Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2013 (01/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano MORDAZA 1 de diciembre de 2013

PODER EJECUTI O VIVIENDA
Crean el Programa Nacional Tambos
DECRETO SUPREMO N° 016-2013-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 44° de la Constitucion Politica del Peru establece como deber primordial del Estado, promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, de acuerdo al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, las entidades del Gobierno Nacional estan al servicio de las personas y de la sociedad, actuan en funcion a sus necesidades, asi como del interes general de la Nacion, asegurando que sus actuaciones se realicen, entre otros, con criterio de prevencion, como gestion, para enfrentar los riesgos que afecten la MORDAZA de las personas y para asegurar la prestacion de los servicios fundamentales; Que, la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio es competente en materias de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; Que, en ese sentido, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento promueve las condiciones basicas para el desarrollo de la MORDAZA humana, a traves de la implementacion de viviendas adecuadas, la generacion de oportunidades de mejora en salud, mediante servicios de saneamiento integrales de calidad y sostenibles, ofreciendo un bano MORDAZA, agua de calidad continua y educacion sanitaria, asi como capacitacion en construccion, y dotacion suficiente de equipamiento e infraestructura; propiciando, de esa manera, la inclusion social de la poblacion asentada en los centros poblados rurales del territorio nacional; Que, a traves del Decreto Supremo N° 001-2012VIVIENDA, se creo el "Programa de Apoyo al Habitat Rural" con el proposito de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion pobre y extremadamente pobre asentada en los centros poblados rurales o asentada de manera dispersa, mediante acciones de dotacion o mejoramiento de la unidad habitacional, asi como de acercamiento de los servicios de infraestructura y de equipamiento a la poblacion; Que, asimismo, la Resolucion Ministerial N° 1762012-VIVIENDA establece que el Programa de Apoyo al Habitat Rural realiza sus intervenciones a traves de los centros de servicios de infraestructura y de equipamiento complementarios a la unidad habitacional, a los que se le denomina "Tambos"; Que, si bien el proposito del Programa de Apoyo al Habitat Rural es mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion pobre y extremadamente pobre asentada en los centros poblados rurales o asentada de manera dispersa, mediante acciones de dotacion o mejoramiento de la unidad habitacional, se hace necesario que, a traves de los "Tambos", se integren tambien las intervenciones de saneamiento rural y demas servicios que brinda el Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en ese sentido, resulta necesario crear el Programa Nacional Tambos y escindir la linea de intervencion del Programa de Apoyo al Habitat Rural referida al servicio de mejoramiento de vivienda rural, para establecer de manera especifica una plataforma de implementacion y prestacion de servicios brindados en los TAMBOS, con la finalidad de integrar, fortalecer y potenciar todas las intervenciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en beneficio de la poblacion vulnerable del MORDAZA asentada en los centros

poblados rurales dispersos, de todo el territorio nacional; por lo que, el Programa de Apoyo al Habitat Rural, seria un Programa diferente del Programa Nacional Tambos, que se denominara "Programa Nacional de Vivienda Rural"; Que, ademas, el MORDAZA Programa Nacional Tambos, se constituiria como plataforma de prestacion de servicios de otros sectores o entidades de los tres niveles de gobierno, que consideren necesario utilizar dicha plataforma para brindar sus servicios y actividades orientadas a la poblacion rural y rural dispersa, teniendo como finalidad suprema mejorar su calidad de MORDAZA y coadyuvar al desarrollo de sus capacidades individuales y productivas; Que, asimismo, el Programa Nacional Tambos tiene como objetivo permitir el acceso a la poblacion pobre y extremadamente pobre, asentada en los centros poblados del area rural y rural dispersa, a los servicios y actividades en materias sociales y productivas; En uso de la facultad conferida por el numeral 8° del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley Organica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Programa Nacional Tambos Constituyase el Programa Nacional Tambos, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, como plataforma de prestacion de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la poblacion rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de MORDAZA, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias. Articulo 2.- Finalidad El Programa Nacional Tambos tiene como finalidad mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion pobre y extremadamente pobre, especialmente la asentada en los centros poblados rurales o rural dispersa, coadyuvando a su desarrollo economico, social y productivo que contribuyan a su inclusion social. Articulo 3.- Objetivo del Programa Permitir el acceso de la poblacion pobre y extremadamente pobre, especialmente la asentada en los centros poblados del area rural y de manera dispersa, a los servicios y actividades, en materias sociales y productivas que brinda el Estado. Articulo 4.- Lineas de Intervencion Las lineas de intervencion del Programa se orientan a lo siguiente: a) Implementar una plataforma de servicios que: ­ Brinde los servicios y actividades del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento. ­ Coordine con los Gobiernos Regionales y Locales en el MORDAZA de las politicas y prioridades del Gobierno Nacional. ­ Contribuya, coordine y facilite la intervencion y la prestacion de los servicios y actividades de las entidades de los tres niveles de gobierno, que permitan mejorar la calidad de MORDAZA, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias. ­ Ejecute, coordine y facilite acciones de prevencion, atencion y mitigacion de riesgos frente a desastres naturales, en el MORDAZA de sus competencias. b) Fomentar alianzas publico-privadas que contribuyan al desarrollo rural. c) Promover acciones de coordinacion con los Gobiernos Regionales y Locales para la implementacion de proyectos de inversion en el MORDAZA de la Ley N° 29230.

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