Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

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Tales opiniones podran ser formuladas por: escrito (Jr. Zorritos Nº 1203-Cercado de Lima), via fax (615-7841), o correo electronico (proyectonormas@mintc.gob.pe); correspondiendo a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles la atencion final de las mismas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA N. ZECENARRO MATEUS Director General Direccion General de Caminos y Ferrocarriles 1021695-1

objetivo es obtener informacion actualizada y detallada de todos los elementos conformantes de la via; Que, el Numeral 11.4 del Articulo 11º del citado reglamento nacional, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, dictar las normas para la elaboracion de los inventarios viales indicados; Que, en ejercicio de dicha facultad, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, a traves de su Direccion de Caminos, elaboro un proyecto de Manual de Inventarios Viales; Que, a efecto de perfeccionar el citado documento normativo, el Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, contrato, en calidad de apoyo, a la empresa consultora MTV PERU E.I.R.L. a fin que la misma se encargue de la revision y complementacion del proyecto de Manual de Inventarios Viales; Que, luego de la otorgada la conformidad a los servicios de la citada consultora, la Direccion de Normatividad Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, ha presentado con Informe Nº 066-2013-MTC/14.04 de fecha 13 de Noviembre del 2013, la version final del Manual de Inventarios Viales. Dicha unidad organica ha sustentado, asimismo, el proyecto normativo con Informe Tecnico Nº 007-2013-MTC/14.04; Que, de otro lado, el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS-"Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", senala, en su articulo 14º, que las entidades publicas deben disponer la publicacion de los proyectos de MORDAZA de caracter general que MORDAZA de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) dias, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en concordancia con esta MORDAZA, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitio la Directiva Nº 001-2011-MTC/01-Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicacion de proyectos de normas legales, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; la cual ha previsto en su Numeral 6.2.5 que, en el caso de normas legales de rango inferior a una Resolucion Viceministerial o a una Resolucion de Secretaria General, la publicacion se aprobara mediante la emision del dispositivo legal que corresponda, segun la unidad organica que proponga la norma; Que, de acuerdo con ello, y siendo que el Manual de Inventarios Viales sera aprobado por la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, mediante una resolucion directoral (norma de rango inferior a las senaladas en el numeral 6.2.5 de la Directiva prevista en el considerando anterior); la publicacion del proyecto de MORDAZA debera ser autorizada por esta Direccion General; Que, de otro lado, la Directiva Nº 001-2011-MTC/01 ha establecido en su Numeral 6.3, que los comentarios, observaciones y sugerencias de los usuarios y administrados, se recibiran por escrito y mediante correo electronico; Que, estando a lo senalado, resulta pertinente dictar el acto administrativo de autorizacion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, la Directiva Nº 001-2011MTC/01 y en uso de las facultades previstas en la Resolucion Ministerial Nº 506-2008-MTC/02; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion del proyecto del Manual de Inventarios Viales, en la Pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mintc.gob.pe., por un plazo de treinta (30) dias habiles, contado a partir de la publicacion de la presente resolucion; con el objeto de recibir los comentarios, observaciones, y sugerencias de la ciudadania en general.

Modifican autorizacion como entidad certificadora de conversion a gas licuado de petroleo a JV INDUMET S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4576-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de noviembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 131388 y 153305, presentados por la empresa denominada JV INDUMET S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 0142004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006MTC y 006-2008-MTC, establece en el articulo 29º el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Licuado de Petroleo (GLP), a fin de que esta se realice con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0222009-MTC que regula el "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GLP", estableciendo en el numeral 5.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas juridicas para ser autorizadas como Entidades Certificadoras de Conversion a GLP, ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2314-2013MTC/15 de fecha 03 de junio del 2013, publicada el 26 de junio del mismo ano, se autorizo a la empresa JV INDUMET S.A.C. como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo, para operar en local ubicado en la Mz. N1 Lote 28 II Etapa Urb. Los Sauces, Distrito de MORDAZA, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque; Que, mediante Parte Diario Nº 131388 de fecha 10 de setiembre del 2013, la empresa denominada JV INDUMET S.A.C., en adelante La Certificadora, solicita autorizacion para cambio de local en su calidad de Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo, para operar en el MORDAZA local ubicado en la MORDAZA Saturno Nº 164, Urb. MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, mediante Oficio Nº 6590-2013-MTC/15.03 de fecha 27 de setiembre del 2013, notificado el 07 de octubre del 2013, esta Administracion formulo las

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