Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Viernes 27 de diciembre de 2013 511263 (CTS), la cual se otorgará al momento en que dicho personal pase a la Situación de Retiro, estableciendo las reglas para su otorgamiento en el artículo 21 del citado Decreto Legislativo; Que, el Artículo 13 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, establece que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es otorgada por única vez y de conformidad con lo previsto en el artículo 21 del Decreto Legislativo, al personal militar y policial al momento de su pase a Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público establecida en la Ley N° 28212 y los años completos de servicios prestados; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132, suspende la vigencia del literal c) del artículo 9 de la misma norma, hasta el primero de enero de 2014; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 013-2013-EF, señala que en aplicación de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132; los Ministerios de Defensa y del Interior, respectivamente publicarán en el Diario Ofi cial “El Peruano”, mediante Resolución Ministerial, las escalas que sirven de cálculo para el otorgamiento de la Compensación por Tiempo de Servicios para el período 2013, hasta el primero de enero de 2014; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1286-2013- DE/SG del 23 de diciembre de 2013, se aprobaron las escalas que sirven de cálculo para el otorgamiento de la Compensación por tiempo de Servicios para el periodo 2013 hasta el primero de enero de 2014, para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer las Escalas que permitan efectuar el cálculo de pago por concepto de CTS, para el personal policial que pase a la situación policial de retiro, para el período 2013 hasta el 01 enero de 2014, acorde a los años completos de servicios prestados, en los mismos montos aprobados mediante Resolución Ministerial N°1286-2013-DE/SG; Estando a lo recomendado por el Director Ejecutivo de Personal de la Policía Nacional del Perú, con la opinión de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las escalas que sirven de cálculo para el otorgamiento de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para el período 2013 hasta el primero de enero de 2014, para el Personal Policial de la Policía Nacional del Perú, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Las escalas establecidas en el Anexo de la presente norma, serán multiplicadas en función de los años de servicios reconocidos al personal policial hasta por un máximo de treinta (30) años y el resultado corresponderá al monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior ANEXO: ESCALAS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) PARA EL PERSONAL POLICIAL QUE PASA AL RETIRO HASTA EL 01 DE ENERO DE 2014 MONTO POR CADA AÑO DE SERVICIO OFICIALES GRAL DIV/ALM/TTG 1,620.00 GRAL BRIG/C ALM/MAG 1,580.00 CRL/C de N/COR 1,305.00 TTE CRL/C de F/CMDTE 808.00 MY/C de C/MAYOR 614.00 MONTO POR CADA AÑO DE SERVICIO CAP/TTE 1/CAP 510.00 TTE/TTE 2/TEN 426.00 STTE/ALFZ F/ALFZ 416.00 TECNICOS Y SUB OFICIALES TCO JS/TS 1/TSP 504.00 TCO JEFE/TS 2/TIP 483.00 TCO 1RA/T 1/TC 1 450.00 TCO 2DA/T 2/TC 2 421.00 TCO 3RA/T 3/TC 3 397.00 SO 1/OM 1/SO 1 385.00 SO 2/OM 2/SO 2 379.00 SO 3/OM 3/SO 3 373.00 1032347-1 Aprueban bonificaciones para el personal de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1846-2013-IN/PNP Lima, 24 de diciembre de 2013 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 009-2013-DIREJEPER- PNP/EM del 12 de diciembre del 2013, propone establecer criterios para la correcta aplicación del Decreto Legislativo Nº 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de la FFAA y PNP; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1132 Ley de Remuneraciones y Pensiones de las FFAA y PNP, en el artículo 8 Bonifi caciones, señala que al personal de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad se le otorgará una Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonifi cación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo, Bonifi cación por Alto Riesgo a la Vida y Bonifi cación por Escolaridad, cuyos requisitos se detallan en el reglamento respectivo; Que, a través del Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132, el mismo que fue modifi cado por el Decreto Supremo Nº 069-2013-EF; Que, el Decreto Legislativo Nº 1149 Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, en el artículo 27, dice: “La Lista de Revista es el documento Ofi cial que registra la presencia física y el ejercicio del empleo y CARGO del Personal en situación de actividad”, cuya responsabilidad y actualización permanente lo realiza en el aplicativo informático que administra la Dirección Ejecutiva de Personal, las Ofi cinas de Administración de cada Unidad Policial; Que, el Decreto Supremo Nº 317-2013-EF del 18 de diciembre del 2013, aprueban disposiciones y fi jan montos por concepto de “Bonifi cación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad”, “Bonifi cación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo” y “Bonifi cación por Alto Riesgo a la Vida”, aplicables al personal en situación de actividad militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, así como, el monto por concepto de Subsidio Póstumo y por Invalidez para los pensionistas del Decreto Ley Nº 19846, y aprueban transferencias de partidas a favor de los Ministerios de Defensa y del Interior; Que, en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 317- 2013-EF, dice: “Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma total de SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 807 040,00) destinada a fi nanciar los montos de las bonifi caciones que se aprueban en la presente norma a favor del personal militar y policial en actividad, de los cuales la suma de CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 101 590,00) corresponde al pliego Ministerio del Interior;