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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (17/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2013 488154 los actuados a Sesión de Concejo, para que en mérito a lo expresado, mediante Acuerdo de Concejo se declare de interés local las propuestas de Cambio Específi co de Zonifi cación del terreno del solicitante; Que , mediante Informe Nº 546-2012-GAJ/MDSJL, de fecha 26.12.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluyó que no resultaba factible el Cambio Especifi co de Zonifi cación presentado por la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, de OU (otros usos) a E1 (educación básica), respecto del predio sito en el Sub Lote 3-B- A Mz. “M” – Lotización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, al no haberse cumplido con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 1617-MML y su modifi catoria Ordenanza Nº 1631-MML; Que, mediante Ofi cio Nº 001-2013-GDU-MDSJL de fecha 02.01.2013, Gerencia de Desarrollo Urbano hace de conocimiento a Colegios Peruanos SAC, que no resulta factible el Cambio Específi co de Zonifi cación solicitado; Que, mediante Registro Nº 64034-C1-2012 Anexo 01, de fecha 07.01.2013, la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, respecto a las observaciones planteadas al trámite de Cambio Especifi co de Zonifi cación, solicita que se convalide la fecha de presentación del trámite a través del Registro en mención, cumpliendo así con el cronograma establecido en la Ordenanza Nº 1631, y esta sea sometida nuevamente a evaluación, asimismo, indica que respecto a la exhibición de peticiones de cambio de zonifi cación esta le compete a la Corporación Municipal; Que, habiéndose convalidado el trámite del Cambio Especifi co de Zonifi cación presentado por la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, a través del Registro Nº 64034-C1-2012 Anexo 01, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro mediante Informe Nº 015-2013-SGPUC- GDU/MDSJL, ratifi ca lo descrito en el Informe Nº 425-2012- SGPUC-GDU-MDSJL, de fecha 15.11.2012, resultando factible el Cambio Específi co de Zonifi cación presentando por la recurrente; Que, asimismo, es de precisar que el diseño urbano del uso del suelo propuesto a Equipamiento Educativo (E1) para el desarrollo de un Centro Educativo Particular, se sustenta técnicamente en el desarrollo urbano sostenible del sector, en el sentido de conservar y preservar el medio ambiente natural de la zona, integrando el acondicionamiento y construcción del Centro Educativo Particular a las características de la imagen urbanísticas de la Urbanización Lotización Campoy Primera Etapa, caracterizada por contar con un ambiente natural con áreas de forestación, jardines y barreras verdes confi gurando una imagen urbana limpia, ordenada, apacible y sin ruidos molestos provocados por la densifi cación y la congestión vehicular. Que, de otro lado, conforme a lo dispuesto en el artículo 11º de la Ordenanza Municipal Nº 1617, respecto a la exhibición del plano de cambio de zonifi cación en un lugar visible del local de la Municipalidad, casa vecinales, agencias municipales, pagina Web de la Entidad, por un plazo de 30 días calendarios a efectos que las instituciones y vecinos en general puedan emitir su opinión sobre las propuestas planteadas; la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Memorándum Nº 151-2013-GDU/MDSJL, hace de conocimiento el Informe Nº 040-2013-GDU/MDSJL, de fecha 31.01.2013, en la que se indica que habiendo realizado la exhibición del plano de cambio de zonifi cación del predio ubicado en el Sub Lote 3-B-A Mz. M – Lotización Campoy, presentado por COLEGIOS PERUANOS SAC – de OU (Otros Usos) a E1 (Educación Básica) para el desarrollo de un Centro Educativo Particular, no se ha emitido opiniones sobre la propuesta planteada; Que, en relación a los fundamentos expuestos, se aprecia que el cambio requerido en la Memoria Descriptiva de CAMBIO ESPECIFICO DE ZONIFICACION, correspondiente a la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, de OU (Otros Usos) a E1 (Educación Básica), para el predio ubicado en el Sub Lote 3-B-A Mz. M – Lotización Campoy, cuentan con Informe Técnico Favorable, señalado por la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación Municipal. Asimismo, se considera que la pretensión del Cambio Especifi co de Zonifi cación, y la consiguiente inversión del sector privado, resulta factible de redundar en benefi cio de la colectividad del distrito: mejoramiento de la calidad del entorno urbano, ambiental, educativo, generación de empleos, mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos al constituirse en un polo de desarrollo urbanístico, económico, fi nanciero, de servicios, así como el incremento de la seguridad de la zona, contribuyendo así, a los programas de acción que la Municipalidad establece en el desarrollo económico local, como eje dinamizador que promueve la creciente autonomía y sostenibilidad del distrito. Que, mediante Informe Nº 037-2013-GAJ/MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que se concluye que, legalmente, resulta atendible considerar de interés local el Cambio de Zonifi cación planteado por la empresa COLEGIOS PERUANOS SAC, del terreno ubicado en el Sub Lote 3-B-A Mz. M – Lotización Campoy, en la medida que será de claro benefi cio para el desarrollo del distrito y de la colectividad. Estando a lo expuesto; y lo dispuesto en el Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación OU (Otros Usos) a E1 (Educación Básica) en el predio ubicado en el Sub Lote 3 – B - A Mz. M – Lotización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima de propiedad de Colegios Peruanos S.A.C. cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica Nº 12420628 del Registro de Predios de Lima, Zona Registral Nº IX de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos SUNARP, cuya Área total del terreno es de 5029.00 m2, encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el frente con la Calle 5 con 62.77.ml. Por la derecha, entrando con el Lote 4 con 80.10 ml. Por la izquierda entrando con el Sub Lote 3-B-B con 80.15 ml., por el fondo; con el Lote 2 con 62.76 ml.,de conformidad con el procedimiento aprobado por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1081-2007-MML. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo, en el Diario Ofi cial El Peruano; así como la elevación de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 902001-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Regulan la gestión de los residuos sólidos en el distrito ORDENANZA Nº 182-2013-MSMM Santa María del Mar, 8 de febrero del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santa María del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 03-2013-MSMM, celebrada en la fecha; VISTO: El Informe Nº 005-2013/DSP/MSMM de fecha 25 de enero de 2013; Informe Legal Nº 009-2013-OAJ- MSMM de fecha 1 de febrero de 2013; Memorándum Nº 0021-2013-GM-MSMM de fecha 1 de febrero de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por el artículo Único de la Ley 28607 – Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley 27783 –Ley de bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, establecen