Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

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Segundo. Que de fojas trescientos treinta y cuatro a trescientos cuarenta y cuatro, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propuso al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la imposicion de la medida disciplinaria de destitucion a investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien pese a no admitir haber cometido falta alguna, sino unicamente haber dado cumplimiento a las funciones que le fueron encomendadas por razon de su cargo, habiendo realizado el acto de notificacion a la quejosa y proyectado la sentencia en el Expediente numero cero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete por encargo de la Jueza encargada del Juzgado Mixto de Carhuaz; se ha podido acreditar que incurrio en falta muy grave que pone en evidencia su conducta manifiestamente irregular y contraria a que todo trabajador de este Poder del Estado debe demostrar en el desempeno de su sus funciones. Tercero. Que, en este sentido, respecto de los hechos acreditados se ha logrado establecer lo siguiente: i) Que al promediar las doce horas con veintiocho minutos del dia cuatro de MORDAZA de dos mil once, la Fiscalia Provincial Mixta de Carhuaz intervino en el local del Juzgado Mixto de dicha MORDAZA al investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le encontro en el MORDAZA cajon de su escritorio la suma de doscientos nuevos soles, en cuatro billetes de cincuenta nuevos soles, que previamente habian sido fotocopiados y entregados al mencionado por la quejosa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para que la favoreciera con la sentencia en el Expediente numero cero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete, sobre retracto; lo cual consta en el acta de intervencion de fojas dieciocho a veintiocho; copias de cuatro billetes de la denominacion de cincuenta nuevos soles, que obran de fojas veintinueve a treinta y dos; MORDAZA de las fotografias de fojas treinta y seis a cuarenta y dos; y, del acta de manifestacion de la denunciante de fojas treinta y tres. ii) Que el investigado en su condicion de auxiliar judicial del Juzgado Mixto de Carhuaz ingreso a laborar el uno de marzo de dos mil once, y ademas de realizar las funciones propias de su cargo, elaboraba proyectos de resoluciones por encargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Egusquiza; asi se tiene de su hoja de MORDAZA de fojas ochenta y dos a ochenta y tres, emitida por la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ancash; del informe de fojas doscientos cuarenta a doscientos cuarenta uno, emitido por la doctora MORDAZA Egusquiza; de las declaraciones del investigado de fojas ochenta y cinco a noventa, y de lo manifestado en el acto de la intervencion de la computadora, conforme al acta de fojas treinta y cuatro a treinta y cinco; ademas, de lo senalado por la testigo MORDAZA MORDAZA del MORDAZA De la MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Juzgado, en su manifestacion de fojas cincuenta y seis a cincuenta y ocho. iii) Que en la elaboracion de la sentencia del Expediente numero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete, sobre retracto, que sigue la denunciante, y del contrato de compraventa entre Lenin MORDAZA Ponte MORDAZA y Kayo Edu MORDAZA MORDAZA, ha utilizado la computadora del Poder Judicial asignada al investigado, lo que se sustenta en los hallazgos contenidos en el "Acta de Verificacion e intervencion en la computadora del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torres", de fojas treinta y cuatro a treinta y cinco; la fotografia de fojas cuarenta y tres; y los documentos de fojas sesenta y tres a sesenta y nueve, y setenta a setenta y dos, debidamente certificado por la Secretaria de Juzgado, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA De la MORDAZA Diaz. iv) Que, ademas, se constato que la sentencia se encontraba guardada en la carpeta "Mis Documentos diagonal MORDAZA diagonal Sentencia de retracto guion F", fechado el quince de marzo de dos mil once, dieciocho horas y cincuenta y siete minutos; y, el documento denominado "Contrato de promesa de venta", con fecha de MORDAZA modificacion del veintiuno de marzo de dos mil once, a las catorce horas con cuarenta y siete minutos. v) Que los hechos investigados ha motivado la apertura de MORDAZA penal por delito de cohecho pasivo impropio, tal como consta de fojas ciento ocho a ciento cincuenta y seis y de fojas ciento sesenta a doscientos treinta y ocho, con mandato de detencion.

Inscribiendose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.S. MORDAZA MORDAZA WALDE MORDAZA Presidente (a.i.) 1021706-11

Sancionan con destitucion a Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de la provincia de Carhuaz, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODECMA N° 215-2012-ANCASH MORDAZA, veintinueve de MORDAZA de dos mil trece.VISTA: La Investigacion ODECMA numero doscientos quince guion dos mil doce guion MORDAZA que contiene la propuesta de destitucion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de la Provincia de Carhuaz, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero veinticuatro, de fecha dieciocho de octubre de dos mil doce, de fojas trescientos treinta y cuatro a trescientos cuarenta y cuatro. Oido el informe oral. CONSIDERANDO: Primero. Que en merito del acta de intervencion fiscal de fojas dieciocho a veintiocho, se da cuenta de los actos irregulares incurridos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de la Provincia de Carhuaz, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien habia solicitada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA montos dinerarios a cambio de expedir sentencia a su favor en el Expediente numero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete, seguido contra MORDAZA MORDAZA Villafana MORDAZA y otro, sobre retracto; por lo que se le abrio procedimiento disciplinario atribuyendole los siguientes cargos: a) Haber presuntamente requerido a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, inicialmente la suma de dos mil nuevos soles, monto que fue disminuido a trescientos nuevos soles, de los que recibio como adelanto la suma de cien nuevos soles, y luego la cantidad de doscientos nuevos soles, segun acta de intervencion fiscal, a cambio de proyectar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA una sentencia de retracto en el Expediente numero cero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete guion JMC guion CI, infringiendo de esta manera el deber previsto en los incisos a) y b) del articulo cuarenta y uno, e inmerso en la prohibicion contenida en el inciso q) del articulo cuarenta y tres del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. Asimismo, en el inciso seis del articulo nueve y los incisos uno y ocho del articulo diez del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; y, b) Tener en el equipo de computo asignado un archivo del documento denominado "Contrato de Promesa de Compra Venta" sobre un terreno que tiene relacion con el Expediente numero dos mil nueve guion trescientos cincuenta y cuatro guion JM de MORDAZA Chimbote, en el cual se habrian hecho ciertas modificaciones, lo que demostraria que estuvo utilizando indebidamente bienes del Estado en beneficio personal, lo que se encuentra prohibido conforme lo senala el inciso f) del articulo cuarenta y tres, concordado con el articulo setenta y ocho, inciso c), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial que lo califica como falta administrativa.

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