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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2013 (26/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2013 486921 transcripción de video, fojas mil treinta y siete, número nueve cinco seis tres siete seis cinco nueve ocho-. Esto evidencia que entre ambos sino había comunicación, por lo menos no existían motivos de odio, recelo o venganza. Es decir, razones de incredibilidad subjetiva que desvirtúe la sindicación del quejoso. Sétimo. Que, fi nalmente, está comprobado que el secretario judicial Palomino Palomino no ha cumplido con honestidad sus funciones inherentes al cargo, conforme lo exige el artículo 41°.b, del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial. Asimismo, se valió de su condición de trabajador de este Poder del Estado para obtener ventajas económicas indebidas -ver artículo 43°.t, del acotado reglamento-. Además de incurrir en notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y la respetabilidad del cargo, según lo prescribe el artículo 201°.6, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, vigente al tiempo de ocurridos los hechos. Por lo que debe ser sancionado con la medida disciplinaria más grave, esto es, la destitución, de conformidad con el artículo 211° del citado texto orgánico –también vigente al tiempo de ocurridos los hechos materia de investigación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 923-2012 de la cuadragésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra; de conformidad con el informe del señor Walde Jáuregui; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Primero. Imponer medida disciplinaria de Destitución al servidor judicial Reynaldo Raúl Palomino Palomino, en su actuación como Secretario Judicial del Tercer Juzgado Penal de Pisco, Corte Superior de Justicia de Ica. Segundo. Disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 894283-4 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Disponen la conformación de las Salas Civiles de la Corte Suprema de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 015-2013-P-PJ Lima, 24 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Primero.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de este Poder del Estado designar a los señores jueces que integrarán las salas jurisdiccionales de la Corte Suprema de la República. Segundo.- Que mediante Resolución Administrativa N° 001-2013-P-PJ, del 2 de enero del año en curso, se dispuso la nueva conformación de las salas supremas para el Año Judicial 2013. Tercero.- Que, en sesión de la fecha, mediante Resolución Administrativa N° 003-2013-SP-CS-PJ, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República eligió al señor Juez Supremo Víctor Ticona Postigo como nuevo integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para completar el período del anterior Consejero, señor Luis Felipe Almenara Bryson, quien renunció a dicho cargo en diciembre pasado Cuarto.- Que siendo así, se hace necesario adoptar las medidas administrativas del caso para la nueva conformación de la Sala Suprema Civil Transitoria, que estuvo presidida por el nuevo Consejero elegido. Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 76°, inciso 1, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: Disponer que la conformación de las Salas Civiles de la Corte Suprema de Justicia de la República sea la siguiente: SALA CIVIL PERMANENTE 1.- Dr. Luis Felipe Almenara Bryson (Presidente) 2.- Dra. Evangelina Huamaní Llamas 3.- Dra. Yrma Flor Estrella Cama 4.- Dr. Jorge Bayardo Calderón Castillo 5.- Dr. Carlos Alberto Calderón Puertas SALA CIVIL TRANSITORIA 1.- Dr. Jacinto Julio Rodríguez Mendoza (Presidente) 2.- Dr. Héctor Wilfredo Ponce de Mier 3.- Dra. Elina Hemilce Chumpitaz Rivera 4.- Dra. Ana María Valcárcel Saldaña 5.- Dra. Carmen Julia Cabello Matamala Artículo Segundo: Lo resuelto será de aplicación a partir del día lunes 28 de enero del año en curso. Regístrese, publíquese y comuníquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente del Poder Judicial 894031-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Modifican las Resoluciones Administrativas N°s. 424-2006-CED- CSJLI/PJ y 31-2011-CED-CSJLI/PJ y establecen disposiciones aplicables a peritos contables y revisores de planillas asignados a Juzgados Laborales Permanentes y Transitorios CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 104-2013-P-CSJLI-PJ Lima, 24 de enero del 2013 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nºs. 424-2006- CED-SCJLI/PJ de fecha 24 de Noviembre del 2006, 31- 2011-CED-CSJLI-PJ de fecha 20 de Setiembre del 2011, 863-2012-P-CSJLI/PJ de fecha 30 de Octubre del 2012 e Informe N° 004-2013-EJVS-UPD-CSJLI/PJ de fecha 14 de enero del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 424- 2006-CED-SCJLI/P de vista, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso de la asignación de un perito contable y un revisor de planillas para los 29 Juzgados Especializados de Trabajo de este distrito judicial, además determinó que el personal mencionado atienda los requerimientos periciales de sus