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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2013 488165 3. Conformidad de obra de instalación o mantenimiento de infraestructura para la prestación de servicios públicos. 4. Autorización transitoria para la colocación de elementos de apoyo para instalaciones de servicios públicos. CUARTA.- Modifíquese las infracciones codifi cadas con los números: 04-221; 04-222; 04-231; 04-233; 04-235; 04-239; 04-241 y 04-243 contenidas en el Artículo 45º de la presente Ordenanza al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santa María del Mar aprobado por la Ordenanza Nº 148-MSMM, de acuerdo a las anotaciones en negrita. QUINTA.- Encárguese a la Dirección de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización y a la Jefatura de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente norma municipal. SEXTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 901661-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2013-MPH Huaral, 13 de febrero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para la Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos. Que, el Artículo 38º numeral 38.1 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular del Organismo Constitucionalmente Autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010- PCM, Publicado el 05 de Junio del 2010, se Aprobó la Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas en cumplimiento del numeral 44.6 del Artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, en concordancia con la autonomía política, económica y administrativa que gozan los Gobiernos Locales, el Artículo 9º numeral 32 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que corresponde al Concejo Municipal Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Que, en este contexto, se ha procedido a la Elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral, teniendo en cuenta el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la normatividad vigente. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 004-2013-MPH-GAJ, emite Opinión Favorable recomendando que la propuesta debe ser sometida a consideración del Pleno del Concejo Municipal. Que, la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento del Concejo Provincial de Huaral, mediante Dictamen Nº 001-2013-CAEP-CM por Unanimidad RECOMIENDA al Pleno del Concejo Municipal Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Ordenanza Municipal, acorde al Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de acuerdo al Artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución exclusiva del Concejo Municipal aprobar las Ordenanzas. Que, las Comisiones de Regidores son órganos consultivos del Concejo sobre la gestión municipal, encargados de efectuar estudios, formular propuestas y proyectos de gestión municipal, encargados de efectuar estudios, formular propuestas y proyectos de gestión municipal, emitiendo dictamen en los casos que corresponda a fi n de ser sometidos al Pleno del Concejo de acuerdo a las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y el Reglamento Interno de Concejo. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º,13º,14º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, contando con el voto Unánime de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral, asimismo los derechos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y el íntegro del Anexo a que se refi ere el artículo anterior en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob. pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Provincial de Huaral el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas su Publicación en el Portal de Transparencia. Artículo Cuarto.- DEROGAR las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 901740-1