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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486749 De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 71° de Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el literal b) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional – POI 2013 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Los Directores, Jefes y Coordinadores de los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, darán estricto cumplimiento al contenido del Plan Operativo Institucional – POI 2013, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, queda encargada de efectuar el seguimiento y monitoreo de la programación establecida en el Plan Operativo Institucional – POI 2013 en estrecha coordinación con las distintas dependencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución ministerial y el anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 893047-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan al Viceministro de Transportes suscribir Contrato de Concesión del Tramo Vial: Dv. Quilca - Dv. Arequipa (Repartición) – Dv. Matarani – Dv. Moquegua – Dv. Ilo – Tacna – La Concordia, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2013-MTC/01 Lima, 23 de enero de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 197-2012/PROINVERSION-DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; los Informes N° 459-2012-MTC/25 y N° 545-2012-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes; y el Ofi cio N° 1300-EMCFFAA/DAANN/DPTO.INTERSEC del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 059-96-PCM, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN es el organismo encargado de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión del 22 de setiembre de 2010, se aprobó el Plan de Promoción del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión al sector privado del Tramo Vial Dv. Ilo – Tacna – La Concordia: Que, con fecha 16 de agosto de 2012, PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesión del Tramo Vial: Dv. Quilca - Dv. Arequipa (Repartición) – Dv. Matarani – Dv. Moquegua – Dv. Ilo – Tacna – La Concordia al Consorcio Concesión Vial del Sur, conformado por las Empresas Pavimentos Colombia S.A.S., Sainc Ingenieros Constructores S.A. Sucursal Perú, Nexus Infraestructura S.A.S., Nexus Banca de Inversión S.A. y Chung & Tong Ingenieros S.A.C.; quienes han constituido la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA S.A.; Que, mediante Ofi cio N° 197-2012/PROINVERSION- DE, PROINVERSIÓN solicitó se comunique el nombre del funcionario que representará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de concedente, para la suscripción del Contrato de Concesión del Tramo Vial: Dv. Quilca - Dv. Arequipa (Repartición) – Dv. Matarani – Dv. Moquegua – Dv. Ilo – Tacna – La Concordia (en adelante, el Contrato de Concesión); Que, con Informes N° 459-2012-MTC/25 y N° 545- 2012-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes concluyó que resulta procedente la autorización al Viceministro de Transportes para que, en representación del MTC suscriba el Contrato de Concesión; asimismo evaluó la procedencia de la autorización al Viceministro de Transportes para que, en representación del MTC, suscriba el Contrato de Concesión; así como los documentos que resulten necesarios para su aprobación; Que, a través del Ofi cio N° 1300-EMCFFAA/DAANN/ DPTO.INTERSEC, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas emitió Opinión Favorable desde el punto de vista de la Seguridad Nacional para la entrega en Concesión del Tramo Vial de la referencia, a favor de la empresa Concesionaria Peruana de Vías – COVINCA; Que, el artículo 30° del Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, establece que es atribución de los sectores y/u organismos del Estado suscribir el Contrato de Concesión; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervendrá en calidad de Concedente en el Contrato de Concesión; en representación del Estado de la República del Perú; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el artículo 6° y en el literal k) del artículo 7° que el Ministro representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, los literales i) y j) del artículo 9° del Reglamento señalan que los Viceministros tienen como función específi ca representar al Ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados y las demás que el Ministro les delegue, en el ámbito de su competencia; Que, estando a lo informado por PROINVERSIÓN y por la Dirección General de Concesiones en Transportes de este Ministerio, corresponde autorizar al funcionario que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribirá el Contrato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370 y en los Decretos Supremos N° 059-96-PCM, N° 060-96- PCM y N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Viceministro de Transportes para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que actuará en calidad de Concedente, suscriba el Contrato de Concesión del Tramo Vial: Dv. Quilca - Dv. Arequipa (Repartición) – Dv. Matarani – Dv. Moquegua – Dv. Ilo – Tacna – La Concordia; así como los documentos que resulten necesarios para su aprobación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 893011-1