraham Dante Acosta Llancare, en calidad de Secretario Técnico. Que con publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNARP de fecha 06 de mayo de 2013, la Zona Registral N°IX – Sede Lima, se realizó la Convocatoria para el proceso de evaluación de postulantes a Martilleros Públicos a Nivel Nacional. Que, mediante el Informe de Vistos, cuyo texto forma parte de la presente resolución, según lo previsto por el artículo 6.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Presidente de la acotada Comisión eleva a esta Jefatura los actuados en el presente proceso de evaluación de postulantes a Martilleros Públicos, con el respectivo resultado. Que, el artículo 23° de la Resolución Jefatural N° 1364-2006-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF del 29 de diciembre de 2006, se aprobó el Reglamento para la Evaluación de Martilleros Públicos, el cual dispone que los postulantes que hayan aprobado el examen de idoneidad serán nombrados mediante Resolución Jefatural. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 86° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS, el literal k) del artículo 32° del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 206-2005-SUNARP/SN del 10 de agosto de 2005, la Resolución del Gerente General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 221-2012-SUNARP/ GG del 24 de agosto de 2012, la Resolución del Gerente General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 349-2012-SUNARP/GG del 28 de diciembre de 2012 y la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 081-2013-SUNARP/SN del 24 de abril de 2013. SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a partir de la fecha, Martilleros Públicos a Nivel Nacional, a los postulantes aptos que aprobaron el procedimiento de evaluación que a continuación se detalla: N° POSTULANTE 1 ALVA RIVERA, PAMELA MARISOL 2 APAZA MORANTE, VICTOR ORLANDO 3 FLORES DE MENDOZA, MARLENE CLEOFE 4 LARREA NONGRADOS, CINTHIA KARINA 5 LLAQUE MOYA, MIGUEL ANGEL 6 MAJLUF DELAUDE, KATIA PATRICIA 7 PIZARRO CASAVERDE, JUSTO 8 RAMOS ROMANI, BAYRON FÉLIX 9 RAMOS ROMANI, RUDY OSCAR 10 VASQUEZ ZUBIETA, PATRICIA VICTORIA 11 VERGARA COAGUILA, FANNY ADELI 12 VILLEGAS ARANDA, RUTH MARIBEL Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Administración y Finanzas efectúe las acciones necesarias, a efectos de que el resultado de la evaluación sea publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNARP. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Bienes Muebles realice las acciones pertinentes para el otorgamiento de la matrícula o inscripción en el Libro de Registro de Martilleros Públicos. Artículo Cuarto.- DERIVAR a la Gerencia de Administración y Finanzas los expedientes de los postulantes que no alcanzaron la nota mínima aprobatoria,