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El Peruano Domingo 1 de diciembre de 2013 508122 una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Rubén Mendiolaza Morote, Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas y Manuel Armando Luy Molinié, Jefe del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 01 al 03 de diciembre de 2013 a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 1 507,04 Viáticos US$ 1 480,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1020465-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Crean el Sistema de Información Ambiental Regional - SIAR La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2013-GR-LL/CR EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias; y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 1 de octubre de 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente del Consejo Regional La Libertad sobre el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a crear el Sistema de Información Ambiental Regional – SIAR La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el artículo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Asimismo, el numeral 5 de dicho articulado establece que los Gobiernos Regionales son competentes para (….), Promover el desarrollo socio económico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en su artículo 8º precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia(…). En su artículo 9.1º establece que mediante la autonomía política, los gobiernos regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece en su artículo 38º, que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Ofi cio Nº 173-2013-GR-LL/CR-CASC, de fecha 8 de agosto de 2013, el Consejero Regional por la provincia de Sánchez Carrión señor profesor Carlos Alberto Sandoval de La Cruz, presenta proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Crear el Sistema de Información Ambiental Regional – SIAR La Libertad”, como instrumento de Gestión Ambiental, destinado a integrar y a difundir la información de carácter ambiental en la región La Libertad”; a fi n que se le brinde el trámite que corresponde conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional. Que, el Informe Nº 01-2013-GRLL-GGR-GRAMB/ RMPO, de fecha 13 de agosto de 2013, suscrito por el señor economista Richard Pablo Otiniano, de la Gerencia Regional del Ambiente, concluye que es función de la Gerencia Regional del Ambiente administrar el Sistema de Información Ambiental Regional La Libertad, ya que es necesario producir información requerida, oportuna, de calidad, compleja y a la vez específi ca, que sirva de base para la toma de decisiones. Así también facilitar el acceso directo y personal a la información ambiental que se requiera en la Región La Libertad. Por lo que estando a los fundamentos expresados, opina que es procedente el Proyecto de Ordenanza Regional relativo crear el Sistema de Información Ambiental Regional – SIAR La Libertad, como instrumento de Gestión Ambiental, destinado a integrar y a difundir la información de carácter ambiental en la Región La Libertad. Que, mediante Informe Legal Nº 451-2013-GRLL- GGR-GRAJ/YCRC, de fecha 17 de setiembre de 2013, la señorita abogada Yesica Roldán Carranza, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión