Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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o) Promover la educacion y la conciencia ambiental en todo el ambito del distrito. Articulo Tercero.- La Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA esta integrada por los siguientes miembros: a) El MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, o su representante, quien lo presidira. b) Un representante de las instituciones u organizaciones que ejerzan actividades de prestacion de salud dentro del ambito distrital. c) Un representante de las instituciones u organizaciones que ejerzan actividades comerciales, dentro del ambito distrital. d) Un representante de la Comisaria de MORDAZA Maria. e) Un representante de las Juntas Vecinales del distrito. f) Un representante de los Organismos no Gubernamentales - ONG. g) Un representante de las Universidades del distrito. h) Un representante del Museo de Historia Natural. i) Un representante de Grupos Juveniles del distrito. j) Un representante de los Vecinos Ecologicos. k) Un representante de la Camara de Comercio de Lima. l) Un representante de los Centros educativos del distrito. Articulo Cuarto.- La Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA representa a las personas, instituciones publicas y privadas con responsabilidad, competencia e interes en la problematica ambiental del distrito. El MORDAZA designa con Resolucion de Alcaldia, anualmente a un representante titular y un suplente. Articulo Quinto.- La aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental distrital debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA y su aplicacion se realizara con la participacion de las entidades publicas y privadas y los vecinos, buscando permanentemente el desarrollo sostenible. Los instrumentos de Gestion Ambiental (Diagnostico Ambiental Local, Politica Ambiental Local, Plan de Accion Ambiental Local y Agenda Ambiental Local) deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ambito nacional, regional, y provincial. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Facultese a la CAMJM la elaboracion de su Reglamento Interno en un plazo de 90 dias computados a partir de la constitucion de la Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA ­ CAMJM, y su Plan Anual de Actividades, en un plazo de 30 dias de la instalacion de la misma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1021696-2

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

asuntos de su competencia, por el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 419-MDJM del 15 de octubre del 2013 se modifico los articulos 27º, 28º y 37º de la Ordenanza Nº 284-MDJM - Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RAS, en lo relativo al abandono y devolucion de bienes; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBASE el Reglamento de Disposicion de Bienes en Estado de Abandono, que consta de Once (11) Articulos y Una (01) Disposicion Complementarias Transitoria, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- PUBLICASE el presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano e integramente el Reglamento referido en el Articulo Primero, en el MORDAZA institucional de la corporacion edil: www.munijesusmaria.gob.pe Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Cuarto.- El presente Decreto entrara en MORDAZA a partir del dia siguiente de su promulgacion. Articulo Quinto.- DEROGASE toda disposicion que se oponga al presente Reglamento. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1021698-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Disponen beneficios extraordinarios de regularizacion de obligaciones tributarias sustanciales, formales y multas administrativas
ORDENANZA Nº 193-MDL Chosica, 28 de noviembre de 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho ­ Chosica, en sesion ordinaria de la fecha: VISTO: El Dictamen Nº 002-2013-CAJER/MDLCH emitido por la Comision de Asuntos Juridicos, Economia y Rentas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; adicionalmente reconoce competencia para administrar sus bienes y rentas. Que, a tenor de lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley MORDAZA citada, las Ordenanzas de las Municipalidades son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y por medio de ellas se aprueba entre otras cosas la creacion, modificacion, supresion o exoneracion de arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, correspondiendo al Concejo Municipal aprobarlas conforme dispone el inciso 8) del articulo 9º de la misma.

Aprueban el Reglamento de Disposicion de Bienes en Estado de Abandono
DECRETO DE ALCALDIA Nº 028-2013-MDJM MORDAZA MORDAZA, 29 de octubre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO; el Memorando Nº 616-2013-MDJM-GR del 28 de octubre del 2013, de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, a las Municipalidades les viene reconocida autonomia politica, economica y administrativa en los

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