Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2013 (21/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486567

originarios de la Republica Popular China, conforme al siguiente detalle:
Derechos antidumping sobre las importaciones de tejidos de algodon originarios de China (En US$ por kg) Precio FOB de importacion (US$ por kg) Igual o menor a 7.93 * y mayor o igual a 4.86 Menor a 4.86 y mayor o igual a 4.55 Menor a 4.55 y mayor o igual a 3.80 Menor a 3.80 Derecho antidumping (US$ por kg) 0.19 0.35 0.88 1.25

* Las importaciones que registren precios FOB superiores a US$ 7.93 por kg no estaran afectas al pago de derechos antidumping

Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion a todas las partes apersonadas al procedimiento y poner la misma en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria­SUNAT, para los fines correspondientes. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano" por una (1) vez, de conformidad con el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA Piazza, MORDAZA Aguayo Luy y MORDAZA MORDAZA Mendez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente 890824-2

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban actualizacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purus, por el periodo 2012-2017
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 003-2013-SERNANP MORDAZA, 14 de enero de 2013 VISTO: El Informe Nº 12-2012-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 28 de diciembre de 2012, mediante el cual la Direccion de Desarrollo Estrategico y la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualizacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purus, periodo 2012 - 2017. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover

la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, a traves del numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad tecnico-normativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2004-AG de fecha 20 de noviembre de 2004, se categoriza la MORDAZA Reservada del Alto Purus, en Reserva Comunal Purus, sobre la superficie de doscientas dos mil treinta y tres hectareas y dos mil cien metros cuadrados (202 033.21 ha), ubicada en el distrito de Inapari, provincia de Tahuamanu, departamento de MORDAZA de MORDAZA y el distrito de Purus, provincia de Purus, departamento de Ucayali; Que, de conformidad con el inciso g) del articulo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, es funcion del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 18° de la Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que las Areas Naturales Protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especifico, por MORDAZA de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participacion de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del area; Que, el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobara un Plan Maestro por cada Area Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificacion de mas alto nivel con el que cuenta cada Area Natural Protegida, y que debera ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) anos; Que, el numeral 1.5 del articulo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que el MORDAZA de elaboracion de los Planes Maestros y en particular su zonificacion, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Areas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creacion de las mismas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 028-2011SERNANP-DDE de fecha 23 de junio de 2011, se aprueban con efectividad al 01 de diciembre de 2010, los Terminos de Referencia para la actualizacion del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purus; Que, a traves de un amplio MORDAZA participativo de las instituciones y organizaciones a traves del Comite de Gestion y del Ejecutor del Contrato de Administracion, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 37.4 del Decreto Supremo N° 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualizacion del Plan Maestro, periodo 2012-2017, de la Reserva Comunal Purus, la misma que ha sido propuesta para su aprobacion; Que, segun se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualizacion del Plan Maestro, periodo 2012-2017, de la Reserva Comunal Purus, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG y en los Terminos de Referencia aprobados por Resolucion Directoral Nº 0282011-SERNANP-DDE; Que, el articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de aplicacion supletoria para el presente caso, establece que la autoridad podra disponer, que el acto administrativo tenga eficacia anticipada a la emision, a fin de garantizar los derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros; Con las visaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas, de la Direccion de Desarrollo Estrategico, y de la Secretaria General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion

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