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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (17/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de febrero de 2013 488151 mediante la implementación y aplicación de incentivos tributarios, a favor de los contribuyentes de uso casa habitación que participen segregando sus residuos sólidos inorgánicos reaprovechables y entregándolos a los recicladores y/o empresas de reciclaje autorizados por la municipalidad. Artículo Tercero.- Benefi ciarios del ECOBONO Serán benefi ciados del 10% de descuento en el pago de arbitrios de limpieza pública -recojo de residuos sólidos- aquellos contribuyentes cuyos predios se encuentren destinados a casa habitación, que segregan sus residuos sólidos inorgánicos reaprovechables en sus viviendas y los entregan a los recicladores y/o empresas de reciclaje autorizados por la municipalidad, según la cantidad de los residuos que se generan, al menos una vez por semana. Para gozar del benefi cio, los referidos contribuyentes deberán encontrarse al día en el pago de Arbitrios (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo). Para efectos del control se considera puntual a aquel contribuyente que regularizó sus pagos hasta el día 15 de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre, y diciembre. Artículo Cuarto.- Participación del contribuyente La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública se encargará del empadronamiento permanente de las personas que participarán en el programa. El mecanismo de empadronamiento inicial se hará en las viviendas en la modalidad casa por casa, con el apoyo de personal encargado por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, mediante un credencial y con los miembros de las organizaciones de recicladores formalizados. En el empadronamiento de las personas, se recabarán los nombres y apellidos, código del contribuyente, dirección de la vivienda y fi rma del participante y/o de su representante, asimismo se colocará un esticker que los identifi que como vivienda participante. Para efectos del presente programa, se entenderá como representante, a la persona capaz de proporcionar los datos y acepte la entrega periódica de los residuos sólidos segregados. Si el titular no desea participar o se retira del programa, lo hará saber al encuestador o reciclador, anotando el hecho en el padrón respectivo. Artículo Quinto.- Sensibilización y capacitación. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública, se encargará de la sensibilización de los vecinos del distrito, capacitar a los miembros de las organizaciones de recicladores y/ o empresas de reciclaje encargados de la recolección selectiva de los residuos y dictar las disposiciones para el buen funcionamiento del programa. La información brindada a los vecinos está relacionada a los horarios y días de recojo, así como los benefi cios del ECOBONO e información adicional de los benefi cios ambientales y sociales que conlleva el reaprovechamiento de los residuos. Artículo Sexto.- De los encargados del recojo selectivo y la entrega de residuos sólidos segregados reciclables Los encargados de la recolección selectiva de residuos sólidos son los recicladores y/o empresas de reciclaje autorizados por el Municipio; quienes contarán con el padrón de participantes del programa de acuerdo a la zona programada. Los contribuyentes, participantes del programa de segregación, deberán entregar en la bolsa proporcionada por los recicladores y/o empresa de reciclaje Los residuos sólidos inorgánicos reaprovechables, tales como: papel, cartón, plástico, vidrio, metales ferrosos (hechos de acero o hojalata) y no ferrosos (hechos de aluminio, cobre, bronce, otros) y a cambio se les entregrará un comprobante de entrega de residuos sólidos reciclables por cada dia de recojo. Artículo Sétimo.- Supervisión del servicio de recojo selectivo. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública se encargará de la supervisión del servicio de recojo selectivo de residuos sólidos. Artículo Octavo.- Reporte de participación en el programa y aplicación del benefi cio Los recicladores y/o empresa de reciclaje autorizados por el Municipio deberán remitir semanalmente remitir el registro de personas participantes, con las fi rmas de aquellos que hayan cumplido con la entrega de sus residuos segregados. El descuento en el pago de Arbitrio de Limpieza Pública - recojo de residuos sólidos - se aplicará en el bimestre siguiente a su registro en el padrón de participantes del programa y a la verifi cación de la segregación de residuos. Para efectos de control interno, se considerará el cierre del padrón bimensual, hasta el día 15 de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre, y diciembre del 2013, fecha límite para contabilizar la entrega de los residuos sólidos segregados por los participantes del programa. La Gerencia de Servicios a la Ciudad, hará llegar a la Sub Gerencia de Informática la relación de participantes hábiles del bimestre, a más tardar el día 17 de cada bimestre o el primer día hábil siguiente, para que se efectúe el cruce de información de dicho padrón y fi ltre a los contribuyentes que cumplen la condición de puntualidad en el pago de sus arbitrios por sus predios dedicados al uso casa habitación. Artículo Noveno.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la Gerencia de Rentas y las Sub Gerencias que la conforman, así como la Sub Gerencia de Contabilidad, la Sub Gerencia de Informática y demás Unidades Orgánicas pertinentes, dar cumplimiento a la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación y a Secretaría de Imagen Institucional su divulgación y difusión de sus alcances. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Para el inicio del Programa se considerará el siguiente cronograma: Registro de persona participantes a la Sub Gerencia de Limpieza Pública Cierre del padrón de participantes hábiles para la Sub Gerencia de Informática Aplicación del ECOBONO Del 01 de enero al 15 de febrero de 2013 17 de febrero de 2013 2do. Bimestre 2013 Del 16 de Febrero al 15 de abril de 2013 17 de abril de 2013 3er. Bimestre 2013 Del 16 de abril al 15 de junio de 2013 17 de junio de 2013 4to. Bimestre 2012 Del 16 de junio al 15 de agosto de 2013 17 de agosto de 2013 5to. Bimestre 2013 Del 16 de agosto al 15 de octubre de 2013 17 de octubre de 2013 6to. Bimestre 2013 Del 16 de octubre al 15 de diciembre de 2013 17 de diciembre de 2013 1er. Bimestre 2014 Segunda.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Tercera.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y será de aplicación exclusiva al año fi scal 2013. Cuarta.- Disponer la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho dentro del día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 901999-1 Aprueban Reglamento que regula el proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2014 en el marco de la actualización del Plan de Desarrollo Concertado del distrito ORDENANZA Nº 249 San Juan de Lurigancho, 5 de febrero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO