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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2013 486917 00-Recursos Ordinarios S/. 2’611,804.75 09-Recursos Directamente Recaudados S/. 5,350.00 TOTAL S/. 2’617,154.75 Artículo 3°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relación a los programas no estratégicos deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud en su Región, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/ transferencias.html, el texto de la presente Resolución y el Anexo 01. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 894051-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Instituyen a nivel nacional la actividad denominada “Brigada Registral” RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 022-2013-SUNARP/SN Lima, 23 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, es función de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, establecer políticas de difusión y de acercamiento del servicio público registral a la comunidad, promoviendo el desarrollo sostenido de una cultura registral; Que, las Zonas Registrales vienen ejecutando distintas actividades y campañas destinadas a brindar información registral al ciudadano; Que, en el marco de las políticas de inclusión social que esta Superintendencia viene desarrollando, resulta necesario articular y unifi car las actividades y campañas informativas de las Zonas Registrales, a través de lineamientos generales que permitan establecer los alcances y medir la productividad de los logros obtenidos; Que, se ha visto por conveniente regular un procedimiento homogéneo para la ejecución de las actividades destinadas a brindar información registral al ciudadano, a través de la “BRIGADA REGISTRAL”; Que, la actividad señalada en el párrafo precedente estará a cargo de los Gerentes Registrales de cada Zona Registral, con la fi nalidad promover el acercamiento directo de personal especializado de la Institución a cada ciudadano en su vivienda u organización social, para informar los diversos servicios que brinda los Registros Públicos y la importancia jurídica de inscribir y publicitar un derecho; Que, mediante Resolución Suprema N° 047-2012-JUS publicada el día 30 de marzo de 2012 en el diario ofi cial “El Peruano”, se designó al Superintendente Nacional de los Registros Públicos; De conformidad a lo dispuesto en el literal v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instituir a nivel nacional la actividad denominada “BRIGADA REGISTRAL”. Artículo Segundo.- Aprobar los lineamientos generales para la implementación y funcionamiento de la BRIGADA REGISTRAL, que será publicada en la página web de la SUNARP. Artículo Tercero.- Disponer que los Gerentes Registrales de cada Zona Registral en coordinación con su Gerente de Imagen Institucional, ejecuten la actividad señalada en el artículo anterior. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Registral de la Sede Central coordine y supervise, la difusión de la actividad por parte de las Zonas Registrales. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos 893950-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado Peca Palacios, distrito y provincia de Bagua, departamento y Distrito Judicial de Amazonas RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 266-2012-CE-PJ Lima, 26 de diciembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 2694-2012-P-CSJAM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Informe N° 013-2012-ODAJUP-CSJAM/PJ, elaborado por el Coordinador de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, Ofi cio N° 647-2012-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Ofi cio N° 2642-2012-GG-PJ e Informe N° 304-2012- SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Peca Palacios, Distrito y Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción. Segundo. Que la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1,257 habitantes, según la estadística poblacional elaborada por la Dirección de Salud de Bagua, conjuntamente con los Sectores La Cooperativa, La Playa, Alenya Bajo, San Roque y San Miguel. Así como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional