Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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que establezca el Reglamento de la Ley; y, (b) facilitar el acceso directo y personal a la informacion ambiental que se les requiera y que se encuentren en el MORDAZA de su competencia y/o tramitacion, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades. Que, en el Articulo 35º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, establece que el SINIA constituye una red de integracion tecnologica, institucional y tecnica para facilitar la sistematizacion, acceso y distribucion de la informacion ambiental. Asimismo dispone en el parrafo siguiente que las instituciones publicas generadoras de informacion de nivel nacional, regional y local estan obligadas a brindarle la informacion relevante para el SINIA, sin perjuicio de la informacion que esta protegida por normas especiales. Que, el Articulo 42º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, dispone que las entidades publicas con competencias ambientales y las personas juridicas que presten servicios publicos, tienen obligaciones en materia de acceso de informacion ambiental. Que, la Ordenanza Regional Nº 008-2006-CR/GRM, que crea el Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region MORDAZA, dispone que las instituciones publicas a nivel regional administraran la informacion ambiental en el MORDAZA de las orientaciones del Sistema Nacional de Informacion Ambiental. Que, estando a los documentos sustentatorios: con Informe Nº 426-2013-GGR/GR.MOQ de la Gerencia General, Informe Nº 231-2013-GRRNGMA-GGR/ GR.MOQ de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente e Informe Nº 020-2013DRAJ/GR.MOQ de la Direccion Regional de Asesoria Juridica. Que, estando al Dictamen Nº 03-2013-CORNGMACCD/ CR-GRM, emitido por la Comision Ordinaria de Recursos Naturales, Gestion del Medio Ambiente, Cambio Climatico y Defensa Civil del Consejo Regional MORDAZA, que propone la aprobacion de la Ordenanza. Por estas consideraciones, estando en Sesion Ordinaria de fecha 03 de Octubre del 2013, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional, por votacion unanime de sus miembros, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL REGIONAL DE MORDAZA, EL GRUPO TECNICO DEL SIAR Y APRUEBA SU REGLAMENTO Articulo Primero.- CREASE el Sistema de Informacion Ambiental Regional MORDAZA SIAR MORDAZA, con el proposito de establecer y garantizar un intercambio fluido de informacion entre las instituciones publicas de la Region y que esta se encuentre plenamente disponible en una forma util y oportuna a los diversos usuarios y tomadores de decisiones. Articulo Segundo.- CREASE el Grupo Tecnico del SIAR MORDAZA, quien tendra la funcion general de armonizar la oferta de informacion ambiental respecto a las prioridades regionales en materia ambiental, promoviendo su uso y difusion en el ambito de la region Moquegua. Articulo Tercero.- DISPONER que las instituciones publicas que cuenten con competencias ambientales en la Region MORDAZA faciliten la informacion ambiental de su competencia y/o tramitacion a traves de los medios informaticos necesarios o remitida en formato electronico para que esta sea accesible a traves del SIAR-Moquegua, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades. Los estandares y los procedimientos para el intercambio de informacion seran establecidas por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente de acuerdo con las especificaciones establecidas por la autoridad ambiental que tiene a su cargo la administracion del SINIA. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente se encargue de la administracion del SIAR, en coordinacion con la Oficina de Informatica quien

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

MORDAZA el soporte tecnologico necesario para su debida implementacion. Articulo Quinto.- APRUEBESE el Reglamento del Sistema de Informacion Ambiental Regional, que consta de seis Titulos (VI), trece articulos y seis Disposiciones Complementarias, el cual forma parte integral de la presente Ordenanza Regional. Autoricese al Ejecutivo para aprobar mediante Decreto Ejecutivo Regional las futuras modificaciones del Reglamento. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente el cumplimiento del Reglamento que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Septimo.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o el MORDAZA Web del Gobierno Regional Moquegua. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de octubre del ano dos mil trece. DIANIRA A. MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de octubre del ano dos mil trece. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1021137-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Otorgan beneficios tributarios y no tributarios, a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 325-MDA Ate, 29 de noviembre de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Noviembre de 2013, visto el Dictamen Nº 006-2013-MDA/CAT de la Comision de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley;

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