Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

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Articulo 2.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el articulo precedente, a nivel de Organismo Publico Descentralizado y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, los cuales son publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo siguiente:
Descripcion Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Generica del Gasto. Distribucion del Ingreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento. Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Publicos. Anexo

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 53 numeral 53.1 punto 3 literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Direccion General de Presupuesto Publico basada en los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Titulo II Capitulo VI de la citada Ley, dichas Entidades en lo referente a la programacion y formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion presupuestaria, se sujetan, en las partes que les MORDAZA aplicables, a lo establecido a traves del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 3042012-EF, asi como a las directivas que, para tal efecto, emita la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, asimismo, en el MORDAZA de lo que dispone el articulo 74 del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, corresponde a la Direccion General de Presupuesto Publico emitir las directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al MORDAZA Presupuestario de las entidades bajo su ambito; Que, el articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, senala que las entidades del Sector Publico cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de la Republica, deben aprobar este a mas tardar el 15 de diciembre del ano previo a su entrada en vigencia, por el organo correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas que permitan a los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales regular su MORDAZA presupuestario para el Ano Fiscal 2014; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF, el articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruebase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2014, de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 750 356 080,00), conforme el detalle siguiente: En nuevos soles INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados 1 499 226 523,00 Donaciones y Transferencias 249 230 997,00 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito 1 898 560,00 ----------------------TOTAL INGRESOS 1 750 356 080,00 ============= En nuevos soles EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda TOTAL EGRESOS 1 363 944 304,00 360 122 598,00 26 289 178,00 ----------------------1 750 356 080,00 =============

Anexo Nº I

Anexo N° II

Anexo Nº III

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados. Anexo Nº III-1 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias. Anexo Nº III-2 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos por Operaciones Oficiales de Credito. Anexo Nº III-3

Articulo 3.- Reporte Oficial Para fines de aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura, la Direccion General de Presupuesto Publico remite a las entidades comprendidas en la presente MORDAZA, el Reporte Oficial "Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2014" MORDAZA del inicio del ano fiscal, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos y de Egresos, resultante del MORDAZA de programacion y formulacion. Articulo 4.- Plazo de Aprobacion y Remision Los Titulares de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales aprueban mediante Resolucion o Acuerdo de Directorio, segun corresponda, el Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2014, a mas tardar el 31 de diciembre de 2013, en concordancia a lo dispuesto en el literal a) numeral 54.1 del articulo 54 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. MORDAZA de la referida Resolucion o Acuerdo de Directorio, asi como del Reporte Oficial "Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2014"; y Formatos y Anexos establecidos para tal efecto en la correspondiente Directiva que apruebe la Direccion General de Presupuesto Publico, se presentan a mas tardar el 07 de enero de 2014, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion General de Presupuesto Publico. Articulo 5.- Modificaciones del Presupuesto Consolidado En periodos trimestrales y mediante Decreto Supremo se aprueban las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el

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