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El Peruano Domingo 1 de diciembre de 2013 508103 DIRECTIVA Nº 0011-2013/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA QUE MODIFICA EL ANEXO Nº 03 DE LA DIRECTIVA 005-2010/DIR-COD-INDECOPI QUE ESTABLECE REGLAS SOBRE LA COMPETENCIA DESCONCENTRADA EN LAS COMISIONES ADSCRITAS A LAS OFICINAS REGIONALES Y DEMÁS SEDES DEL INDECOPI Lima, 25 de noviembre de 2013 I. OBJETIVO Modifi car el Anexo Nº 03 de la Directiva Nº 005- 2010/DIR-COD-INDECOPI, que establece reglas de la competencia desconcentradas en las Comisiones adscritas a las Ofi cinas Regionales del INDECOPI y demás sedes del INDECOPI, así como de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor; con el fi n de especifi car las funciones que corresponden a las Ofi cinas Regionales del INDECOPI de Loreto y San Martín en el marco de la tramitación de procedimientos administrativos en materia de eliminación de barreras burocráticas. II. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todos los Órganos Resolutivos y Administrativos del INDECOPI así como para las partes y los terceros interesados en los procedimientos administrativos que se tramiten ante los órganos resolutivos del INDECOPI III. DISPOSICIONES GENERALES 1. Modifíquese el Anexo Nº 03 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, especifi cando el ámbito geográfi co de las funciones que corresponden a las Ofi cinas Regionales del INDECOPI de Loreto y San Martín, en el marco de la tramitación de procedimientos administrativos en materia de eliminación de barreras burocráticas. 2. Las disposiciones y anexos de la Directiva Nº 005- 2010/DIR-COD-INDECOPI que no han sido objeto de modifi cación por el presente instrumento se mantienen plenamente vigentes. IV. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Disponer la publicación del Anexo Nº 03 de la Directiva Nº 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, modifi cado conforme a la presente Directiva y forma parte integrante de esta, en el Portal Electrónico Institucional del INDECOPI (www. indecopi.gob.pe), de conformidad con lo establecido en el artículo 9º del Reglamento Aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en la misma fecha de publicación de esta Directiva en el Diario Ofi cial El Peruano. V. VIGENCIA La presente Directiva entra en vigencia desde el 1º de enero de 2014. 1021546-3 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices de Precios al Consumidor a nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de noviembre de 2013 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 352-2013-INEI Lima, 30 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modifi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010- EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, encargada de fi jar una metodología para construir un indicador estadísticamente confi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, con Carta Nº 0061-2011-IAE100 la presidenta de la Comisión Especial, presentó la metodología del cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de noviembre 2013 y la variación acumulada, así como aprobar la publicación en el Boletín Mensual; y En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de noviembre 2013, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2011 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2013 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 102,78 102,74 103,55 103,82 103,98 104,23 104,78 105,35 105,58 105,64 105,57 0,12 - 0,04 0,79 0,26 0,15 0,24 0,53 0,55 0,22 0,05 -0,06 0,12 0,08 0,88 1,14 1,29 1,54 2,07 2,63 2,86 2,91 2,85 Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de noviembre 2013, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2013 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 109,99 109,89 110,89 111,17 111,38 111,67 112,29 112,90 113,02 113,06 112,82 0,12 - 0,09 0,91 0,25 0,19 0,26 0,55 0,54 0,11 0,04 -0,22 0,12 0,03 0,93 1,19 1,39 1,65 2,21 2,76 2,87 2,91 2,69