Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

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la politica ambiental municipal, y que mediante Ordenanza se crea la Comision Ambiental Municipal y regula su ambito, funciones y composicion; sobre la base de los organos que desempenan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participacion de la sociedad civil, quienes deben implementar un Sistema Local de Gestion Ambiental, conforme el articulo 24 de la misma Ley; Que, el articulo 49 del Reglamento de la Ley MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, precisa que la Comision Ambiental Municipal es la encargada de la coordinacion y la concertacion de la politica ambiental local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los actores locales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- CREASE la Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA ­ CAMJM, instancia de gestion ambiental del distrito de MORDAZA MORDAZA, que forma parte integrante del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, que tiene por objeto coordinar, concertar y establecer la Politica Ambiental Local, asi como disenar y plantear los instrumentos de Gestion Ambiental, dirigidos a mejorar la calidad de MORDAZA de los residentes del distrito. Articulo Segundo.- La Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA tiene las siguientes funciones: a) Ser la instancia de concertacion de la politica y sistema ambiental local en coordinacion con las Comisiones Ambientales Provincial y Regional. b) Elaborar participativamente el Plan de Accion Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) que seran aprobados por el gobierno local. c) Velar por el cumplimiento de las politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de la jurisdiccion distrital, principalmente las referidas al acceso a la informacion y la participacion ciudadana en la gestion ambiental. d) Impulsar en forma efectiva diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental local. e) Elaborar propuestas, velar por su aplicacion y evaluacion y mejora continua de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. f) Lograr compromisos concretos de las instituciones y sectores integrantes en base a una vision compartida del desarrollo sostenible local. g) Facilitar la concertacion y el tratamiento apropiado para la resolucion de conflictos ambientales. h) Representar a las necesidades e intereses del distrito en la gestion ambiental provincial y regional. i) Plantear las propuestas del distrito en la gestion ambiental provincial y regional. j) Canalizar la efectiva participacion del sector vivienda, agricultura, educacion, salud, turismo y medios de comunicacion asi como al Instituto Nacional de Cultura para la difusion y ejecucion de la politica ambiental local. k) Proponer criterios y lineamiento de politicas que permitan una asignacion en el presupuesto municipal a traves del presupuesto participativo para las iniciativas de inversion en materia ambiental. l) Apoyar la gestion del financiamiento de MORDAZA locales, regionales, nacionales, internacionales y/o privadas para la ejecucion de proyectos que se deriven del Plan de Accion Ambiental Local del distrito de MORDAZA Maria. m) Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion, coordinando con sus distintos integrantes, a favor de la gestion ambiental, en base al Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local. n) Elaborar y proponer lineamientos de politica, objetivos y metas de gestion ambiental, asi como proyectos de ordenanzas y otras normas municipales para aportar al desarrollo sostenible del distrito de MORDAZA MORDAZA, acordes con las politicas regionales y nacionales.

distrito de MORDAZA MORDAZA de acuerdo a las condiciones y plazos que disponga la Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios a la MORDAZA, los cuales, en ningun caso atentaran contra la dignidad de las personas. En la primera oportunidad, la prestacion del servicio no sera mayor de cuatro (04) horas diarias en un lapso de cinco (05) dias, durante una semana. Articulo Segundo.- Solo se permite acogerse a este servicio por dos (02) veces en el periodo de un ano. En caso de reincidencia (segunda vez) se duplicara el periodo referido en el Articulo anterior. Articulo Tercero.- En caso de incumplimiento, cumplimiento parcial, MORDAZA o defectuoso del servicio comunitario, se MORDAZA efectiva la aplicacion integra de la multa, no pudiendo ser fraccionada o reducida, salvo los casos de beneficio administrativo que dicte la Municipalidad de manera general. Articulo Cuarto.- La Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion entrega el formulario gratuito para acogerse al servicio, lo recepciona, identifica al autor y lo remite a la Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios a la Ciudad; esta asigna la labor a desempenar y registra la asistencia. Cumplido que sea o no el servicio, informa a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion el resultado quien MORDAZA por aprobado y declarara la extincion de la sancion pecuniaria. Articulo Quinto.- La presente MORDAZA regira a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGASE a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en coordinacion con la Sub Gerencia de Policia Municipal la elaboracion de campanas de sensibilizacion y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1021696-1

Crean Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA ­ CAMJM
ORDENANZA Nº 421-MDJM MORDAZA MORDAZA, 12 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 73 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades senala entre las materias de competencia ambiental municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo distrital, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Que, el inciso 22.1 del articulo 22 de la Ley Nº 28245 MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, establece que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales de conformidad con lo dispuesto en su ley organica y en dicha norma; Que el articulo 25 de la precitada Ley senala que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental encargadas de coordinar y concertar

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