Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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para la reasignacion de los servidores desplazados en el Pliego 011 - Ministerio de Salud", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 813-2009-SA; Que, la Octava Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo 304-2012-EF, establece que el personal destacado percibe los incentivos laborales en la dependencia de destino y sus remuneraciones las percibe en su dependencia de origen, conforme a lo previsto en el articulo 80 del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo 00590-PCM; Que, la renovacion de destaque de los servidores para el ano 2014, no generara demanda adicional al erario publico, toda vez que el personal destacado percibe sus remuneraciones en sus dependencias de origen y el pago de los incentivos laborales lo efectuara la dependencia de destino, en los mismos montos que venian percibiendo al 31 de diciembre de 2013, en aplicacion de lo dispuesto en el precitado Decreto Supremo; De conformidad con lo previsto en la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, en el Decreto Legislativo 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; DECRETA: Articulo 1º.- El Ministerio de Salud, sus organos desconcentrados y organismos publicos, y las Direcciones Regionales de Salud y sus organos desconcentrados, de los Gobiernos Regionales, procederan en el MORDAZA de la normativa vigente a renovar los destaques de aquellos servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2013, durante el ejercicio presupuestal 2014. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1033072-8

las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud; Que, aunado a lo senalado y en el MORDAZA de la reforma del Sistema Nacional de Salud, es prioridad del Ministerio de Salud fortalecer y mejorar los niveles y distribucion de los recursos humanos que permitan atender las necesidades de salud de todo el territorio nacional, especialmente de las poblaciones dispersas o localizadas en zonas remotas del MORDAZA, siendo necesario por tanto que las direcciones regionales de salud y sus organos desconcentrados de los gobiernos regionales renueven los destaques de aquellos servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2013, para el ejercicio presupuestal 2014, conforme al MORDAZA legal vigente; Que, de acuerdo con el articulo 80 del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, el destaque de personal consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de esta debidamente fundamentado, para desempenar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su MORDAZA de competencia funcional. El servidor seguira percibiendo sus remuneraciones en la entidad de origen. El destaque no sera menor de treinta (30) dias, ni excedera el periodo presupuestal, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor; Que, en ese sentido, la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011, en el numeral 9.3 del articulo 9, establecio que las entidades publicas, a partir del ano fiscal 2011, ante la necesidad de recursos humanos para el desarrollo de sus funciones, deben evaluar las acciones internas de personal tales como rotacion, encargatura y turnos, asi como otras de desplazamiento. Las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores, a que hace referencia el articulo 76 del Decreto Supremo 005-90-PCM, son de alcance a los servidores publicos contratados para labores de naturaleza permanente que hayan superado el periodo fijado en el articulo 15 del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, en el MORDAZA del reordenamiento progresivo de los recursos humanos con los que cuenta el Ministerio de Salud, mediante los Decretos Supremos 001-2006-SA, 024-2006-SA, 001-2008-SA, 023-2008-SA, 017-2009-SA, 020-2011-SA y 012-2012-SA se ha venido autorizando al Ministerio de Salud, sus organos desconcentrados y organismos publicos, y a las direcciones regionales de salud y sus organos desconcentrados, de los gobiernos regionales, la renovacion de destaques para los ejercicios presupuestales 2006, 2007, 2008, 2009, 2012 y 2013, de aquellos servidores que por muchos anos vienen laborando en calidad de destacados, en diferentes lugares de sus entidades de origen; Que, como es de conocimiento general, con Resolucion Ministerial Nº 813-2009/MINSA, se aprobo la Directiva Administrativa Nº 159-MINSA-OGGRH-V.01 "Directiva Administrativa que establecio normas y procedimientos para la reasignacion de los servidores desplazados en el Pliego 011 - Ministerio de Salud", con la finalidad de hacer factible la reasignacion del personal que se encontraba en condicion de desplazado en las Unidades Ejecutoras del Pliego 011 - Ministerio de Salud, y que provenia de las diferentes direcciones regionales de salud del pais; Que, en dicha MORDAZA se hacia referencia a dos (2) etapas del MORDAZA de reasignacion, el numeral 5.7 de la Directiva Administrativa Nº 159-MINSA-OGGRH-V.01, las mismas que a la fecha han culminado, no obstante, del MORDAZA ejecutado por la Comision Central de Reasignacion MORDAZA Etapa del Ministerio de Salud que abordo a los desplazados entre las Unidades Ejecutoras del Pliego 011 ­Ministerio de Salud, se verifica que existen todavia servidores que si bien cumplieron con los requisitos y tienen MORDAZA su derecho para proceder a la formalizacion de la reasignacion, todavia se encuentran a la espera de la creacion, adecuacion y/o reprogramacion de plazas; Que, acorde con lo senalado, resulta factible proceder a la renovacion de destaques para el Ano Fiscal 2014, de aquellos servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2013, y que no hayan culminado con la formalizacion de su reasignacion, segun lo dispuesto en la Directiva Administrativa Nº 159-MINSA-OGGRH-V.01 "Directiva Administrativa que establece normas y procedimientos

Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Santa Rosa" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 830-2013/MINSA MORDAZA, 24 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-116829-001, que contiene el Oficio Nº 534-2013-SA-DS-HSR-US-OARRHH/DG, remitido por el Director de Hospital III del Hospital "Santa Rosa" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 420-2013/ MINSA, de fecha 11 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital "Santa Rosa" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud, en el cual, al cargo de Director General del citado Hospital se le ha denominado como Director de Hospital III, por lo que toda referencia al citado cargo se debera realizar conforme a lo dispuesto en el mencionado documento de gestion; Que, asimismo en el citado documento de gestion, el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Santa Rosa", se encuentra calificado como cargo de confianza;

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