Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2013 (27/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013

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MONTO POR CADA ANO DE SERVICIO 510.00 426.00 416.00 504.00 483.00 450.00 421.00 397.00 385.00 379.00 373.00

(CTS), la cual se otorgara al momento en que dicho personal pase a la Situacion de Retiro, estableciendo las reglas para su otorgamiento en el articulo 21 del citado Decreto Legislativo; Que, el Articulo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, establece que la Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS), es otorgada por unica vez y de conformidad con lo previsto en el articulo 21 del Decreto Legislativo, al personal militar y policial al momento de su pase a Situacion de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Publico establecida en la Ley N° 28212 y los anos completos de servicios prestados; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132, suspende la vigencia del literal c) del articulo 9 de la misma MORDAZA, hasta el primero de enero de 2014; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 013-2013-EF, senala que en aplicacion de lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132; los Ministerios de Defensa y del Interior, respectivamente publicaran en el Diario Oficial "El Peruano", mediante Resolucion Ministerial, las escalas que sirven de calculo para el otorgamiento de la Compensacion por Tiempo de Servicios para el periodo 2013, hasta el primero de enero de 2014; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 1286-2013DE/SG del 23 de diciembre de 2013, se aprobaron las escalas que sirven de calculo para el otorgamiento de la Compensacion por tiempo de Servicios para el periodo 2013 hasta el primero de enero de 2014, para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer las Escalas que permitan efectuar el calculo de pago por concepto de CTS, para el personal policial que pase a la situacion policial de retiro, para el periodo 2013 hasta el 01 enero de 2014, acorde a los anos completos de servicios prestados, en los mismos montos aprobados mediante Resolucion Ministerial N°1286-2013-DE/SG; Estando a lo recomendado por el Director Ejecutivo de Personal de la Policia Nacional del Peru, con la opinion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar las escalas que sirven de calculo para el otorgamiento de la Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) para el periodo 2013 hasta el primero de enero de 2014, para el Personal Policial de la Policia Nacional del Peru, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Las escalas establecidas en el Anexo de la presente MORDAZA, seran multiplicadas en funcion de los anos de servicios reconocidos al personal policial hasta por un MORDAZA de treinta (30) anos y el resultado correspondera al monto de la Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS). Articulo 3.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y su respectivo Anexo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior ANEXO: ESCALAS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA EL PERSONAL POLICIAL QUE PASA AL RETIRO HASTA EL 01 DE ENERO DE 2014
MONTO POR CADA ANO DE SERVICIO OFICIALES GRAL DIV/ALM/TTG GRAL BRIG/C ALM/MAG CRL/C de N/COR TTE CRL/C de F/CMDTE MY/C de C/MAYOR 1,620.00 1,580.00 1,305.00 808.00 614.00

CAP/TTE 1/CAP TTE/TTE 2/TEN STTE/ALFZ F/ALFZ TECNICOS Y SUB OFICIALES TCO JS/TS 1/TSP TCO JEFE/TS 2/TIP TCO 1RA/T 1/TC 1 TCO 2DA/T 2/TC 2 TCO 3RA/T 3/TC 3 SO 1/OM 1/SO 1 SO 2/OM 2/SO 2 SO 3/OM 3/SO 3

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Aprueban bonificaciones para el personal de la Policia Nacional del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1846-2013-IN/PNP MORDAZA, 24 de diciembre de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendacion Nº 009-2013-DIREJEPERPNP/EM del 12 de diciembre del 2013, propone establecer criterios para la correcta aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de la FFAA y PNP; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de las FFAA y PNP, en el articulo 8 Bonificaciones, senala que al personal de la Policia Nacional del Peru, en situacion de actividad se le otorgara una Bonificacion por Desempeno Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificacion por Funcion Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo, Bonificacion por Alto Riesgo a la MORDAZA y Bonificacion por Escolaridad, cuyos requisitos se detallan en el reglamento respectivo; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 069-2013-EF; Que, el Decreto Legislativo Nº 1149 Ley de la MORDAZA y Situacion del Personal de la Policia Nacional del Peru, en el articulo 27, dice: "La Lista de Revista es el documento Oficial que registra la presencia fisica y el ejercicio del empleo y CARGO del Personal en situacion de actividad", cuya responsabilidad y actualizacion permanente lo realiza en el aplicativo informatico que administra la Direccion Ejecutiva de Personal, las Oficinas de Administracion de cada Unidad Policial; Que, el Decreto Supremo Nº 317-2013-EF del 18 de diciembre del 2013, aprueban disposiciones y fijan montos por concepto de "Bonificacion por Desempeno Efectivo de Cargos de Responsabilidad", "Bonificacion por Funcion Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo" y "Bonificacion por Alto Riesgo a la Vida", aplicables al personal en situacion de actividad militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, asi como, el monto por concepto de Subsidio Postumo y por Invalidez para los pensionistas del Decreto Ley Nº 19846, y aprueban transferencias de partidas a favor de los Ministerios de Defensa y del Interior; Que, en el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 3172013-EF, dice: "Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma total de SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 807 040,00) destinada a financiar los montos de las bonificaciones que se aprueban en la presente MORDAZA a favor del personal militar y policial en actividad, de los cuales la suma de CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 101 590,00) corresponde al pliego Ministerio del Interior;

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