Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2013 (17/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

488148

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2013

9.4 Los pobladores y pobladoras deberan eliminar los criaderos mas comunes del zancudo (Aedes aegypti) como son los objetos inservibles que acumulen agua (sea producto de la lluvia o no) en sus viviendas, tales como botellas vacias, baldes en desuso, latas, llantas, cilindros viejos, chapas o tapas de botellas, entre otros. 9.5 Los MORDAZA de recoleccion de agua de lluvia en techos y patios deben mantenerse libres de obstaculos que limiten el flujo de agua; igualmente, las cavidades en muros, MORDAZA u otros elementos estructurales de cualquier edificacion deben ser selladas para evitar acumulacion de agua. 9.6 Los buzones de los servicios publicos tales como electricidad, telefono, gas, agua u otros deben mantenerse libres de obstrucciones para evitar la acumulacion de agua y deberan estar con sus respectivas tapas. 9.7 Los jardines acuaticos, MORDAZA de agua o similares, ubicados en parques, plazas, jardines botanicos, centros comerciales u otros espacios, publicos o privados, utilizaran en su MORDAZA de mantenimiento los componentes quimicos, biologicos o fisicos adecuados para evitar la proliferacion de criaderos del zancudo Aedes aegypti transmisor del dengue. 9.8 Los propietarios, gerentes, administradores o encargados de establecimientos comerciales o industriales que en sus instalaciones acumulen articulos que puedan convertirse en criaderos estan obligados a implementar medidas para evitar la acumulacion de agua en los mismos, siendo ademas responsables de su permanente aseo. 9.9 Los responsables y propietarios de piscinas publicas o privadas estan obligados a implementar medidas de permanente aseo para evitar el estancamiento del agua dentro de sus instalaciones que favorezca el desarrollo del ciclo biologico del zancudo Aedes aegypti. 9.10 Los vecinos, duenos de vivienda o establecimiento comercial brindaran las facilidades que requiera el personal profesional o tecnico municipal para realizar la evaluacion vectorial, asi como presentar la documentacion sustentadora que se les solicite. 9.11 En los lugares de disposicion final de residuos solidos o plantas de tratamiento se implementaran medidas para evitar la acumulacion de agua y la proliferacion de criaderos a que hace referencia el numeral 9.5 9.12 Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho y la obligacion, de denunciar ante la autoridad competente a los vecinos que incumplieran con las obligaciones a razon que pongan en peligro de la MORDAZA de su familia y vecinos de la comunidad, asimismo, informar de algun inmueble que se encuentre cerrado y/o se ignore quien es su propietario y en el cual se presuma la existencia de criaderos del vector del Dengue. CAPITULO IV DE LAS ACTIVIDADES DE VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL DEL DENGUE Articulo 10º.- DE LA EDUCACION SANITARIA. La Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, en coordinacion con la Direccion de Salud IV MORDAZA Este, a traves de la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho, disenaran e implementaran estrategias educativas dirigidas a la poblacion en general, orientadas a prevenir la reproduccion del zancudo Aedes aegypti y propagacion del Dengue. La municipalidad reconocera aquellas comunidades o asentamiento de vecinos que dentro del municipio y mediante acciones concretas de combate y eliminacion de los criaderos de zancudos, puedan declararse "Comunidad Libre de Dengue". Articulo 11º.DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA. La Municipalidad distrital de San MORDAZA de Lurigancho, promovera la integracion de todos los establecimientos de salud, publicos no vinculados al Ministerio de Salud y privados de su Jurisdiccion. La Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho a traves del Organismo Publico Descentralizado (OPD): como los hospitales municipales y los centros medicos o policlinicos municipales, fortaleceran el sistema de vigilancia de busqueda activa de casos febriles o casos probables de Dengue para determinar la circulacion del virus y presencia del brote, asi como su referencia a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud. Articulo 12º.- DE LA VIGILANCIA ENTOMOLOGICA. Las visitas, inspecciones, tratamiento focal y educacion sobre las medidas de prevencion del Dengue que realice

la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho se efectuaran en coordinacion con el Ministerio de Salud y comunidad organizada, a traves de los actores sociales: Promotores y Promotoras de Salud y/o Comunales, Dirigentes o Vecinos. La Gerencia de Desarrollo Social, a traves de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad San MORDAZA de Lurigancho, realizara la evaluacion de los factores que favorezcan el desarrollo, colonizacion y propagacion del Aedes aegypti, coordinando acciones a realizar con las Direcciones del Salud del Ministerio de Salud que corresponden a su jurisdiccion. Asimismo, coordinara con la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho acciones en conjunto, promoviendo la participacion activa de la comunidad para levantar informacion mensual a traves de muestreo probabilistico. 12.1 Control vectorial en la comunidad. La Gerencia de Desarrollo Social, a traves de la SubGerencia de Desarrollo Humano, en coordinacion con las Gerencias de la Municipalidad San MORDAZA de Lurigancho y con la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho y la Sociedad Civil realizaran las siguientes acciones: 12.1.1 Empadronar y capacitar al personal que participara en la vigilancia comunal. 12.1.2 Acreditar, en coordinacion con la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho, al personal profesional, tecnico y no tecnico que evaluara las viviendas, establecimientos publicos o privados, cementerios, parques y otros espacios. 12.1.3 Coordinar con la Direccion de Salud MORDAZA Este IV, a traves de la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho la eliminacion del vector a nivel de larvas o adultos con el uso de productos quimicos como larvicidas o adulticidas; asimismo, eliminar los depositos inservibles y realizar el MORDAZA y escobillado de todos los recipientes y reservorios, asi como la respectiva educacion sanitaria. 12.1.4 Levantar el acta de inspeccion sanitaria de constatarse la presencia del vector, consignando las conclusiones, recomendaciones y el plazo para subsanar las observaciones encontradas por el inspector. Este plazo sera de cinco dias habiles. La no subsanacion generara la correspondiente sancion. 12.2 Control vectorial en cementerios. La Municipalidad San MORDAZA de Lurigancho supervisara periodicamente que en los cementerios publicos y privados de su jurisdiccion se utilice MORDAZA humeda en los floreros y jardineras. 12.3 Techo limpio. La Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho realizara periodicamente campanas de recojo de articulos u objetos inservibles de los techos de las viviendas, con enfasis en los puntos criticos de la MORDAZA en Coordinacion con la Red de Salud de San MORDAZA de Lurigancho. CAPITULO V DE LAS PROHIBICIONES Articulo 13º.- SE PROHIBE: 13.1 Depositar en espacios publicos todo MORDAZA de residuos o desperdicios, tales como latas, botellas, recipientes en general, plasticos, neumaticos, chatarra, chapas y tapas de botellas o cualquier otro MORDAZA de objetos o desperdicios que puedan acumular agua y convertirse en criaderos del zancudo Aedes aegypti. Para la eliminacion de estos residuos o desperdicios se utilizaran los medios adecuados para su recoleccion y disposicion final. 13.2 El uso de recipientes que contengan depositos de agua sin desague en los cementerios, que MORDAZA susceptibles de convertirse en criaderos del zancudo Aedes aegypti, estos recipientes deberan contener MORDAZA humeda y poseer agujeros inferiores de desague. 13.3 El almacenamiento de llantas al aire libre en establecimientos donde se ejecute el servicio de venta y reparacion de los mismos, a fin de evitar que puedan convertirse en criaderos del zancudo Aedes aegypti transmisor del dengue. 13.4 Mantener en depositos repuestos o autopartes de vehiculos, susceptibles de acumular agua y permitan convertirse en criaderos del zancudo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.