Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2013 (14/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 14 de diciembre de 2013

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Autorizan el uso de los incorporados mediante Supremo N° 047-2013-EF
DECRETO SUPREMO Nº 311-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

recursos Decreto

(7) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa, a que se refiere el Decreto Supremo N° 2672013-EF; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Autorizacion para el uso de los recursos en el Presupuesto Institucional Aprobado del Pliego 026 Ministerio de Defensa Autoricese la utilizacion de los saldos proyectados de los recursos que fueron incorporados en el pliego 026 Ministerio de Defensa mediante el Decreto Supremo N° 047-2013-EF, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200 000 000,00), los cuales seran destinados a financiar los procesos de contratacion correspondientes a la primera etapa de la primera fase de ejecucion de siete (7) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa, a que se refiere el Decreto Supremo N° 267-2013-EF. Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1028112-9

Que, mediante el Decreto Supremo N° 047-2013EF se autorizo la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, con cargo a los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N° 263-2012EF, hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 358 208 000.00), a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa para ser destinados a financiar parte de los requerimientos denominados "Requerimientos Intermedios" e "Implementacion, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM"; Que, mediante Oficio N° 1056-2013-MINDEF/DM, el Ministro de Defensa solicita se autorice la utilizacion de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 0472013-EF MORDAZA citado, que no seran ejecutados al cierre del ano fiscal 2013, a fin de que puedan ser destinados a financiar los procesos de contratacion correspondientes a la primera etapa de la primera fase de ejecucion de siete (7) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa, a que se refiere el Decreto Supremo N° 267-2013EF; ello debido a que tenian previsto que con este ultimo Decreto Supremo financiarian los pagos iniciales de los procesos de contratacion vinculados a los requerimientos citados en el primer considerando; sin embargo, los cronogramas de desembolsos establecidos para gran parte de estos requerimientos van a ser reprogramados, debido a las impugnaciones formuladas en los procesos de contratacion; asi como tambien a causas propias de la naturaleza de la adquisicion, las cuales se realizaran en su mayoria en el extranjero y demandaran mayor tiempo de lo previsto las entregas y conformidades de recepcion de los mismos; Que, asimismo, a traves del Oficio N° 681-2013MINDEF/VRD/DGPP/D/01, la Direccion General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa ha informado que el importe total de las modificaciones presupuestarias a realizar para utilizar los saldos proyectados de los recursos que fueron asignados al Pliego 026 Ministerio de Defensa, mediante el Decreto Supremo N° 047-2013-EF, asciende hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200 000 000,00); Que, de otro lado, mediante el Decreto Supremo N° 267-2013-EF se aprobo una operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 1 399 469 644.00), destinada a financiar la primera etapa de la primera fase de siete proyectos de inversion publica, a cargo del Ministerio de Defensa; cuyos desembolsos aun no han sido ejecutados; Que, el numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, dispone que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se autoriza el uso de recursos provenientes de operaciones de endeudamiento para el financiamiento de metas que tengan por fuente de financiamiento recursos por operaciones oficiales de credito cuyos desembolsos no se hayan ejecutado; Que, es necesario autorizar la utilizacion de los saldos proyectados de los recursos que fueron incorporados en el pliego Ministerio de Defensa mediante el Decreto Supremo N° 047-2013-EF, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200 000 000,00), los cuales seran destinados a financiar los procesos de contratacion correspondientes a la primera etapa de la primera fase de ejecucion de siete

Autorizan la utilizacion de los recursos del Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA - MI RIEGO en el MORDAZA de la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO N° 312-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se crea el Fondo de Promocion del Riego en la MORDAZA MI RIEGO, a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, orientado a reducir las brechas en la provision de los servicios e infraestructura del uso de los recursos hidricos con fines agricolas que tengan el mayor impacto en la reduccion de la pobreza y la pobreza extrema, en el MORDAZA ubicadas por encima de los 1,500 metros sobre el nivel MORDAZA, a traves del financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de los tres niveles de gobierno, incluyendo los Estudios de Preinversion; Que, la mencionada Disposicion Complementaria Final dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Agricultura y Riego, a propuesta de este ultimo, se autoriza la utilizacion de los recursos del Fondo MI RIEGO para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica declarados viables por el Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP y de Estudios de Preinversion, para la provision de los servicios e infraestructura senalados en

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