Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

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Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º, numerales 13.5 y 13.6 del articulo 13º y el inciso a) del articulo 22º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Remover al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 978420-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Remueven del cargo a miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 171-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 21 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 0092009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designacion y remocion de los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Resolucion Nº 071-2008-INDECOPI/ DIR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de agosto de 2008, el Directorio del Indecopi (hoy Consejo Directivo) designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Cusco; Que, mediante Informe Nº 007-2013/GOR la Gerencia de Oficinas Regional puso en conocimiento del Consejo Directivo las circunstancias advertidas por la Sala Especializada en Proteccion al Consumidor, a traves de la Resolucion Nº 0183-2013/SPC-INDECOPI, mediante la cual declaro la nulidad de todo lo actuado en el procedimiento administrativo tramitado bajo Expediente N° 065-2011/CPC-INDECOPI-CUS ante la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA, tras concluir, entre otras cosas, que dicho procedimiento fue tramitado sin la abstencion oportuna del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salas; Que, en atencion a ello, la Oficina de Control Institucional del Indecopi emitio el Memorandum Nº 01372013/OCI en el cual recomendo disponer que la instancia correspondiente evalue los hechos relacionados al Expediente N° 065-2011/CPC-INDECOPI-CUS, a efectos de determinar las medidas de caracter disciplinario que correspondan; Que, mediante Informe N° 108-2013/GEL, la Gerencia Legal emitio opinion respecto a los descargos presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recomendando su remocion del cargo de miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA por la comision de una falta grave, al haberse acreditado la infraccion al articulo 89° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como al articulo 39° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi, referidos a la promocion de la abstencion y los conflictos de interes; Que, del mismo modo, a traves de Informe N° 0152013/GEG, la Gerencia General recomendo al Consejo Directivo la remocion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de MORDAZA, en virtud a las consideraciones expuestas por la Gerencia Legal en su Informe N° 108-2013/GEL; Que, habiendose evaluado los descargos presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Consejo Directivo del Indecopi decidio removerlo en el cargo de miembro de la Comision adscrita a la Oficina Regional del Indecopi de Cusco;

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la ejecucion de la "Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013"
RESOLUCION JEFATURAL N° 206-2013-INEI MORDAZA, 5 de agosto del 2013 Visto el Oficio Nº 348-2013-MTPE/4/13, de la Oficina General de Estadistica y Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (MTPE), solicitando autorizacion para la ejecucion de la "Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013" la cual se llevara a cabo a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Basicas de los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Direccion General de Promocion del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, requiere contar con informacion sobre la demanda futura de personal caracterizando las ocupaciones requeridas durante el ano 2014, para lo cual tiene programado realizar del 12 de agosto al 11 de setiembre de 2013 la "Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013" que se llevara a cabo a nivel nacional, la que servira para la toma de decisiones sobre las politicas de empleo y educativas; Que, la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, ha evaluado la Ficha Tecnica y la Guia Metodologica del Usuario, la cual se adjunta como parte de lo solicitado; por lo que resulta necesario autorizar la ejecucion de la "Encuesta de Demanda Ocupacional Tercer Trimestre 2013", dirigida a las empresas privadas formales con 20 a mas trabajadores a nivel nacional en los sectores economicos comercio, transportes y comunicaciones, construccion, mineria y turismo (restaurantes, hoteles y agencias de viaje), para lo cual se ha seleccionado una muestra de 4 967 empresas a nivel nacional, asi como aprobar el formulario respectivo y fijar el plazo MORDAZA de entrega de la informacion, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Estadistica e Informatica; Con la opinion tecnica favorable de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; y,

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