Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Organizacion y Funciones por parte de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado con Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, establecen que los programas o proyectos contaran con un Manual de Operaciones en el que se consignara, entre otros, la descripcion del Programa o Proyecto, el objetivo, la identificacion de las entidades, organos o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del mismo, organizacion, funciones y responsabilidades; asi como, sus procesos de programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion desembolsos, segun corresponda, y los procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: supervision tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda; Que, con Informe Tecnico Legal Nº 009-2013VIVIENDA/VMVU-PGSU, el Programa Generacion de Suelo MORDAZA (PGSU) remite el proyecto del Manual de Operaciones para la prosecucion del tramite correspondiente que conlleve a su aprobacion; Que, mediante Memorando Nº 099-2013-VIVIENDAOGPP, la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, senala que luego de la evaluacion realizada por la Unidad de Planificacion, Programacion y Racionalizacion a traves del Informe Nº 005-2013-OGPP-UPPR, emite opinion favorable al Manual de Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA, recomendando se prosiga con el tramite de aprobacion respectiva; De conformidad con la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2002VIVIENDA, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica y el Decreto Supremo N° 0032012-VIVIENDA, que crea el Programa Generacion de Suelo Urbano; SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

Articulo 1º.- Aprobacion del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA - PGSU, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial y consta de nueve (09) Capitulos, sesenta y cinco (65) Articulos, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, una (01) Disposicion Complementaria Final y dos (02) Anexos. Articulo 2º.- Aprobacion del Cuadro de Recursos Humanos Delegar en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo la facultad de aprobar el Cuadro de Recursos Humanos del PGSU, el mismo que sera propuesto por el Director Ejecutivo del Programa, en un plazo que no excedera los treinta (30) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA ­ PGSU, en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo 4º.- Vigencia El Manual de Operaciones del Programa Generacion de Suelo MORDAZA - PGSU entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 978951-1

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa.

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