Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

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EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Proyecto y agenda del "Taller Regional Andino", memorandos Nº 037-2013-P, de fecha 10 de octubre de 2013; Nº 0330-2013-DE, de fecha 15 de octubre de 2013; Nº 1155-2013-DIGA, de fecha 16 de octubre de 2013; Nº 383-2013-D.PPSTO/DGPU/ANR, de fecha 16 de octubre de 2013; Nº 809-2013-DGPU-ANR, de fecha 18 de octubre de 2013; Nº 1110, 1111 y 1143-2013-SE, de fechas 11, 14 y 18 de octubre de 2013; y, CONSIDERANDO: La Asociacion Colombiana de Universidades, cursa invitacion al senor Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, para su participacion en el "Taller Regional Andino", en desarrollo del Proyecto MORDAZA MORDAZA, que se llevara cabo en la MORDAZA de Bogota-Colombia los dias 23 y 24 de octubre del ano en curso, cuyo proposito es presentar un balance de los resultados del proyecto piloto de acreditacion regional, identificar estrategias para propiciar su implementacion y sostenibilidad y analizar el contexto regional de la educacion superior, participando en el taller los Consejos Rectores socios del Proyecto MORDAZA Puentes en la Region MORDAZA, conformada por Bolivia, MORDAZA, Colombia, Ecuador y el Peru, representando una oportunidad para avanzar en la construccion y consolidacion de un espacio MORDAZA de educacion superior; asimismo participaran los socios lideres en Europa, Mesoamerica, Mercosur entre otros expertos externos en acreditacion; Que, mediante memorando Nº 037-2013-P, la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, senala que la Asociacion Colombiana de Universidades /ASCUN esta organizando el "Taller Regional Andino", en desarrollo del Proyecto MORDAZA Puentes, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Bogota-Colombia, los dias 23 y 24 de octubre del ano en curso, y del cual la Asamblea Nacional de Rectores es miembro integrante, autorizando que la ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Calidad Universitaria, asista en representacion del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores a dicho evento, precisando que los pasajes seran cubiertos por la citada asociacion, y debera otorgarsele tres dias de viaticos; Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, dispone que se pueden realizar viajes al exterior siempre que MORDAZA autorizacion mediante resolucion de la entidad; cuando se efectue en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru entre otros; Que, la Ley Nº 27619, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y normas reglamentarias pertinentes, asimismo en concordancia con la Ley Nº 29951; Que, con Resolucion Nº 1520-2013-ANR, de fecha 10 de octubre de 2013, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba la Directiva Nº 003-2013-ANR, "Lineamientos y Procedimientos para la autorizacion de viajes al Exterior del MORDAZA y Escala de Viaticos de la Institucion", de aplicacion y cumplimiento obligatorio por los Funcionarios, Directivos de la ANR y Autoridades que el Titular del Pliego designe en su representacion para el cumplimiento de fines estrictamente institucionales conforme lo establece la Ley, Que, mediante memorando Nº 1155-2013-DIGA, de fecha 16 de octubre de 2013, la Direccion General de Administracion alcanza el memorando Nº 330-2013-DE, de la Direccion de Economia de fecha 15 de octubre de 2013 precisando el importe de los viaticos que asumira la Institucion; Que, mediante memorando Nº 809-2013-DGPU-ANR, la Direccion General de Planificacion Universitaria alcanza el memorando Nº 383-2013-D.PPSTO/DGPU/ANR, de la Direccion de Presupuesto de la Asamblea Nacional de Rectores, por el cual se emite la disponibilidad presupuestal y comunica que se han tomado las previsiones necesarias para la atencion del requerimiento de la Secretaria Ejecutiva para el otorgamiento de viaticos por tres dias;

juez, contacto a la denunciante y le solicito la suma de dinero senalada para elaborar la sentencia en el Expediente numero cero cero cincuenta y nueve guion dos mil siete. Ahora, respecto a la perturbacion del servicio judicial se tiene que al haberse sustraido de las obligaciones propias asignadas ha propiciado se alteren las formas del procedimiento regular, pues MORDAZA que se emita el fallo se proporciono la informacion a la denunciante a cambio de una suma de dinero. Finalmente, respecto a la culpabilidad del autor, siendo el investigado la unica persona que ha promovido la realizacion de la infraccion, la culpabilidad le es imputable a titulo de autor, y ademas no existen factores atenuantes que lo excluyan de tal responsabilidad, esto es, la presencia de situaciones personales excepcionales que aminoren su capacidad de autodeterminacion, mas alla del afan de obtener un provecho patrimonial, en detrimento de la funcion encomendada y de los valores eticos que rigen su actuacion como trabajador del Poder Judicial. Es asi como la medida mas grave prevista en el numeral tres del articulo trece del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial es la destitucion; y, en consecuencia, la propuesta formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial resulta adecuada, en observancia de los principios y criterios senalados en los articulos doscientos treinta y doscientos cuarenta de la Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 3852013 de la decima novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo ochenta y dos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor MORDAZA Gonzales. Preside el Colegiado el senor Walde MORDAZA por impedimento del senor MORDAZA MORDAZA, quien se inhibe de intervenir al haber emitido pronunciamiento en la Oficina de Control de Magistratura del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Primero. Declarar fundada la inhibicion formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. Segundo: Imponer medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Auxiliar Judicial del Juzgado Mixto de la Provincia de Carhuaz, Corte Superior de Justicia deAncash. Inscribiendose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.S. MORDAZA MORDAZA WALDE MORDAZA Presidente (a.i) 1021706-9

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Autorizan viaje de representante del Presidente de la ANR a Colombia, en comision de servicios
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1535-2013-ANR MORDAZA, 18 de octubre de 2013

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