Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

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Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece como funciones de la Direccion de Regulacion de la Direccion General de Politicas y Regulacion, la formulacion de los reglamentos tecnicos pertinentes para los productos de la industria manufacturera, en el MORDAZA de los acuerdos internacionales, expedir las constancias de cumplimiento respectivas, asi como fiscalizar su cumplimiento de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF se dictaron disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio en el ambito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ambito de servicios, de la Organizacion Mundial del Comercio; Que, conforme a lo establecido en el articulo 7 del citado Decreto Supremo, mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente, los proyectos de Reglamentos Tecnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios, deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano o en la pagina web del sector que los elabore. Asimismo, dicho dispositivo legal precisa que, tratandose de la publicacion en la pagina web, la Resolucion Ministerial debera indicar obligatoriamente el vinculo electronico correspondiente y que el proyecto de Reglamento Tecnico debera permanecer en el vinculo electronico por lo menos noventa (90) dias calendario, contados desde la publicacion de la Resolucion Ministerial del sector correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, en aplicacion de las disposiciones MORDAZA citadas resulta pertinente disponer la publicacion del "Proyecto de Reglamento Tecnico sobre Conductores Electricos de Baja Tension" en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Direccion General de Politicas y Regulacion y la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Publicacion del Proyecto Disponer la publicacion del "Proyecto de Reglamento Tecnico sobre Conductores Electricos de Baja Tension", en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe, por un plazo de noventa (90) dias calendario, contados desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Mecanismo de Participacion. Disponer que las opiniones, observaciones y sugerencias se reciban durante el plazo indicado en la direccion electronica: portal@produce.gob.pe, o mediante carta a la direccion: MORDAZA Uno Oeste N° 060, Urbanizacion Corpac, San MORDAZA, debiendo dirigirse en ambos casos a la Direccion de Regulacion de la Direccion General de Politicas y Regulacion del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 1027362-1

1. Artesanal o menor escala 1.1 Artesanal: La realizada por personas naturales o juridicas artesanales 1.1.1 Sin el empleo de embarcacion 1.1.2 Con el empleo de embarcaciones de hasta 10 metros cubicos de capacidad de bodega, en las que predomina el trabajo manual. 1.2 Menor escala: La realizada por personas naturales o juridicas con embarcaciones de mas de 10 y hasta 32.6 metros cubicos de capacidad de bodega y no mas de 15 metros de eslora, que pueden contar con modernos equipos y sistemas de pesca. 2. Mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores de 32,6 metros cubicos de capacidad de bodega» DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normas complementarias Facultese al Ministerio de la Produccion a: a) Aprobar los dispositivos legales que contribuyan al adecuado cumplimiento del presente Decreto Supremo. b) Aprobar los regimenes excepcionales temporales que resulten necesarios ante eventos extraordinarios que incidan en el comportamiento del recurso, previo informe del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE. Segunda. ­ Derogatoria Deroguese el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 0052012-PRODUCE, modifican Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta y Anchoveta MORDAZA, establecen zonas de reserva para consumo humano directo y regimen excepcional. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 1028111-2

Disponen la publicacion del "Proyecto de Reglamento Tecnico sobre Conductores Electricos de Baja Tension" en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 349-2013-PRODUCE MORDAZA, 11 de diciembre de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 1458-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando Nº 1465-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR de la Direccion General de Politicas y Regulacion, el Informe Nº 032-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR-DIRE de la Direccion de Regulacion y el Informe Nº 73-2013-PRODUCE/OGAJ-sparedes de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, dispone que este Sector es competente para regular las actividades industriales manufactureras, asignandole competencia exclusiva en materia de normalizacion industrial, y otorgandole funciones especificas para aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, los literales b), g) y q) del articulo 91 de la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, Reglamento de

Autorizan transferencia de recursos financieros a favor del ITP y del IMARPE, para la ejecucion de diversas actividades
RESOLUCION MINISTERIAL N° 350-2013-PRODUCE MORDAZA, 11 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 17 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Ministerio

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