Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2013 (26/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2013 486905 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2013-EF Lima, 25 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 188-2011-EF/10 se designó al señor Carlos José Valderrama Bernal, como representante titular del Ministerio de Economía y Finanzas y Presidente de la Comisión Especial a la que se refi ere el artículo 7º de la Ley Nº 28933 y su modifi catoria; Que, por Facsímil (DAE-DNE) Nº 06 de fecha 4 de enero de 2013, el Ministro Director de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores informa que la Secretaria de las Naciones Unidas ha cursado invitación al Perú, para que participe en calidad de observador en el 58º Período de Sesiones del Grupo de Trabajo II (Arbitraje y Conciliación) de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), a llevarse a cabo entre el 4 y 8 de febrero de 2013, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, el objetivo del evento es considerar la preparación de instrumentos como recomendaciones o inclusive una Convención destinadas a crear un estándar legal sobre transparencia en los arbitrajes entablados entre inversionistas y un estado en el marco de un tratado de inversión; Que, se considera importante y de interés para el Perú, que el señor Carlos José Valderrama Bernal, participe en el mencionado evento, pues al habérsenos otorgado derecho de voz en el Grupo de Trabajo, permitirá al Estado peruano conocer de primera mano los principales problemas y posiciones de los países miembros de la CNUDMI, en torno a la preparación de una norma jurídica sobre la transparencia en los arbitrajes entre inversionistas y un Estado, en el marco de un tratado de inversión; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor Carlos José Valderrama Bernal, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía Finanzas; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se aprueba mediante resolución suprema; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012-EF/43.01 – Directiva para la tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País en el Ministerio de Economía y Finanzas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos José Valderrama Bernal, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 3 al 9 de febrero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes aéreos : US $ 1 423,00 - Viáticos (5 + 1 días) : US $ 1 320,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado representante deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del representante cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 894394-8 Establecen disposiciones para el registro y transmisión de información financiera y presupuestaria por parte de las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2013-EF/51.01 Lima, 23 de enero de 2013 Visto: El Memorando Nº 082-2012-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, que propone la obligación de registrar y transmitir en forma mensual los estados fi nancieros y presupuestarios para las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado. CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; y elaborar la Cuenta General de la República; Que, con Resolución Directoral Nº 016-2012-EF/51.01 del 11 de diciembre de 2012 se modifi có la Directiva Nº 002-2011-EF/51.01 aprobada con Resolución Directoral Nº 015-2011-EF/51.01 del 16 de diciembre del 2011 respecto a la “Preparación y presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria y de Metas de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”; Que, con Resolución Directoral Nº 011-2012-EF/51.01 del 04 de abril de 2012 se aprobó la Directiva Nº 002-2012- EF/51.01 “Preparación y presentación de información Financiera, Presupuestaria y Complementaria trimestral y semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”;