Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Que, mediante memorando de vistos, la Secretaria Ejecutiva de la Institucion dispone la elaboracion de una resolucion autorizando el viaje de la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Calidad Universitaria, para que asista en representacion del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores al "Taller Regional Andino", organizado por la Asociacion Colombiana de Universidades /ASCUN y el Proyecto MORDAZA Puentes, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Bogota-Colombia, otorgandose tres dias de viaticos del 22 al 24 de octubre de 2013; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Calidad Universitaria, en representacion del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores atendiendo la invitacion para participar en el "Taller Regional Andino", organizado por la Asociacion Colombiana de Universidades /ASCUN y el Proyecto MORDAZA Puentes, que se llevara a cabo desde el 21 al 23 de octubre de 2013, en la MORDAZA de BogotaColombia, otorgandose tres dias de viaticos del 22 al 24 de octubre de 2013; debiendo partir el 22 de octubre, retornando el 24 de octubre del ano en curso. Articulo 2º.- Los egresos asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores son los siguientes: · Viaticos internacionales por tres dias: (22 al 24 de octubre de 2013) (US$ 370 por dia - c/u) TOTAL: US$ 1 110.00 Articulo 3º.- Establecer que los egresos que irrogue la presente resolucion seran atendidos con el Presupuesto Institucional del ano fiscal 2013, y debera ser afectado en la especifica del gasto 2.3.2.1.1.2 "Viaticos y asignaciones por comision de servicio", Generica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; Secuencia Funcional 009 "Orientacion, Coordinacion, Desarrollo, Politica Institucional y de Actividades Universitarias"; Actividad 5001010 "Orientacion, Coordinacion, Desarrollo de la Politica Institucional y de Actividad" y por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo 4º.- Disponer que dentro de los quince (15) dias siguientes de efectuado el viaje, la representante autorizada mediante la presente resolucion debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 5º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1021347-1

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 0035-2013-R-UNCP, de fecha 17 de enero de 2013, Nos. 0112, 0278 y 0375-2013-OGAA/ UNCP, de fechas 06 de febrero, 19 de junio y 20 de agosto de 2013, y Nº 200-2013-DFE-UNCP, de fecha 4 de setiembre de 2013, Nº 0612-2013-VRAC-UNCP, de fecha 11 de setiembre de 2013; informe Nº 200-2013-DGDAC, de fecha 18 de octubre de 2013; memorando Nº 1185 2013-SE, de fecha 29 de octubre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas e indelegables que se establecen en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo, es atribucion de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, por Decreto Supremo Nº 46, de fecha 16 de diciembre de 1959, se autorizo la creacion de la Universidad Comunal del Centro del Peru, es asi que en 1962, la Ley Nº 13827, la reconoce como "Universidad Nacional del Centro del Peru", con sede en la MORDAZA de Huancayo; Que, al MORDAZA de la normativa que se precisa en el primer considerando de la presente resolucion, el Rector de la Universidad Nacional del Centro del Peru, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de carreras profesionales, segundas especialidades o especializaciones y maestrias, para su reconocimiento y oficializacion por parte de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, emitio el informe de vistos, en el cual expresa que la documentacion, remitida por la citada universidad, que contiene sendas resoluciones de creacion y organizacion de carreras profesionales, segundas especialidades o especializaciones y maestrias con sus respetivos planes curriculares, ha sido estructurada de conformidad con las disposiciones establecidas en los articulos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, ademas de considerar que la universidad debera tomar en cuenta las recomendaciones que se describen en el informe Nº 200-2013-DGDAC, y a su vez es de opinion favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores, en via de regularizacion, emita la resolucion correspondiente; Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaria Ejecutiva dispone emitir una resolucion de acuerdo con lo informado por la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, respecto a la creacion, organizacion y funcionamiento de programas academicos de pregrado y posgrado en la Universidad Nacional del Centro del Peru; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, en via de regularizacion, que la Universidad Nacional del Centro del Peru, con sede central en la MORDAZA de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en los articulos 23º, 24º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y funcionamiento de programas academicos que imparte; quedando en consecuencia aprobada su implementacion:

Declaran que la Universidad Nacional del Centro del Peru ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de programas academicos
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1769-2013-ANR MORDAZA, 22 de noviembre de 2013

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